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Extincion De Las Obligaciones


Enviado por   •  1 de Agosto de 2014  •  790 Palabras (4 Páginas)  •  302 Visitas

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Las causas de extinción de las obligaciones

Se entiende por modos de extinguir las obligaciones aquellos actos y hechos jurídicos en virtud de los cuales se disuelve o extingue el vínculo obligacional que une al deudor con el acreedor. Excepto, en los casos en los que el sujeto activo es diverso (tercero) o en los casos de la perdida de la cosa que se debe.

LEGISLACIÓN

LIBRO CUARTO. DE LAS OBLIGACIONES.

PRIMERA PARTE. DE LAS OBLIGACIONES EN GENERAL.

TÍTULO QUINTO. EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES. (Arts. 2213-2223)

Toda obligación puede extinguirse por una convención en que las partes interesadas, siendo capaces de disponer libremente de lo suyo, consientan en darla por cumplida. Las obligaciones se extinguen además en todo o parte: Por la solución o pago efectivo; Por la novación; Por la remisión; Por la compensación; Por la confusión; Por la pérdida de la cosa que se debe o por cualquier otro acontecimiento que haga imposible el cumplimiento de la obligación; Por la declaración de nulidad o por la rescisión; Por el evento de la condición resolutoria; Por la declaratoria de la prescripción. De la transacción y la prescripción se tratará al fin de este libro; de la condición resolutoria se ha tratado en el título "De las obligaciones condicionales".

OBSERVACIONES

C. C. F. Es incompleto, puesto que existen otros que en la práctica han demostrado incidir en la vida de la obligación. Casos de las obligaciones intuitu personae, la dación en pago, la revocación unilateral, entre otras.

CLASIFICACIÓN

Los modos de extinguir las obligaciones admiten clasificación, las más aceptadas:

La simple convención extintiva, mutuo disenso.

Art. 1416 r 1438 inc 2°

La revocación unilateral:

Donación Art. 1113,

Mandato Art. 1925

El arrendamiento de servicios Art. 1797,

La venta con arras 1609.

La muerte del acreedor o del deudor

• Créditos personalísimos, como el derecho a pedir alimentos

• Obligaciones de hacer que por su naturaleza deban necesariamente que ser cumplidas por el deudor mismo, Art. 1443

• La confección de una obra material, 1793

La imposibilidad de ejecución

Físicamente Art. 1540.

Moralmente. Art. 1335, 1338

La prescripción liberatoria

Art. 2231.

El plazo extintivo y la condición resolutoria

Art. 2020 Art. 2091

La declaración judicial de nulidad o rescisión

Art. 1551 y ss.

La resolución judicial y el pacto comisorio Art. 1360

La revocación judicial Caso de la Acción Paulina o Revocatoria. Art. 2215.

La declaración judicial de simulación Todo acto jurídico está compuesto de dos elementos:

Elemento interno ------Voluntad

Elemento externo ------Declaración

La transacción

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