Extincion De Obligaciones
Enviado por migrin • 7 de Septiembre de 2014 • 6.437 Palabras (26 Páginas) • 220 Visitas
EXTINCION DE LAS OBLIGACIONES
INTRODUCCION
Las obligaciones en derecho consisten en una relación de vínculo para conseguir un fin económico y/o social, determinada por las partes (las cuales en el aspecto económico, que es el mas común, es deudor y acreedor) y cuyo objeto es dar, hacer o no hacer alguna cosa
Las obligaciones civiles nacen de la voluntad de las partes (como lo pueden ser los contratos), de disposiciones expresas de la ley o como consecuencia de delitos, de faltas, o de hechos u omisiones ejecutadas con perjuicio ajeno, que ameriten una indemnización
Las obligaciones una vez creadas, se extinguen por algunos de los medios siguientes:
• Pago: Es el modo natural de extinguir las obligaciones.
• Dacion en pago: Es un medio de extinción de las obligaciones que consiste en que el deudor de a su acreedor una cosa distinta de la que debió darle en virtud de la obligación
• Compensación: Es el medio de extinguir obligaciones que tiene lugar cuando en dos personas se reúnen recíprocamente las cualidades de deudor y acreedor. El efecto de la compensación es extinguir las dos deudas hasta el importe de la menor
• Confusión: Consiste en que las dos cualidades, de deudor y acreedor, se reúnan en una misma persona. Tiene por efecto liberar al deudor al extinguirse su obligación
• Remisión: Remitir una deuda es lo mismo que perdonarla. Cualquiera puederenunciar su derecho y remitir, en todo o en parte, las prestaciones que le son debidas, excepto en aquellos casos en que la ley lo prohíba.
• Novación: Cuando las parte interesadas en un contrato lo alteran substancialmente, substituyendo una obligación nueva a la antigua. La notación puede ser de cosas y de personas.
• Caducidad: Al hablar de las modalidades de las obligaciones estas pueden estar sujetas, para su cumplimiento, a términos; si se trata de un término extintivo la llegada de este pone fin a la obligación, extinguiéndola.
• Prescripción extintiva: Cuando transcurrido el tiempo señalado por la ley, el acreedor no ejercita sus derechos. En este caso, la obligación se extingue.
• Nulidad: Extinguen los actos jurídicos y las obligaciones que de ellos nacen
• Rescisión: Consiste en la anulación o invalidación del contrato celebrado, ya sea por que ambas partes estén de acuerdo en invalidarlo, ya sea por que alguna de ellas no cumplió con la obligación contraída y la otra se ve en la necesidad de darlo por concluido.
• Revocación: Es la anulación o retracción de un acto que se había otorgado o de una disposición que se había hecho. Se produce en los actos unilaterales, como la donación, el legado, etcétera.
Concepto
Origen de las obligaciones
Las obligaciones están consubstanciadas con la naturaleza humana: donde existan hombres habrá necesidad de
satisfacer necesidades y esto implica el nacimiento de obligaciones.
La mayoría de los autores presume que la obligación ha nacido ya en los pueblos primitivos, pero no existen rasgos
esenciales. Se cree que nació en el primer periodo que se llama el salvajismo, no propiamente dicho como derecho,
porque ahí imperaba no la razón sino la fuerza, y el Derecho de las Obligaciones es la expresión de la razón y no de
la fuerza.
El derecho de obligaciones ha surgido en forma posterior a la permuta. La obligación surge cuando el hombre actúa
en el tiempo y en el espacio y lo hace cuando admite la posibilidad de diferir el cumplimiento de una obligación;
cuando comienza a tener confianza en sus semejantes, en ese momento histórico surge el crédito. Así pues, la
permuta precede en mucho a la existencia de la obligación.
En el Código de Manú se habla de préstamos y aparte de concederle la posibilidad de someter al deudor a la
servidumbre personal, se le concedía la facultad de coaccionar personalmente a su deudor a cumplir.
En Persia, el deudor que no pagaba, incluida su familia, era objeto de muerte, porque no dar equivalía a quitar.
En Egipto, en Babilonia, en Grecia la obligación no era personal sino familiar: el deudor que no pagaba afectaba a
su mujer y a sus hijos que eran dados en servidumbre personal o como esclavos.
Donde se sistematiza la obligación es en el Derecho Romano y se la crea de manera objetiva en la Ley de Las XII
Tablas, donde se plasma una figura gravísima que era la "manus inyectio".
El derecho Romano clásico era brutal, emergente de que el vínculo obligacional era de persona a persona; pero
años más tarde, gracias al trabajo de los pretores, que dio lugar al derecho Honorario, a fines de la República
comenzó a desplegarse una tendencia humanizadora del Derecho de las Obligaciones.
La humanización del Derecho de las Obligaciones va mucho más allá en Roma con la Lex Valia (Siglo II a. C.) que
le permite al deudor ser su propio "vindex"', o sea su propio garante y además se prohíbe definitivamente la
esclavitud por deudas.
A partir de esta ley se rompe con una especie de justicia privada, de tal manera que ya la coacción para obligarle al
deudor al cumplimiento de la obligación no está en manos del acreedor, sino en manos del Estado
También hay un cambio substancial en favor del deudor, hay un lento tránsito hacia la responsabilidad estrictamente
patrimonial, último sistema romanista que estuvo presente en la época de Justiniano.
Gran parte de las figuras jurídicas del Derecho de Obligaciones fueron creadas por los romanos y fueron
transplantadas a la Edad Media y ella se reflejó en el Derecho Francés clásico.
El Derecho Moderno, lo que ha hecho es estudiarlo de manera sistemática. Y el primer intento serio de codificación
se dio en el siglo XVIII, pero donde se plasmó fue en el siglo XIX con el Código Francés de 1804, aunque los
Prusianos tuvieron un Código anterior.
Las causas de extinción de las obligaciones
Conforme el artículo 1.156 del Código Civil, "las obligaciones se extinguen: por el pago o cumplimiento, por la pérdida de la cosa debida, por la condonación de la deuda, por la confusión de derechos de acreedor y deudor, por la compensación y por la novación".
Las circunstancias o figuras enunciadas se conocen técnicamente con el nombre de causas de extinción de las obligaciones, en cuanto todas ellas determinan la extinción de la relación obligatoria. De todas ellas, la más importante, y frecuente, es el cumplimiento o pago.
Junto con las
...