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Extradición


Enviado por   •  27 de Mayo de 2014  •  2.499 Palabras (10 Páginas)  •  316 Visitas

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EXTRADICION

La extradición, es un proceso por el cual un Estado entrega una o varias personas que se hallan en su territorio, a las autoridades de otro Estado, para que sea juzgado o juzgados por los delitos cometidos en éste, o a fin de que cumpla condena por un delito por el que ya fue juzgada. También el Estado requirente, al que solicita la entrega del delincuente y el Estado requerido al que se le solicita la entrega.

La palabra extradición proviene del vocablo latino ex, de la cual deriva la preposición latina extra, fuera de y tratitio onis, entrega o transmisión, derivado de tradere, transmitir o entregar, por tanto desde el punto de vista gramatical se entiende extradición al acto por el cual un Estado entrega una persona que se encuentra en su territorio a las autoridades de otro país que lo reclama, para someterla a proceso o para que cumpla una pena que le fue impuesta por la comisión de un delito.

En la doctrina mexicana se puede observar diversas concepciones de la extradición, para Colín Sánchez, la extradición es una institución de derecho internacional que se implementa entre los Estados que firman un tratado para lograr el auxilio o colaboración reciproca en la entrega de un indiciado, procesado acusado o sentenciado, por una de las partes (requerida), o para que la otra parte (requirente) provea que la administración de justicia cumpla su objetivo y fines y se reprima la delincuencia.

La definición gramatical y etimológica no es útil para fijar la antigüedad del término y para conocer que se refiere al acto de entregar fuera; sin embargo la extradición va más allá de la acción de entregar. Muchas han sido las definiciones que han dado los tratadistas para intentar perfilar un concepto que nos aproxime a su definición y para ello podemos remitirnos a Alonso Gómez Robledo que la define como “institución jurídica, por la cual se entrega al Estado requirente al supuesto responsable o inculpado, que se encuentra en el territorio de de un tercer estado, va a ser el resultado de la puesta en marcha de un acuerdo internacional…” Asimismo la definición incluye que el acto de entrega de una persona, que cometió o probablemente cometió un delito, será el resultado de la aplicación de un acuerdo internacional.

Así tenemos que la extradición es un acto de cooperación internacional, que tiene como finalidad la entrega de una persona que se encuentra en el territorio del Estado requirente, con objeto de facilitar el enjuiciamiento penal de la persona reclamada, o bien, la ejecución de una sentencia previamente impuesta al extraditado por parte de las autoridades judiciales del Estado requirente.

Cabe señalar que en un procedimiento de extradición encontramos la participación de varios sistemas jurídicos, al intervenir normas de Derecho interno (normas nacionales), de Derecho externo (normas extranjeras), y normas de carácter internacional y todas ellas dan lugar a la formación de la institución jurídica de la extradición.

Así se le aprecia como la figura jurídica por excelencia para trasladar a un fugitivo de la justicia o al acusado de un delito al país donde lo cometió, o que tiene competencia para seguirle un proceso o imponerle una sentencia a fin de garantizar la efectiva aplicación de la justicia y evitar la impunidad.

Los antecedentes de esta figura jurídica vienen desde Roma y Grecia, que regularon estatutos especiales para los extranjeros, pasando por los tratados de extradición que celebran algunos soberanos para la mutua entrega de algunos delincuentes, obviamente basados en el libre albedrío del soberano, hasta la creación del derecho de asilo, la extradición no mostraba el perfil que actualmente tiene; sino que se limitaba a ser un estado o un monarca y regido particularmente por el principio de reciprocidad.

Pero no es sino hasta el siglo XIX que la extradición adquiere ese perfil de acto de cooperación internacional que hemos señalado, y es precisamente derivado de un interés común supranacional de castigar los actos delictivos, sin limitaciones territoriales, y en la recíproca confianza en la actividad judicial de los gobiernos. Así, la institución nace al mundo de lo jurídico en el campo del derecho internacional, bajo esas dos premisas fundamentales.

En nuestro país, la Constitución de 1824 no menciona la figura de la extradición. Fue hasta la Carta Magna Fundamental de 1857, cuando en el artículo 15 se señalo la prohibición al Estado de celebrar tratado de extradición alguno, respecto de reos políticos o de delincuentes del orden común que hubieran sido esclavos en el país en el que cometieron el delito.

En 1897, se publico la Ley de Extradición en nuestro país, que señalaba que se aplicaría lo dispuesto en ésta, sólo a falta de estipulación en un tratado. En ella se estableció que la extradición de personas procedía por delitos intencionales del orden común, respecto de sus autores, cómplices o encubridores, siempre que el Estado solicitante se obligará a no juzgar al extraditado por un delito diverso del que fuera señalado en la demanda por país requirente, respecto de delitos cometidos antes de la extradición, y que ni fueran de orden religioso, político, militar o por contrabando.

Hasta el 29 de diciembre de 1975, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Extradición Internacional, que derogó la de 1897, para adecuar la extradición al régimen constitucional de 1917. El nuevo ordenamiento legal conservó el carácter de supletorio en caso de no existir tratado con el Estado solicitante, pero las normas de procedimientos se convierten en obligatorias, exista o no. Además se condiciono la extradición a que la conducta ilícita señalada por el Estado constituyera delito en ambos países.

La última reforma de este ordenamiento, el 18 de mayo de 1999, tuvo como finalidad precisar que se debe adjuntar a la petición formal de extradición la prueba que acredite el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del reclamado.

México ha suscrito tanto tratados multilaterales como bilaterales en materia de extradición, tiene 28 tratados bilaterales vigentes que establecen casos y condiciones especificas para realizar la extradición, algunos de estos son:

País

Nombre del Tratado o Acuerdo

Australia Tratado de Extradición entre los Estados Unidos Mexicanos y Australia.

Bahamas Tratado de Extradición entre los Estados Unidos Mexicanos y Australia.

Bélgica Convenio de Extradición entre la República de los Estados Unidos Mexicanos y el Reino de Bélgica.

Belice Tratado de Extradición entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno

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