FORMACION Y ORIENTACION LABORAL
Enviado por shaylitap • 19 de Junio de 2013 • 1.706 Palabras (7 Páginas) • 461 Visitas
FORMACION Y ORIENTACION LABORAL
¿ QUE SE DEBE HACER EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO ?
1. El trabajador deberá informar a su Jefe Directo o Supervisor a cargo, quien deberá coordinar el traslado del trabajador accidentado al centro asistencial de Mutual más cercano.
2. . Para coordinar el traslado del trabajador accidentado, deberá llamar al número 600 301 2222desde cualquier lugar del país o al 02-7794778 en la región Metropolitana. Si la empresa tiene los medios para trasladar al trabajador accidentado, también lo puede realizar.
3 . La empresa debe emitir la Declaración Individual de Accidentes del Trabajo, (formulario DIAT) para esto tiene un plazo máximo de 24 hrs. una vez ocurrido el accidente.
4 . Si la empresa aún no a enviado la DIAT a Mutual, el trabajador de igual forma se puede presentar solo con su cédula de identidad.
¿Qué documentos debe presentar en caso de un accidente del trabajo?
1. Su cédula de identidad al momento de ingreso al centro de atención de la Mutual de Seguridad C.CH.C. El Departamento de RRHH, enviará la Denuncia Individual de Accidente de Trabajo (DIAT) a la Mutual de Seguridad, dentro de las 24 Horas de ocurrido el accidente.
2. Si el afectado presenta lesiones GRAVES:
En caso de accidente grave, en que se requiera atención médica inmediata, se deben agotar todos los medios para obtenerla, aunque para ello sea necesario desestimar los servicios asistenciales de la Mutual, todo esto sin perjuicio de informar a la brevedad a Prevención de Riesgos de la medida adoptada, para que la Mutual tome las providencias del caso.
Accidentes Graves:
Con aquellos en que está en riesgo la vida del trabajador, a causa de:
• Una caída de más de 2 mt. de altura
• El accidente provoque de forma inmediata la amputación o pérdida de alguna parte del cuerpo.
• El accidente involucre pérdida de conocimiento.
• El accidente requiere realizar maniobras de reanimación.
• El accidente amerite rescate, es decir, que necesariamente llegue la ambulancia y personal capacitado de mutual apara auxiliar al trabajador accidentado
PASOS A SEGUIR ANTE UN ACCIDENTE Grave:
1. Se debe restringir el área, suspender la maquinaria y/o faena involucrada.
2. . Informar de inmediato a los organismos fiscalizadores SEREMI e INSPECCION DE TRABAJO de forma telefónica o personal: al 6003607777 (SEREMI tanto como la Inspección indican este número para realizar las denuncias de accidentes).
3. . Llamar a la ambulancia de Mutual fono nivel país 600 301 2222 o región metropolitana 02-7794778
4. Solo personal autorizado y capacitado podrá ingresar al lugar donde ocurrió el accidente.
5. La empresa debe emitir la Declaración Individual de Accidentes del Trabajo, DIAT para esto tiene un plazo máximo de 24 hrs. una vez ocurrido el accidente.
Accidentes Leves:
Son aquellos en que no está en riesgo la vida del trabajador, estos pueden ser causados por:
• Cortes
• Torceduras
• Picaduras
• Golpes
• Caídas al mismo nivel del suelo
• Caída de objetos extraños en los ojos
PASOS A SEGUIR ANTE UN ACCIDENTE LEVE:
1. El trabajador deberá informar a su Jefe Directo o Supervisor a cargo, quien deberá coordinar el traslado del trabajador accidentado al centro asistencial de Mutual más cercano.
2. Para coordinar el traslado del trabajador accidentado, deberá llamar al número 600 301 2222desde cualquier lugar del país o al 02-7794778 en la región Metropolitana. Si la empresa tiene los medios para trasladar al trabajador accidentado, también lo puede realizar.
3. La empresa debe emitir la Declaración Individual de Accidentes del Trabajo, (formulario DIAT) para esto tiene un plazo máximo de 24 hrs. una vez ocurrido el accidente.
Si la empresa aún no a enviado la DIAT a Mutual, el trabajador de igual forma se puede presentar solo con su cédula de identidad.
Cuando la persona muere en el lugar del accidente de forma inmediata.
PASOS A SEGUIR:
1. Se debe restringir el área, suspender la maquinaria y/o faena involucrada.
2. Evacuar a los trabajadores.
4. Informar de inmediato a los organismos fiscalizadores SEREMI e INSPECCION DE TRABAJO de forma telefónica o personal: al número 600 360 7777 (SEREMI tanto como la Inspección indican este número para realizar las denuncias de accidentes).
5. Solo personal autorizado y capacitado podrá ingresar al lugar donde ocurrió el accidente.
****No se puede levantar ni mover el cadáver a menos que el Servicio Médico Legal lo indique
¿Qué es un accidente de trayecto?
Son los ocurridos en el trayecto directo de ida o regreso entre la casa habitación y el lugar de trabajo.
Estos pueden ser causados por:
• Torceduras
• Cortes
• Golpes
• Caídas
• Si hay una colisión y Ud. queda con daños
2 ) ¿ SUBSIDIO POR ENFERMEDAD PROFESIONAL ?
Se consideran enfermedades profesionales a aquéllas que se producen como consecuencia de la realización de sus tareas laborales.
Por enfermedad profesional
Para tener acceso a este beneficio se debe tener por lo menos 6 aportaciones consecutivas anteriores al inicio de la enfermedad profesional.
El IESS paga este subsidio a partir del 4to día de la incapacidad en el caso de los trabajadores amparados por el Código del Trabajo y hasta por 52 semanas (364 días),
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