ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Facultad de Derecho y Ciencias Sociales


Enviado por   •  30 de Marzo de 2016  •  Resumen  •  2.044 Palabras (9 Páginas)  •  429 Visitas

Página 1 de 9

U.M.S.N.H[pic 1]

Facultad de Derecho y Ciencias Sociales

        Alumna: Yeraldine Estefanía Sosa Paramo

        Profesora: Lic. Karla Barragán Díaz

        Materia: Derecho Penal 1

        Sección 45. Sistema Abierto

        Ciclo Escolar 2015-2016

        Trabajo Unidad 4 y 5

INTRODUCCION

Se dice que una persona es un delincuente pues cometió un delito, o sea, un acto antijurídico que el Derecho o sistema legal de un Estado califica como tal, y sanciona con una pena.

Para que exista delito se requiere que el Código Penal respectivo haya descrito la conducta punible y que el hecho cometido se ajuste exactamente a la figura legal. La ley ya debe estar dictada al momento de cometerse el acto antijurídico, pues las leyes penales no se aplican a hechos cometidos antes de su vigencia. Además, se necesita para que se configure la calidad de delincuente, que haya una sentencia que lo condene como tal, luego de un debido proceso, pues antes de la sentencia el procesado goza de la garantía de su presunción de inocencia.

Los delitos civiles son aquellos que se cometen con intención de provocar el daño, en cambio los que se realizan con culpa o imprudencia, se llaman cuasidelitos. Los delitos penales pueden ser dolosos o culposos según se realicen con o sin intención de ejecutarlos.


En sede civil, se persigue que el delincuente repare el daño ocasionado con el hecho ilícito. En sede penal se persigue el castigo del delincuente, al que se impone una penalidad, por ejemplo la de multa o prisión.

Para la escuela clásica el delincuente no tiene características de un ser anormal, sino de un ser con perfecta posibilidad de elegir sus acciones, y eligió cometer el delito, el que debe ser sancionado en proporción al daño ocasionado.


Cuadro sinóptico con explicación de la vida del delito.

“VIDA DEL DELITO”

[pic 2]

        1-IDEA CRIMINOSA: Que constituye el albergue

        De esa idea que en un futuro puede convertirse

        En delito.

FASE INTERNA        2-DELIBERACION: Con los valores sociales

        Y morales, el individuo lucha en forma dura

        Cuando no concibe que exista en su

        Persona, este tipo de ideas.

        

        3-RESOLUCION: Que toma una vez hecha

        La deliberación sobre su conveniencia o bien

        Sobre la posibilidad de logro y que con ella

        Concluye la fase interna del delito.

[pic 3]

        1-MANIFESTACION: Es la fase externa, el

        Primer momento en la manifestación de la

        De la idea crimina, que tiende a realizarse

        Objetivamente en el mundo exterior. Momento

        A partir del cual ya puede ser sancionable la

        Conducta del delincuente.

        2-PREPARACION: Consiste en la manifestación

        Externa del propósito criminal por medio de

        Actos materiales adecuados

FASE EXTERNA

        3-EJECUCION: Es el momento de plena

        Ejecución de la acción violatoria de la norma

        Penal , se puede ofrecer 2 formas:

        TENTATIVA: Sera punible cuando la

        Resolución de cometer un delito se

        Exterioriza por un comienzo de ejecución o por

        Los actos que produjeron el resultado:

         CONSUMACION: Acción que reúne todos los

        Elementos, genéricos y específicos que

        Integran el delito penal.

Explicar cada uno de los grados de participación en el delito.

  1. AUTOR MATERIAL: Es la persona que ejecuta directamente el delito, aquel que con su acción, completa por el aspecto físico y por el aspecto psíquico. Comete el acto delictuoso.

        

  1. COAUTOR: Es el que en unión de otro u otros autores responsables,  ejecuta el delito, realizando conductas señaladas en la descripción penal. Todos los coautores son igualmente punibles.

  1. AUTOR INTELECTUAL: Es el que prepara la realización del delito, cuando al proyectarlo provoca o induce a otro a la ejecución del delito.
  1. AUTOR MEDIATO: Este no realiza el hecho delictivo directa, ni personalmente, acude a otra persona extraña que utiliza como instrumento para su perpetración. Es importante diferencia al autor intelectual del mediato, ya que el primero no utiliza al toro para cometer un delito, como si lo hace el autor mediato, sino que lo convence para que realice el hecho delictivo.
  1. COMPLICE: Es el que realiza las acciones secundarias encaminadas a la realización del hecho delictivo, puede participar moralmente, instruyendo al autor material, indicándole la forma en que debe ejecutar el delito, ofreciéndoles su ayuda para la perpetración o impunidad. El cómplice puede actuar :
  1. Antes de la comisión del delito.
  2. Durante la comisión del delito. Ayudando o no limpiándolo.
  3. Después de la comisión del delito. Con base a un acuerdo previo.

Definir la pena, explicar sus características

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (12 Kb) pdf (166 Kb) docx (60 Kb)
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com