Guia Derecho Laboral UANL
Enviado por Karen Rodríguez • 26 de Abril de 2018 • Tarea • 2.550 Palabras (11 Páginas) • 234 Visitas
¿Menciona los fines del derecho colectivo de trabajo?
R= Estudio, mejoramiento y defensa de sus intereses. Esclarecimiento del sistema normativo.
¿Cuál es el objeto Supremo del derecho Laboral colectivo de trabajo?
R= Defensa de sus intereses comunes, equilibrio entre capital y trabajo.
Coalición: Es el acuerdo temporal de un grupo de trabajadores o de patrones para la defensa de sus intereses.(art.355)
Sindicato: Es la asociación de trabajadores o de patrones constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus intereses.(art.356)
¿En qué consiste la libertad sindical?
Los trabajadores y patrones tienen el derecho de constituir sindicatos, sin sin necesidad de autorización previa. (art.357)
¿En que consiste la libertad sindical negativa?
R= A
nadie se le puede obligar a formar parte de un sindicato o a no formar parte de el. (art. 358)
¿En que consiste la autonomía sindical?
R= Los sindicatos tienen derecho a redactar sus estatutos o reglamentos, elegir libremente a sus representantes, organizar su administración y sus actividades y formular su propia acción.
Qué es la democracia sindical?
R= La elección libre de los organismos directivos del mismo con el voz y voto de todos los integrantes. (libertad de elección)
Clasificación de los sindicatos de trabajadores: (art.360)
I. Gremiales, los formados por trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad;
II. De empresa, los formados por trabajadores que presten sus servicios en una misma empresa;
III. Industriales, los formados por trabajadores que presten sus servicios en dos o más empresas de la misma rama industrial;
IV. Nacionales de industria, los formados por trabajadores que presten sus servicios en una o varias empresas de la misma rama industrial, instaladas en dos o más Entidades Federativas; y
V. De oficios varios, los formados por trabajadores de diversas profesiones. Estos sindicatos sólo podrán constituirse cuando en el municipio de que se trate, el número de trabajadores de una misma profesión sea menor de veinte.
Clasificación de los sindicatos de patrones: (art.361)
I.Los formados por patrones de una o varias ramas de actividades; y
II. Nacionales, los formados por patrones de una o varias ramas de actividades de distintas Entidades Federativas.
11.-Numero mínimo para constituir un sindicato de trabajadores:
R= 20 trabajadores en servicio activo. (art.364)
12.- Numero mínimo para constituir un sindicato de patrones:
R= 3 patrones al menos.
13.- ¿Cuáles son las autoridades competentes para el registro de los sindicatos?
R= Secretaría del Trabajo y Previsión Social en los casos de competencia federal y en las Juntas de Conciliación y Arbitraje en los de competencia local. (art. 365)
Documentos para el registro de sindicatos?
R= I. Copia autorizada del acta de la asamblea constitutiva;
II. Una lista con el número, nombres y domicilios de sus miembros y con el nombre y domicilio de los patrones, empresas o establecimientos en los que se prestan los servicios;
III. Copia autorizada de los estatutos; y
IV. Copia autorizada del acta de la asamblea en que se hubiese elegido la directiva.
Cancelación del registro sindical: (art.369)
I. En caso de disolución; y
II. Por dejar de tener los requisitos legales
¿Por qué vía se solicita la cancelación, la suspensión del registro de los sindicatos?
R= Via jurisdiccional.
Estatutos sindicales: (art.371)
R= I. Denominación que le distinga de los demás;
II. Domicilio;
III. Objeto;
IV. Duración. Faltando esta disposición se entenderá constituido el sindicato por tiempo indeterminado;
V. Condiciones de admisión de miembros;
VI. Obligaciones y derechos de los asociados;
VII. Motivos y procedimientos de expulsión y correcciones disciplinarias.
Representacion del sindicato:
R= La representación del sindicato se ejercerá por su secretario general o por la persona que designe su directiva, salvo disposición especial de los estatutos. (art.376)
Obligaciones del sindicato: (art.377)
I. Proporcionar los informes que les soliciten las autoridades del trabajo, siempre que se refieran exclusivamente a su actuación como sindicatos;
II. Comunicar a la autoridad ante la que estén registrados, dentro de un término de diez días, los cambios de su directiva y las modificaciones de los estatutos, acompañando por duplicado copia autorizada de las actas respectivas; y
III. Informar a la misma autoridad cada tres meses, por lo menos, de las altas y bajas de sus miembros.
Prohibiciones de los sindicatos: (art. 378)
I. Intervenir en asuntos religiosos; y
II. Ejercer la profesión de comerciantes con ánimo de lucro.
Disolución de los sindicatos
- Por el voto de las dos terceras partes
- Por terminar el tiempo fijado de duración.
Federación de sindicatos
- Unión de dos o más sindicatos locales
Confederación de sindicatos
- Unión de una federación con un sindicato nacional
Contrato colectivo de trabajo
- Convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones para establecer las condiciones laborales de trabajo en una o más empresas.
Quienes están legitimados para celebrar un contrato colectivo de trabajo
- Los patrones que empleen trabajadores
Donde se aplica el contrato colectivo de trabajo
- En la empresa o empresas que participen en el mismo
Objeto del contrato colectivo de trabajo
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