INICIAL DE FIRMA Y OTORGAMIENTO CONTRATO
Enviado por rafadomm • 25 de Noviembre de 2015 • Documentos de Investigación • 1.505 Palabras (7 Páginas) • 396 Visitas
GUTIERREZ CALIZ JOSE ARTURO,
GUTIERREZ CALIZ ALEJANDRO,
GUTIERREZ CALIZ MARIA DE LOURDES
GUTIERREZ CALIZ MARTHA LETICIA
GUTIERREZ CALIZ HUMBERTO Y
PALOS GUTIERREZ TATHIANA ANGELICA VS
MARIA DEL CARMEN GUTIERREZ CALIZ Y
HUMBERTO GUTIERREZ JUAREZ
JUICIO ORDINARIO CIVIL
DEMANDA DE OTORGAMIENTO
Y FIRMA DE ESCRITURA PÚBLICA
ESCRITO INICIAL
C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO
EN EL DISTRITO FEDERAL.
P r e s e n t e.-
C.C. JOSE ARTURO GUTIERREZ CALIZ, ALEJANDRO GUTIERREZ CALIZ, MARIA DE LOURDES GUTIERREZ CALIZ, MARTHA LETICIA GUTIERREZ CALIZ, HUMBERTO GUTIERREZ CALIZ Y PALOS GUTIERREZ TATHIANA ANGELICA, y señalando como representante común al C.__________________ promoviendo por nuestro propio derecho, en mi carácter de parte actora en el juicio al rubro listado, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones aun las de carácter personal, el ubicado en la señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones aún las de carácter personal, el ubicado en calle Buenavista, número 251, primer piso, colonia Lindavista, Delegación Gustavo A. Madero, en México, Distrito Federal, y autorizando para oír y recibir notificaciones aún las de carácter personal e imponerse de los autos y recibir toda clase de documentos a los licenciados y pasantes en Derecho IVONNE ISABEL GUTIERREZ RENDON y RAFAEL DOMINGUEZ CONTRERAS conjunta o separadamente, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:
Que por medio del presente escrito y en la Vía Ordinaria Civil, ejercitando la Acción Pro forma en términos del artículo 27 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, venimos a demandar el otorgamiento de firma y escritura de los C. HUMBERTO GUTIERREZ JUAREZ quien tiene su domicilio en Av. Congreso de la Unión Nº 3740 Col. Mártires de Rio Blanco C.P. 07880
Delegación Gustavo A. Madero México D.F y MARIA DEL CARMEN GUTIERREZ CALIZ, quien tiene su domicilio para ser emplazado en _____________, México, Distrito Federal, el cumplimiento forzoso de las siguientes prestaciones:
P R E S T A C I O N E S :
- La declaración judicial de que los suscritos son los legítimos propietarios del cincuenta por ciento del Lote de terreno rustico con frente a la primera Calle Sur de la población de Puerto Escondido, Municipio de San Pedro Mixtepec, Distrito de Juquila, Estado de Oaxaca.
- Por haber cumplido cabalmente con la obligación de pago total del precio pactado en el contrato privado de compraventa y por tanto, se eleve a categoría de escritura pública definitiva, para dar forma legal al contrato privado de compraventa, celebrado por las partes con fecha cuatro de julio del año dos mil tres, de acuerdo al artículo 2320 del Código Civil para el Distrito Federal; ya que el valor de venta del inmueble excede de trescientos sesenta y cinco veces el salario mínimo general diario.
- Como consecuencia de lo anterior, legalmente mediante declaración judicial de conformidad por lo dispuesto en el artículo 27 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, se exige el otorgamiento y firma con la subsiguiente elevación a escritura pública del contrato privado de compraventa a que se ha hecho referencia en el apartado anterior, sin reserva de dominio y libre de todo gravamen.
- La declaración judicial mediante la cual se haga la entrega física y legal del bien materia del presente juicio.
Fundado de la demanda en los siguientes hechos y preceptos legales:
H E C H O S
- Con fecha cuatro de julio del año dos mil tres, la señora MARIA DEL CARMEN GUTIERREZ CALIZ celebró contrato privado de compraventa con los suscritos en su calidad de apoderada legal del señor HUMBERTO GUTIERREZ CALIZ, respecto del cincuenta por ciento del Lote de terreno rustico con frente a la primera Calle Sur de la población de Puerto Escondido, Municipio de San Pedro Mixtepec, Distrito de Juquila, Estado de Oaxaca, lo que se acredita con contrato base de la acción que se exhibe como ANEXO 1, este hecho les consta a los señores EDGAR ALONSO BLASIO GARCIA y SOLEDAD GARCIA LOPEZ.
- En términos de la cláusula SEGUNDA del contrato de marras, se pactó como precio de la compraventa la cantidad de_______________, mismos que fueron entregados el día de la operación, sirviendo el contrato base de la acción, como el más amplio recibo que en derecho proceda.
- En términos de la legislación civil el vendedor está obligado al saneamiento en el supuesto de que el inmueble llegue a tener vicios ocultos y entregar totalmente libre de gravamen el bien inmueble materia del contrato. Asimismo, la parte vendedora en caso de resultar cualquier acto de un tercero la parte vendedora será la única responsable ante cualquier acto legal.
- Es el caso que el demandado se obligo a elevar a escritura pública definitiva el contrato privado de compraventa base de la acción en un término máximo de diez años, y por causas imputables al mismo y a pesar del tiempo transcurrido, se han abstenido de otorgar y firmar ante el Notario Público de su elección, la escritura pública de compraventa del inmueble objeto de la operación; razón por la cual se demanda por la vía judicial, las presentaciones enumeradas en el proemio de la presente escrito.
D E R E C H O
l. Al fondo es aplicable lo dispuesto por los artículos 1832, 1833,1852,1853,1854,1882,1883,1884 y además relativos y aplicables del Código Civil para el Distrito Federal.
ll. Determinan el procedimiento lo dispuesto por los artículos 255 al 277 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
lll. Rigen la competencia lo dispuesto por los artículos 143, 144, 151, 153 fracción l, 156 fracción ll y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y los artículos 50 fracción lll de la ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
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