LA EMPRESA SE DEDICARA A ELABORAR RODUCTOS DE CALIDAD EN A PREPARACION DE CADA UNO DE SUS PLATOS QUE OFRECE EN SU AMPLIA CARTA.
Enviado por Nikolle Dayan Castro Villanueva • 24 de Mayo de 2017 • Ensayo • 2.902 Palabras (12 Páginas) • 238 Visitas
NOTARIA SALAS Real 567 bajos of. 4 telf. 257642 HUANCAYO |
PRIMER TESTIMONIO
INTRODUCCION.- En la cuidad de Huancayo, a los veinte días del mes de setiembre del año dos mil quince, por ante mí: Dr. Godofredo Salas Martínez doy fe a la constitución de la sociedad comercial con responsabilidad limitada:
SOCIOS FUNDADORES Y APORTES:
1.- TAPIA RODAS LUIS, (SOLTERO); SUSCRIBE Y PAGA 1,000 PARTICIPACIONES.
2.- CASTRO VILLANUEVA NIKOLLE DAYAN, (SOLTERA); SUSCRIBE Y PAGA 1,000 PARTICIPACIONES.
3.- CALDERON VENTURA GUIDO, (SOLTERO); SUSBRIBE Y PAGA 1,000 PARTICIPACIONES.
4.-LOPEZ URIBE ALBERTH, (SOLTERO); SUSCRIBE Y PAGA 1,000 PARTICIPACIONES.
CUYOS PARTES PERTINENTES DE SU ESTATUTO ES EL SIGUIENTE:
ARTÍCULO 1: DENOMINACION – DURACION – DOMICILIO: A SOCIEDAD SE DENOMINA: INVERSIONES NIALUGUI SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, PUDIENDO UTILIZAR LA DENOMINACION ABREVIADA: INVERSIONES NIALUGUI S.R.L.; TIENE UNA DURACION INDETERMINADA, INICIA SUS OPERACIONES EN LA FECHA DE ESTE PACTO Y ADQUIERE PERSONALIDAD JURIDICA DESDE SU INCRIPCION ENE EL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS CORRESPONDIENTE SU DOMICILIO PRINCIPAL EN E DISTRITO DE HUANCAYO, PROVINCIA DE HUANCAYO, DEPARTAMENTO DE JUNIN, PUDIENDO ESTABECER SUCURSALES Y OFICINAS EN CUALQUIER CUIDAD DEL PAIS O EN E EXTRANJERO.
ARTÍCULO 2: OBJETO SOCIAL.- LA SOCIEDAD TIENE POR OBJETO DEDICARSE A LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES:
1. LA EMPRESA SE DEDICARA A ELABORAR RODUCTOS DE CALIDAD EN A PREPARACION DE CADA UNO DE SUS PLATOS QUE OFRECE EN SU AMPLIA CARTA.
2. ATENDER A TODOS OS COMENSAES CON PRODUCTOS DE CALIDAD, ATENCION ESMERADA, CON AMABILIDAD EN SU LOCAL RESPECTIVO.
3. LOS COMENSALES ESTARAN COMODOS EN EL LOCAL QUE CONTARA CON TODOS OS SERVICIOS BASICOS QUE NECESITEN.
4. ESTAR A LA ALTURA O SEMEJANZA CON LAS EMPRESAS QUE SE DEDICAN A ESTE RUBRO.
SE ENTIENDE INCLUIDOS EN EL OBJETO SOCIAL LOS ACTOS RELACIONADOS CON EL MISMO, QUE COADYUVEN A LA REALIZACION DE SUS FINES. PARA CUMPLIR DICHO OBJETO, PODRA REALIZAR TODOS AQUELLOS ACTOS Y CONTRATOS QUE SEAN LICITOS, SIN RESTRICCION ALGUNA.
ARTÍCULO 3: CAPITAL SOCIAL: EL MONTO DE CAPITAL SOCIAL ES DE S/. 100,000.00 (CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES). DIVIDIDO EN 4,000 PARTICIPACIONES SOCIALES DE S/. 25,000 CADA UNO, SUSCRITOS Y PAGADOS DE LA SIGUIENTE MANERA:
1. TAPIA RODAS LUIS, SUSBRIBE 1000 PARTICIACIONES SOCIALES Y PAGA: S/. 25,000.00 (VEINTICINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTE EN BIENES NO DINERARIOS.
2. CASTRO VILLANUEVA NIKOLLE DAYAN, SUSBRIBE 1000 PARTICIACIONES SOCIALES Y PAGA: S/. 25,000.00 (VEINTICINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTE EN BIENES NO DINERARIOS.
3. CALDERON VENTURA GUIDO, SUSBRIBE 1000 PARTICIACIONES SOCIALES Y PAGA: S/. 25,000.00 (VEINTICINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTE EN BIENES NO DINERARIOS.
4. LOPEZ URIBE ALBERTH, SUSBRIBE 1000 PARTICIACIONES SOCIALES Y PAGA: S/. 25,000.00 (VEINTICINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTE EN BIENES NO DINERARIOS.
EL CAPITAL SOCIAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y PAGADO EN BIENES NO DINERARIOS.
ARTÍCULO 4: LA PARTICIPACION SOCIAL.- LA PARTICIPACION SOCIAL CONFIERE A SU TITULAR LA CALIDAD DE SOCIO Y LE ATRIBUYE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SEÑALA LA”LEY”. LA TRANSMISION, ADQUISICION, USUFRUCTO, PRENDA Y MEDIDAS CAUTELARES SOBRE LAS PARTICIPACIONES SE SUJETAN A LO DISPUESTO OR LOS ARTICULOS 290, 291 Y 292 DE LA LEY.
ARTÍCULO 5: ORGANOS DE LA SOCIEDAD: LA SOCIEDAD TIENE LOS SIGUIENTES ORGANOS:
A) LA JUNTA GENERAL DE SOCIOS. B) LA GERENCIA.
ARTÍCULO 6: JUNTA GENERAL DE SOCIOS: LA JUNTA GENERAL DE SOCIOS REPRESENTA A TODOS LOS SOCIOS QUE DEBIDAMENTE CONVOCADOS CON EL QUORUM CORRESPONDIENTE DECIDEN POR LA MAYORIA QUE ESTABLE LA LEY LOS ASUNTOS PROPIOS DE SU COMPETENCIA, LOS ACUEDOS QUE LEGITIMAMENTE ADOPTEN OBLIGEN A TODOS INCLUSIVE A LOS DECIDENTES Y A LOS QUE NO HAYAN PARTICIPADO EN A REUNION. EL REGIMEN DE LA JUNTA GENENAL DE SOCIOS, FACULTADES, OPORTUNIDADES DE LA CONVOCATORIA, SOLEMNIDADES Y CONDICIONES ARA SUS REUNIONES, QUORUM Y VALIDEZ DE SUS ACUERDOS SE SUJETAN A LO DISPIESTO POR LOS ARTS. 112 AL 138 DE LA LEY. DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL TERCER PARRAFO DEL ART. 294 DE LA LEY, LA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL LO HARA EL GERENTE GENERAL MEDIANTE ESQUELAS BAJO CARGO, DIRIGIDAS AL DOMICILIO O A LA DIRECCION DESIGNADA OR EL SICIO A ESTE EFECTO.
ARTÍCULO 7: LA GERENCIA: LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD ESTARA A CARGO DE LA GERENCIA QUE SERA REPRESENTADA POR UN GERENTE GENERAL DESIGNADO POR LA JUNTA GENERAL DE SOCIOS. SUS FACULTADES, REMOCION Y RESPONSABILIDADES SE SUJETAN A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 287 AL 289 DE LA LEY Y TENDRAN LAS FACULTADES Y REMUNERACIONES QUE SEÑALE A JUNTA GENERAL DE SOCIOS. EL GERENTE GENERAL ESTA FACULTADO PARA LA EJECUCION DE TODO ACTO Y/O CONTRATO CORRESPONDIENTE AL OBJETO DE LA SOCIEDAD, PUDIENDO ASIMISMO REALIZAR LOS SIGUIENTES ACTOS: A) DIRIGIR LAS OPERACIONES COMERCIALES Y ADMINISTRATIVAS. B) REPRESENTAR A LA SOCIEDAD ANTE TODA CLASE DE AUTORIDADES SEAN ADMINISTRATIVAS, MUNICIPALES, MILITARES, RELIGIOSAS Y JUDICIALES. EN LO JUDICIAL GOZARA DE LAS FACULTADES GENERALES Y ESPECIALES, SEÑALADAS EN LOS ARTICULOS 74, 75, 77, Y 436 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, Y DEAS NORMAS CONEXAS Y COMPLEMENTARIAS, TENIENDO EN TODOS LOS CASOS FACULTAD DE DELEGACION O SUSTITUCION. C) PODRA ORDENAR PAGOS Y OTORGAR RECIBOS Y CANCELACIONES; GIRAR CHEQUES, YA SEA SOBRE SALDOS DEUDORES O ACREEDORES, COBRAR CHEQUES Y ENDOSAR CHEQUES PARA ABONO EN CUENTA DE LA SOCIEDAD O DE TERCEROS; GIRAR, EMITIR, ACETAR, ENDOSAR, COBRAR, AVALAR, AFIANZAR, RENOVAR, PRORROGAR Y/O DESCONTAR LETRAS DE CAMBIO, PAGARES, FACTURAS CONFORMADAS Y CUALQUIER OTRO TITULO VALOR; ENDOSAR CERTIFICADOS DE DEPOSITO, CONOCIMIENTOS DE EMBARQUE; REALIZAR CUALQUIR OPERACIÓN BANCARIA, INCLUSIVE LA APERTURA, RETIRO Y/O CIERRE DE CUENTAS CORRIENTES, CUENTAS A PLAZO, CUENTAS DE AHORRO, CUENTAS DE CUSTODIA Y/O DEPOSITO, DEPOSITAR RETIRAR FONDOS, GIRAR CONTRA LAS CUENTAS, SOLICITAR ADELANTO EN CUENTA CORRIENTE, SOLICITAR SOBREGIROS, SOICITAR Y ABRIR CARTAS DE CREDITO, SOLICITAR Y CONTRATAR FIANZAS BANCARIAS, CELEBRAR CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO O “LEASING”, FACTORING Y/O UNDERWRITING, OBSERVAR ESTADOS DE CUENTA CORRIENTE, ASI MISMO COMO SOLICITAR INFORMACION SOBRE OPERACIONES REALIZADAS EN CUENTAS Y/O DEPOSITOS DE LA SOCIENDAD. D) ADQUIRIR Y TRANSFERIR BAJO CUALQUIER TITULO, COMPRAR, VENDER, ARRENDAR, DONAR, ADJUDICAR, Y A GRAVAR BIENES EN GENERAL, SEAN MUEBLES O INMUEBLES, SUSCRIBIENDO LOS RESPECTIVOS DOCUMENTOS, YA SEAN RIVADOS O PUBLICOS. E) REPRESENTARA A LA SOCIEDAD EN LICITACIONES, CONCURSOS DE PRECIOS, SUBASTAS PÚBLICAS Y PRIVADAS. EN GENERAL PODRA CELEBRAR TODA CLASE DE CONTRATOS NOMINADOS E INNOMINADOS VINCULADOS CON EL OBJETO SOCIAL. EL GERENTE GENERAL PODRA REALIZAR TODOS LOS ACTOS NECESARIOS ARA LA JUNTA GENERAL DE SOCIOS.
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