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Menores Infractores


Enviado por   •  27 de Agosto de 2013  •  3.384 Palabras (14 Páginas)  •  347 Visitas

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Introducción.

El tema de los menores infractores es uno de los problemas criminológicos internacionalmente mas investigado desde hace años pero este ha cobrado especial relevancia en los últimos años a nivel mundial, debido al aumento en los índices de criminalidad de menores, situación que resulta alarmante, especialmente en nuestro país, que presento un aumento exponencial en los índices de criminalidad de menores en los últimos años. Esto tiene una gran repercusión tanto social, como política, como jurídica. Por lo que se analizara los antecedentes históricos con el fin de buscar todos aquellos aspectos que puedan impulsar o predisponer a la delincuencia juvenil.

A su vez es necesario analizar los diversos factores que engloban el problema, analizando las medidas jurídicas empleadas para el tratamiento y rehabilitación de los jóvenes delincuentes, así como analizar el posible perfil del delincuente y todos aquellos factores criminógenos que influyen en el, como la familia, la sociedad, debido a la gran influencia que ejercen en los menores.

También resulta de vital importancia analizar la situación actual en México y en el estado para contar con un mejor panorama y poder crear posibles soluciones a este problema, ya que este tema no puede ser ignorado, pues si se ignora este problema los índices de criminalidad juvenil se incrementaran año con año.

No hay que ver la delincuencia juvenil solamente como un problema jurídico, sino también como un problema social, que nos afecta a todos como sociedad, como individuos. Es necesario tener una visión más amplia sobre este tema, para poder entender lo que motiva a estos jóvenes a cometer actos delictivos.

Por otro lado se pretende verificar la efectividad de los procesos, penas, medidas de seguridad, o tratamientos usados para su reinserción en el entorno social.

Capítulo I: Antecedentes.

No siempre los menores han sido colocados en una situación legal excepcional, hubo pueblos que castigaban tan duro a los adultos como a los menores que cometían delitos, estos eran encarcelados y algunos condenados a muerte. Existen algunos datos que indican que había países en que los niños eran condenados a muerte, por causas como: homicidios, robos sin importancia, hechicería o brujería, como ha pasado, por ejemplo, en Inglaterra, Alemania y Estados Unidos también antiguamente se dieron casos en que se juzgaba por igual a menores como adultos. El código de Hammurabi es un ejemplo de esto, en sus 101 disposiciones no hizo distinción legal entre menores y mayores. Otro ejemplo es Siria y Persia donde tampoco existía una distinción, al contrario los hijos de delincuentes quedaban sujetos a torturas e inclusive a la pena de muerte.

1.1 Lo precolombino.

1.1.1 Los mayas.

El Derecho Penal Maya, era bastante severo: eran muy comunes las penas corporales y la pena de muerte; con un sistema parecido al talión y existía una diferencia entre dolo y culpa. La minoría de edad era considerada como atenuante de responsabilidad. En caso de homicidio el menor pasaba a ser propiedad de la familia de la víctima, para compensar laboralmente el daño causado .

Para esta cultura el robo era un delito muy grave, los padres deberían responder por los daños causados a las víctimas, y en caso de no poder responder, el menor se convertía en esclavo de la víctima hasta que pagara su deuda.

1.1.2 Aztecas.

Este pueblo contaba con una organización basada en la familia, el padre era la figura dominante de la familia. Los padres tenían la patria potestad de sus hijos, mas sin embargo no tenían el derecho de vida o muerte sobre ellos, es decir no podían venderlos como esclavos cuando fuesen incorregibles.

Únicamente el padre podía ejercer la patria potestad sobre el menor. En lo referente a la protección del menor estas eran algunas normas del pueblo Azteca:

• Todos los hombres nacen libres, aun siendo hijos de esclavos.

• La minoría de 10 años es excluyente de responsabilidad penal.

• La menor edad es atenuante de la penalidad, considerando como limite los 15 años de edad, en que los jóvenes abandonan el hogar para ir al colegio a recibir educación religiosa, militar y civil.

Uno de los avances más notables que lograron los aztecas, fue el establecimiento de tribunales para menores, cuya residencia eran las escuelas. Estas estaban divididas en dos, según el tipo de escuela: en el Calmecac, con un juez supremo, el Huiznahuatl, y en el Telpuchcalli, donde los telepuchtlas tenían funciones de juez de menores.

La buena conducta de los menores es legislativamente cuidada; así encontramos normas como las siguientes.

Los jóvenes de ambos sexos que se embriaguen serán castigados con la pena de muerte por garrote.la mentira en la mujer y el niño, cuando este se encuentre en educación, se castigara con pequeñas cortadas y rasguños en los labios del mentiroso, siempre que la mentira hubiese tenido graves consecuencias.

El que amenace o golpe a la madre o al padre, será castigado con la pena de muerte, y será considerado indigno de heredad.

1.2 La conquista.

La caída del imperio azteca, tuvo una gran repercusión en la vida de los niños y de los jóvenes, su mundo quedo totalmente destruido, muchos perdieron a sus padres hermanos, sus madres y hermanas fueron esclavizadas. Muchos niños y jóvenes terminaron pidiendo limosnas, viviendo de migajas.

Después de toda la protección del mundo azteca al niño, esté pasa a una categoría inferior, a ser considerado menos que cosa, menos que animales, bajo la salvaje opresión española.

1.3 La colonia

Durante la colonia se gobernó en base a las Leyes Indias. No hay muchas referencias a los menores, por lo que se aplicaba supletoriamente el derecho español. Una de las disposiciones contenidas en esta recopilación establecía que la edad de responsabilidad plena eran los 18 años cumplidos.

1.4 Proyectos relativos a menores infractores.

Desde 1871, hasta 1928, se presentaron varios proyectos en el tema de menores infractores, en las siguientes fechas:

a) En 1908, se hace un estudio en base a los lineamientos de la legislación de Estados Unidos de Norteamérica. En 1907 el Departamento del Distrito Federal dirigió a la Secretaria de Justicia una exposición acerca de las cárceles adecuadas para menores, y en 1908, dado el éxito del juez paternal en New York, una persona siempre preocupada en el bienestar de los jóvenes, el licenciado Antonio Ramos Pedrueza, sugirió a don Ramón Corral, Secretario de Gobernación, crear jueces eternales destinados exclusivamente a conocer los actos ilegales cometidos por menores de edad, abandonado el criterio de discernimiento.

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