Ministerio Publico
Enviado por camones1996 • 2 de Diciembre de 2014 • 3.788 Palabras (16 Páginas) • 203 Visitas
DEDICATORIA
Este trabajo está dedicado a todos mis compañeros de
estudio, para que puedan tener más información
sobre el comité y así puedan ampliar sus
conocimientos respecto al Derecho Civil.
INDICE
▪ INTRODUCCIÓN
▪ CAPITULO I
1. A que llamamos Comité
2. Definición de Comité
▪ CAPITULO II
1. Naturaleza jurídica del comité
- CAPITULO III
1. clasificación del comité
▪ CASO PRACTICO
▪ CONCLUSIONES
▪ SUGERENCIAS
▪ BIBLIOGRAFÍA
INTRODUCCIÒN
En el Perú se precisa al Comité como una organización de personas jurídicas o naturales, o de ambas, que se dedica a reunir aportes públicos destinados a una finalidad altruista y sin fines de lucro.
Esto quiere decir, que el aporte o patrimonio que reúnen no es originado por los integrantes del comité ni por los fundadores del mismo.
Su fin o propósito es recolectar fondos públicos.
Sus órganos principales son el Consejo directivo que se encarga de su gestión y lo convoca quien lo preside o cuando es solicitado por cualquiera de los miembros del comité o de la decima parte de los mismo.
El máximo órgano del comité es la Asamblea General sus funciones son elegir a las personas que integran el Consejo Directivo, modificar el estatuto, acordar la disolución del comité y cualquier otra decisión que haya sido encargada a otros órganos.
CAPITULO I
1. ¿A QUE LLAMAMOS COMITÉ?
Nuestra realidad jurídica nos muestra al comité como un grupo de personas que actúan juntas o en común organizándose para recaudar públicamente contribuciones que serán destinadas a una finalidad altruista.
¿Cuál es el fin del comité?
El propósito de formar un comité es la de recaudar bienes, para que con ellos puedan hacer obras sociales de carácter cívico, para el socorro de calamidades, construcción de obras públicas o viajes científicos o culturales con fines de interés público. Estas son obras realizadas por solidaridad de parte de personas que se preocupan por ayudar sin fiñes de lucro a las personas o a alguna institución necesitada.
¿Cuál es el proceso del comité para obtener bienes?
Las personas que integran el comité dirigiéndose al público en general piden donaciones de dinero o bienes para el fin determinado mediante fiesta, tómbolas, bingos o cualquier otra actividad en la cual puedan recaudar lo suficiente para su fin.
Estos asumen la responsabilidad de administrar, juntar e invertir lo que hayan recaudado por el público.
¿Por qué es necesario regular el comité?
Porque la existencia de estos comités crea relaciones jurídicas, es por esto que nace la necesidad de tener que regular normativamente las especificaciones humanas a través del comité dándole calidad formal de persona jurídica.
¿Cómo nace la idea del comité?
Este organismo nace con la decisión libre de un grupo de personas que voluntariamente expresan querer unir esfuerzos voluntariamente para organizarse y realizar una actividad no lucrativa, altruista en bien de terceros con bienes provenientes del público en general.
¿Cuál es la duración del comité?
El comité es de carácter temporal, porque este se termina o extingue cuando alcanza su finalidad y puede terminar antes si es que no logra terminar su fin, es importante aclarar que las personas que integran el comité son los que aportan los bienes o el dinero ni son beneficiarios en ninguna forma de lo recibido, ni por su acción solidaria.
El comité ¿tiene alguna obligación?
El comité y sus promotores están obligados a anunciar públicamente cual es la finalidad por la que se han agrupado y si es factible los posibles requisitos de la misma.
2. DEFINICIÓN DEL COMITÉ
El comité es la intención espontanea de un grupo de personas que desean realizar una acción conjunta en búsqueda de un fin valioso y así se organizan para administrar bienes aportados por terceros.
Sus características son:
- Se realiza sin fines de lucro y con fines altruistas
- Integrantes realizar actividades para recaudar bienes
- Todos los aportes hechos al comité son del público en general
- Están obligados a hacer público su fin y a donde van a dirigir los bienes recaudados.
- Están eximidos de pagar impuestos
- Ayudan en casos de catástrofes o por solidaridad
- Personas que lo integran son gente solidaria cuyo fin es ayudar.
CAPITULO II
1. NATURALEZA JURÍDICA DEL COMITÉ
El Comité se regula en el Titulo IV de la Sección Segunda a través de 13 artículos los cuales nos informan sobre cuáles son los pasos, requisitos, y todo lo que el comité debe tener según nuestras leyes. A continuación me referiré a todo los concerniente al comité según nuestro Código.
Artículo 111.- DEFINICION
El comité es la organización de personas naturales o jurídicas, o de ambas, dedicada a la recaudación pública de aportes destinados a una finalidad altruista. El acto constitutivo y el estatuto del comité pueden constar, para su inscripción en el registro, en documento privado con legalización notarial de las firmas de los fundadores.
o En este primer artículo nos dice su actividad del comité en que consiste en dirigirse al público con el fin declarado de recaudar aportes. Su finalidad es altruista y no lucrativa. Este comité puede ser integrado por personas naturales o jurídicas y son de carácter temporal. Estos pueden recaudar aportes de todo género. La recolección de los aportes es hecha por cualquier medio lícito y son conocidos por los órganos de comunicación social.
Cuando el comité ya
...