Ministerio Publico
Enviado por moramorada • 19 de Octubre de 2014 • 5.614 Palabras (23 Páginas) • 211 Visitas
I.INTRODUCCIÒN.
El Ministerio público es el tema del cual versara la siguiente tesina al indagar un poco más sobre sus funciones actuaciones etcétera, desde épocas pasadas, hasta la fecha es el que se encarga de averiguar los delitos mediante las pruebas, razón por la que se considera con derecho para acusar al detenido.
El Ministerio Público, cuya actuación había sido indefinida y débil, a partir de la Constitución vigente adquiere importancia mayúscula, de simple figura decorativa pasa a ser elemento básico en la administración de justicia penal y de los demás intereses que le encomiendan las leyes.
Incumbe al Ministerio Público de la Federación la persecución de todos los delitos del orden federal, y por lo tanto, a él corresponderá solicitar las órdenes de aprehensión contra los inculpados, buscar y presentar las pruebas que acrediten la responsabilidad de estos, hacer que los juicios se sigan con toda regularidad para que la administración de justicia sea pronta y expedita, pedir la aplicación de las penas e intervenir en todos los negocios que la ley determine. El Procurador General de la República intervendrá personalmente en las controversias que se suscitaren entre dos o más estados de unión, entre un estado y la Federación y entre los poderes de un mismo estado.
II. DESARROLLO.
CONCEPTO DE MINISTERIO PÚBLICO.
El ministerio público es una de las instituciones más discutidas desde su nacimiento e instauración en nuestro sistema jurídico.
Fenech define al ministerio público como una parte acusadora necesaria, de carácter público, encargada por el Estado a quien representa, de pedir la actuación de la pretensión punitiva y de resarcimiento, en su caso, en el proceso penal.
Para Colín Sánchez el ministerio público es una institución dependiente del Estado (Poder Ejecutivo) que actúa en representación del interés social en el ejercicio de la acción penal y la tutela social, en todos aquellos casos que le asignan las leyes.
ORIGENES DEL MINISTERIO PÚBLICO.
El Ministerio Público surge como instrumento para la persecución del delito ante los tribunales, en calidad de agente del interés social. De ahí que se le denomine “representante social”.
Las sociedades aspiran a una adecuada impartición de justicia a través de instituciones especiales dedicadas a la solución de conflictos. En el caso de conductas delictuosas, se busca que la persecución del responsable esté a cargo de personas ajenas a la infracción, es decir, de especialistas que actúen en representación de todos aquellos que en forma directa o indirecta resultan lesionados.
A tal efecto se instituye el Ministerio Público, conquista del Derecho moderno. Al asumir el Estado la acción penal, establece los órganos facultados para ejercerla: Objeto de severas críticas y de encontradas opiniones, el Ministerio Público se ha instaurado en la mayor parte de los pueblos cultos, considerándosele como una magistratura independiente. Su misión implícita es la de velar por el estricto cumplimiento de la Ley, depositaria de los más sagrados intereses de la sociedad.
En una etapa anterior, el Estado optó por delegar en el juez la labor persecutoria de los delitos, lo que concentraba dos funciones (juez y parte) en un solo órgano. Ello generó un tipo de proceso inquisitorio que ha tendido a desaparecer. Lo ha desplazado la creación de un “órgano público encargado de la acusación ante el poder jurisdiccional”.
Es un hecho que el Ministerio Público responde actualmente a un imperativo social. Su funcionamiento como organismo especializado resulta imprescindible para la buena administración de la justicia. A su importancia natural se agregan la de la equidad y la de la más elemental conveniencia, esto es: la separación radical de las atribuciones del solicitante, por un lado; y las de quien debe resolver la procedencia de dicha solicitud, por otro. De quien acusa; y de quien falla. Así se evita la parcialidad en el ejercicio de la jurisdicción.
“La importancia y trascendencia de las funciones actuales de esta institución son esenciales para la vida de la sociedad, toda vez que comprende la dirección y/o defensa de los intereses del Poder Ejecutivo, de la sociedad y también los derechos individuales.
ANTECEDENTES HISTORICOS DEL MINISTERIO PÚBLICO.
El Ministerio Público tiene su origen en el derecho español, que preveía la existencia de funcionarios denominados fiscales, encargados de promover justicia y perseguir a los delincuentes. Esta figura trascendió al México Independiente y fue retomada por la Constituciones Políticas de 1824, 1836 y 1843 en las cuales se establecía a los fiscales como parte de los organismos judiciales encargados de la defensa de los intereses tributarios, la persecución de los delitos y la acusación en el proceso penal, así como de la asesoría de los tribunales, a fin de vigilar la correcta administración de justicia y eran electos por el Congreso. La Constitución de 1857 conservó la figura del fiscal y estableció un Procurador General como integrante de la Suprema Corte de Justicia.
Para 1917, la Carta Magna consideró la figura del Ministerio Público de la Federación en su artículo 102, cuyos funcionarios serían nombrados y removidos libremente por el Titular del Ejecutivo Federal, mismos que eran presididos por un Procurador General, quien intervenía personalmente en todos los negocios en que la Federación fuese parte; en los casos de diplomáticos y cónsules generales y en aquéllos que se llegaren a suscitar entre dos o más Estados, entre un Estado y la Federación o entre los poderes de un mismo Estado. Asimismo, el Procurador General de la República tenía el carácter de consejero jurídico del Gobierno.
La regulación de las figuras del Ministerio Público de la Federación y del Procurador General de la República, como las conocemos actualmente, aparece el 14 de agosto de 1919 con la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la "Ley de Organización del Ministerio Público Federal y reglamentación de sus funciones", que se puede considerar como la primera ley orgánica de la Institución Ministerial.
Posteriormente, el 31 de agosto de 1934 fue publicada la Ley Reglamentaria del Artículo 102 de la Constitución de la República, la cual ya establecía las funciones a cargo del Procurador General de la República y del Ministerio Público de la Federación, así como la estructura orgánica de este último, conformada por dos Subprocuradores, un Jefe de Departamento de Nacionalización
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