REINSERCION
Enviado por ansuya12 • 17 de Junio de 2014 • 5.589 Palabras (23 Páginas) • 339 Visitas
LA REINSERCIÓN SOCIAL COMO POLÍTICA DEL ESTADO VENEZOLANO.
UN ANÁLISIS TEÓRICO-EMPÍRICO EN TORNO A LAS UNIDADES DE TRATAMIENTO, SUPERVISIÓN Y ORIENTACIÓN.
Por Ester Payares y Sonia Boueiri Bassil (Escuela de Criminología
Universidad de Los Andes
Mérida-Venezuela).
1. Sobre la función rehabilitadora del sistema penitenciario y el papel de las UTSO
La función rehabilitadora contemplada en el artículo 272 de la CRBV, viene acompañada de
una mención general sobre algunas actividades para alcanzarla: la recreación, la educación, el trabajo
y el deporte, aunque no se habla de metodologías y acciones concretas. Veamos:
“El Estado garantizará un sistema penitenciario que asegure la
rehabilitación del interno o interna y el respeto a sus derechos humanos. Para
ello, los establecimientos penitenciarios contarán con espacios para el trabajo, el
estudio, el deporte y la recreación... En general, se preferirá en ellos el régimen
abierto y el carácter de colonias agrícolas penitenciarias. En todo caso las
fórmulas de cumplimiento de penas no privativas de la libertad se aplicarán con
preferencia a las medidas de naturaleza reclusoria…”
Hay que acotar que tanto en el discurso como en las políticas implementadas suelen usarse
indistintamente términos como: ‘reinsertar’, ‘rehabilitar’, ‘resocializar’, ‘readaptar’. No obstante, pese
al establecimiento formal de este objetivo, la crisis en los establecimientos penitenciarios venezolanos
se ha venido agravando de manera dramática hasta llegar al punto de encender las alarmas de todos los
entes e instancias estatales, creándose recientemente un Ministerio de Servicios Penitenciarios.1
Lo cierto es que en un intento por mejorar la situación penitenciaria y ofrecer posibilidades al
recluso, se han venido creando medidas alternativas a la pena privativa de libertad, todo esto
acompañado de un proceso que los prepare para una nueva vida en sociedad, de forma que se
“reinserte” a ésta y cumpla con las normas de convivencia ya establecidas. Allí nacen las Unidades
Técnicas de Apoyo al Sistema Penitenciario, recientemente llamadas Unidades de Tratamiento,
Supervisión y Orientación (UTSO), como instituciones encargadas de acompañar al ex interno en este
nuevo proceso. Sus funciones están consagradas en el Código Orgánico Procesal Penal.
Según los postulados de la propia Institución, extraídos del tríptico oficial, tenemos que su
misión es “brindar atención, orientación, asesoría legal e información de forma eficiente y eficaz [a los
probacionarios] para garantizar a los penados(as) las condiciones y herramientas necesarias para el
desarrollo de sus potencialidades y/o capacidades, con el fin de mejorar sus posibilidades de
reinserción en la sociedad, con estricto apego y observancia a los derechos fundamentales del ser
humano”, mientras que su visión es “proyectarse ante la comunidad y la sociedad en general, como un
modelo de institución pública, humanista, científica, moderna y eficiente en la prestación de un
servicio de la más alta calidad”.
Por su parte, el objetivo que se plantea la Institución es “velar porque los probacionarios
cumplan las funciones y requerimientos impuestos por el tribunal de forma que se logre una
reinserción social”. Esta Unidad cuenta con un equipo técnico o equipo de evaluación conformado por
un psicólogo, un trabador social, un criminólogo y un abogado. Cada especialista se encarga de
1
Publicado en la Gaceta Oficial N° 39.721, de fecha 26 de julio de 2011, según Decreto 8.266.
abordar el área de su competencia y mediante una entrevista observa y analiza la situación de cada
interno para luego determinar si conviene o no, concederle la medida o el beneficio que está
solicitando, y un equipo de seguimiento conformado por abogados y criminólogos que una vez
otorgada alguna medida o beneficio alternativo a la privación de libertad, se encargan de observar el
progreso de los internos una vez que están fuera del establecimiento penitenciario. Estos profesionales
son conocidos como delegados de prueba y tienen la potestad de remitir informes a los tribunales
informando sobre el incumplimiento de las medidas establecidas al probacionario, a fin de que la
medida o beneficio les sea revocada.
Ahora bien, es necesario hacer una evaluación para conocer si están cumpliendo con sus
objetivos, si cuentan con planes y programas que aseguren, o de alguna forma promuevan, el logro de
los objetivos programados. De no ser así, es necesario determinar qué hace falta para que pueda
hablarse de una reinserción social de los privados de libertad basada en los principios aceptados
actualmente en esta materia.
Para dar respuesta parcial a estas interrogantes tomamos el caso de la Unidad de Tratamiento,
Supervisión y Orientación N° 1, ubicada en Mérida. En un primer momento hicimos una descripción
institucional en la que las entrevistas al personal dieron a conocer, en primer lugar, las nociones que
tienen en materia de reinserción social y describieron las herramientas utilizadas para el desempeño de
sus funciones. A partir de allí elaboramos un diagnóstico institucional. Del mismo modo, se realizaron
unas entrevistas a algunos funcionarios del Centro Penitenciario Región Andina de Mérida, con el
propósito de conocer la realidad intramuros y poder contrastar las visiones de ambas instituciones,
pues si bien son distintas comparten el mismo fin: preparar al sujeto para vivir en sociedad.
Para concluir, en este trabajo, se sugirieron algunas propuestas para mejorar el funcionamiento
actual de la Unidad de Tratamiento, Supervisión y Orientación, asumiendo que con ello la institución
tendría resultados más efectivos y estaría más encaminada al logro de su objetivo: la reinserción
social.
2. Importancia, justificación de la investigación
Siendo la criminología una ciencia tan joven y, en el caso venezolano, tan poco explorada,
existen muchas debilidades conceptuales sobre algunas terminologías. Así lo plantea Rojas (2002:1)
en su tesis de grado sobre definiciones actuales de la finalidad de la pena:
“…No es sino hasta hace poco menos de tres siglos que
comienza realmente a formarse una ciencia criminológica… En
Venezuela no es sino a partir de la segunda
...