ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Resolucion Administrativa


Enviado por   •  8 de Marzo de 2013  •  22.417 Palabras (90 Páginas)  •  613 Visitas

Página 1 de 90

En la ciudad de Guadalajara, Jalisco a 03 de Marzo del 2013 dos mil trece. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

VISTO.- Para resolver mediante resolución definitiva el procedimiento de separación instaurado bajo el número de expediente 041/2012, a que se refiere el artículo 136 de la Ley de Sistema de Seguridad Pública para el Estado de Jalisco en contra de el C. OSCAR LOZANO MARTINEZ, Policía Vial Tercero 2275, por haber resultado positivo para la presencia de Benzoílecgonina (metabólico de cocaína) y 11-Nor-9-Carboxy-9-Delta-Tetrahidrocannabinol (metabolito de cannabinoles (marihuana)dentro de la evaluación toxicológica practicada el día

07 siete de Marzo del 2012 dos mil doce, por el Centro Estatal de evaluación y control de confianza.- - - - - - - - - - -- - - - - - -

R E S U L T A N D O S:

1.- Con fecha del 06 seis de Noviembre del 2012 dos mil doce, se recibió el oficio CESP/CEECC/RT/NA/1191/2012, en el despacho del C. Secretario de Vialidad y Transporte, en donde el que suscribe el Lic. Agustín de Jesús Rentería Godínez, Director General del Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza, hace llegar el resultado del C. OSCAR LOZANO MARTINEZ, Policía Vial Tercero 2275, de su evaluación toxicológica practicada al mismo, quien obtuvo un resultado POSITIVO, para la presencia de Benzoilecgonina (metabolito de cocaína) y 11-Nor-9-Carboxy-9-Delta-Tetrahidrocannabinol (metabolito de cannabinoles (marihuana), oficio que a la letra dice: (sic)

CENTRO ESTATAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE CONFIANZA

Guadalajara, Jalisco, a 26 de Octubre de 2012

OFICIO: CESP/CEECC/RT/NA/1191/2012

ASUNTO: Resultados de Evaluación Toxicológica

L.A.E Diego Monraz Villaseñor

Secretario de Vialidad y Transporte del Estado

Presente.

Aunado a un cordial saludo, con relación a la práctica de evaluaciones solicitadas a este Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza, de conformidad a lo establecido por la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública , la Ley del Sistema de Seguridad Publica para el Estado de Jalisco y la Ley de Control de Confianza del Estado de Jalisco y sus Municipios, le informo que el C. Oscar Lozano Martínez (Oficial Tercero), desempeñándose en esa Secretaria, obtuvo un resultado POSITIVO para la presencia de benzoilecgonina (metabolica de cocaína) y 11-Nor-9-Carboxy-9-Delta-Tetrahidrocannabinol, es decir, metabolito de cannabinoles (marihuana), en su evaluación toxicológica practicada con fecha 07 de Marzo del año 2012.

En virtud de lo anterior, hago de su conocimiento que el elemento referido incumplió con el requisito de permanencia en una institución policial, previsto en la fracción IX apartado B del artículo 88 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y en la fracción VII del artículo 80 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública para el Estado de Jalisco, mismo que a la letra dice: “…VII. Abstenerse de consumir sustancias psicotrópicas estupefacientes y otras que produzcan efectos similares…,” por lo que, en consecuencia y toda vez que los exámenes que se apliquen a los mandos operativos y sus elementos de las instituciones de seguridad pública, como parte del proceso de control de confianza para su ingreso, permanencia y promoción, deberán evaluar al menos y entre otras condiciones, la ausencia de alcoholismo y uso de sustancia psicotrópicas, estupefacientes o similares sin fines terapéuticos, lo anterior según lo establece el articulo 10 numeral 1 fracción III de la referida Ley de Control de Confianza del estado de Jalisco y sus Municipios, y que los exámenes de evaluación una vez calificados, deberán ser ponderados en conjunto a efecto de comprobar la confianza, excepto el examen toxicológico que se presentara y calificara por separado, conforme a la Ley General del Sistema de Seguridad Pública en el numeral 2 del artículo 10 mencionado, el C. Oscar Lozano Martínez resulta NO APROBADO en el señalado proceso de Control de Confianza .

En consecuencia, le remito los documentos originales de la evaluación toxicológica, así como su examen confirmatorio correspondientes de las evaluaciones realizadas en este Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza al servidor público citado, para los efectos legales correspondientes, con fundamento en lo establecido por el segundo párrafo del artículo 56 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como lo dispuesto en el articulo 13 numerales 1 y 2 de la Ley de Control de Confianza del Estado de Jalisco y sus Municipios.

Cabe señalar que dicha evaluación fue realizada en este Centro, conforme a las atribuciones que le emanan de lo establecido en el articulo 3° de su acuerdo de creación, bajo los principios constitucionales de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos. En ese sentido, tengase el presente como la notificación formal del resultado anterior a partir de la fecha de recepción del mismo, para los efectos legales a que haya lugar.

De conformidad con la Ley de Transparencia e Información Publica del Estado de Jalisco, la información recabada en las evaluaciones practicadas es considerada como información, confidencial y reservada; reserva que sigue en vigor de conformidad al transitorio segundo del reglamento de la ley de la materia por lo que se pide garantizar la confidencialidad y evitar la alteración, perdida transmisión, publicación y acceso no autorizado de la misma.

Sin otro particular agradezco la atención que brinde al presente quedando a sus órdenes para cualquier información adicional.

A t e n t a m e n t e

(firma Ilegible)

Lic. Agustín de Jesús Rentería Godínez

Director General del Centro Estatal de

Evaluación y Control de Confianza

2.- Con fecha del 07 siete de Enero del 2013 dos mil trece, que suscribe el Lic. Juan Manuel Delgado González , Encargado de Asuntos Internos se tiene por recibido el oficio CESP/CEECC/RT/NA/1191/2012, asi mismo se ordena el inicio de procedimiento de separación del elemento operativo de nombre OSCAR LOZANO MARTÍNEZ, Policía Tercero Vial 2275.- - - - - - - - - - -

3.- Se giró oficio Despacho/AI/132/2013, con fecha del 10 diez de Enero del 2013 dos mil trece, dirigido al Ing. Francisco Alfonso Guzman Castrejon, Director de Recursos Humanos, mediante el cual se le solicita tarjeta informativa y copias debidamente certificadas del nombramiento del personal que ahí se indica remitiendo

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (127 Kb)
Leer 89 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com