Sociedades Mercantiles
Enviado por cindyLsweet • 16 de Septiembre de 2013 • 2.222 Palabras (9 Páginas) • 310 Visitas
Definición de Sociedad Mercantil
“Persona jurídica, creada por mínimo dos personas denominadas “socios”, los cuales se obligan a combinar sus recursos o esfuerzos para la realización de un fin común, lícito y persiguiendo el lucro, de acuerdo con las normas establecidas en su contrato social y las que por ministerio de ley le correspondan.”
Tipos de Sociedades:
1) Sociedad en Nombre Colectivo.
2) Sociedad en Comandita Simple.
3) Sociedad de Responsabilidad Limitada.
4) Sociedad en Comandita por Acciones.
5) Sociedad Cooperativa y;
6) Sociedad Anónima,
Generalidades
*Recuerda que:
“Las sociedades tienen personalidad jurídica propia y distinta de los socios, siempre que estén inscritas en el Registro Público de Comercio, las sociedades no registradas se denominan irregulares”
*Requisitos de constitución:
• Todas las sociedades mercantiles se deben constituir ante Notario o Corredor Público, aún cuando el código nos da otra opción por cuestión de tiempo, gastos y seguridad jurídica, la mencionada anteriormente es la manera más simple y segura.
Estructura Orgánica de la Sociedad Mercantil
La estructura orgánica de las sociedades deberá establecerse en el acta de constitución comprendiendo principalmente los siguientes elementos:
1. Socios: son las personas que integran la sociedad, participando en la proporción que les corresponda como titulares de capital social. Los socios pueden ser personas físicas y otras veces sociedades.
2. Nombre: el nombre de la sociedad puede ser de dos formas:
a) Razón social: se da cuando figura el nombre completo o solo el apellido o los apellidos propios de algunos o alguno de los socios. Ejemplo: “García Pérez y Compañía”
b) Denominación: es el nombre de la sociedad en el que no figuran apellidos de los socios. Generalmente la denominación hace referencia al objeto social como por ejemplo: “Proveedores de Granos S.A.”, pero puede formarse con expresiones de simple fantasía como por ejemplo: “La Mariposa, S.A.”.
3. Objeto Social: actividad a la que la sociedad se dedicará.
4. Término o Duración: toda sociedad mercantil tiene un término de vida, la cual se deberá establecer en la escritura constitutiva.
5. Capital social: suma de los valores de aportaciones de los socios en el momento de la constitución de la sociedad.
6. Domicilio social: toda sociedad debe tener un domicilio que también debe constar en la escritura constitutiva, bastará con fijar la plaza.
7. Órganos Sociales: para que pueda funcionar la sociedad, se requiere de ciertos órganos que por su función pueden ser:
a) De dirección suprema: se compone de la asamblea de accionistas y junta de socios.
b) De administración: representada por el consejo de administración, directores, gerentes, etc.
c) De vigilancia: compuesto por los comisarios.
8. Forma de administrar la sociedad: es importante que en el acta constitutiva que se establezca de manera clara, como se ha de administrar la sociedad, la facultad de los administradores y cuales son las personas autorizadas para firmar en nombre de la sociedad.
9. Forma de distribución de las utilidades: también se deben de establecer con toda claridad cual va a ser el reparto de beneficios que rinde la sociedad para cada uno de los socios, en relación al capital aportado.
Diferencias más significativas de los 6 tipos de sociedades mercantiles:
1.- Sociedad en nombre colectivo.- Es aquella que existe bajo una razón social, por otra parte los socios responden de una manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales.- Esta es una sociedad que prácticamente ha desaparecido de la vida jurídica, esta integrada por dos tipos de socios los cuales pueden ser los socios industriales y los socios socios capitalistas.
Socios industriales.- Los primeros aportan conocimientos y experiencia a la Sociedad, y que tienen la característica esencial que por Ley solo les corresponde una representación en la Asamblea, pero dicha representación tendrá igual valor a la del socio capitalista mayoritario, salvo disposición en contrario en los estatutos sociales, estos socios (los industriales), solo pueden exigir el pago de alimentos en una fecha determinada y que será a cuenta de utilidades.
Socios capitalistas.- Como su nombre lo dice son aquellos que aportan el Capital y estos accionistas tienen además de los alimentos mencionados con anterioridad derecho a una prestación extra en virtud tanto de la administración, como de la aportación hecha a la empresa.
2.- Sociedad en Comandita Simple.- Es aquella que existe bajo una razón Social, y en la cual encontramos dos tipos de socios, los comanditados, los cuales pueden ser uno o más y responden de manera solidaria, subsidiaria e ilimitada de las obligaciones sociales y los comanditarios los cuales solo responden hasta por el monto de su obligación.
3.- Sociedad de Responsabilidad Limitada.- Es la que se constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones sociales, sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables a la orden o al portador, pues solo son cedibles en los casos que expresa la Ley.
*Aspectos más importantes*
Responsabilidad de los socios: De la propia definición podemos concluir que los socios no tienen otra obligación que no sea la del pago de sus aportaciones, tanto frente a la sociedad como frente a los acreedores de ella.
Obligaciones de los socios:
1.- Deben entregar a la sociedad las aportaciones principales y suplementarias que hubiesen convenido.
2.- Deben realizar las prestaciones accesorias que hubiesen pactado.
3.- Deben actuar con lealtad.
4.- Deben subordinar su voluntad a las mayorías. (Es cuando ellos escogen a las personas encargadas de la Administración de la Sociedad, es lo que se conoce como mayoría de votos.)
5.- A soportar las pérdidas.
• La razón o denominación social debe de ir seguida de las palabras Sociedad de Responsabilidad Limitada o de sus abreviaturas S. de R.L.
4.- Sociedad en Comandita por Acciones.- Es aquella en la que uno o varios socios comanditados responden de manera ilimitada, subsidiaria y hasta por el monto que tengan sus acciones.
Se constituye bajo una razón social, su capital social está dividido en acciones, y no se podrán ceder sino con el consentimiento de la totalidad de los comanditados y comanditarios.
Esta sociedad se rige por las normas de la Sociedad Anónima.
5.- Sociedad Cooperativa.-
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