TRABAJO DE FINANZAS PERSONALES
Enviado por Edgar Yönsson Zuñiga • 27 de Agosto de 2019 • Ensayo • 7.012 Palabras (29 Páginas) • 158 Visitas
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TRABAJO DE FINANZAS
PERSONALES
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Índice
I. Inicio de la vida laboral 2
A. Trabajador dependiente e independiente: Diferencias, tributación y previsión. 2
B. Tipos de contrato de trabajo: De acuerdo a la legislación vigente en Chile. 3
C. Diferencias previsionales entre trabajadores independientes y dependientes. 4
II. Eligiendo una Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) 5
A. ¿Qué es una AFP? 5
B. ¿Cuántas AFP existen en Chile? ¿Quién las regula? 6
C. ¿Cómo invierten las Administradoras de Fondo de Pensiones? 8
D. ¿Qué es AFC? ¿Cuál es su función? 11
E. Porcentajes de Aportes a AFC trabajadores dependientes. 12
III. Ahorro previsional voluntario 13
A. ¿Qué es un APV? 13
B. Tipos de APV 13
C. ¿Cuál es el beneficio tributario? 14
D. ¿Es recomendable invertir en un APV? 14
IV. Salud Previsional 15
A. ¿Qué es el Sistema de Salud en Chile? 15
B. Sistemas de Salud en Chile 16
C. Tabla de Factor Etáreo 21
D. ¿Qué sistema elegir? 21
V. Bibliografía 22
Inicio de la vida laboral
La vida laboral es el tiempo acumulado de una persona durante la vida activa que haya trabajado en una o varias empresas u organismos oficiales. En Chile[1], este proceso se puede iniciar desde los 15 años en adelante, siempre y cuando se celebren contratos que manifiesten que no se perjudicará la salud ni su desarrollo, además se debe tener permiso expreso de los padres o tutores.
Desde los 18 años en adelante, se pueden celebrar diversos contratos de trabajos, sin la necesidad de los requisitos mencionados previamente.
Es necesario agregar, que está prohibido que menores de 18 años trabajen en cabarets y otros establecimientos que presentan espectáculos en vivo, así como en aquellos que dispensan bebidas alcohólicas para consumo en el sitio.
A continuación, se evaluarán las diferencias y similitudes existentes entre los trabajadores dependientes e independientes.
Trabajador dependiente e independiente: Diferencias, tributación y previsión.
Al momento de iniciar la vida laboral, existen dos categorías para clasificar a los trabajadores, estas son: Trabajadores dependientes y Trabajadores independientes.
Por trabajador dependiente[2] se entenderá aquel que realiza el trabajo en condiciones de subordinación y dependencia con tu empleador. Como trabajador, ofreces tu fuerza de trabajo y el empleador debe proporcionarte los medios para trabajar y pagarte una remuneración por el trabajo que realizas. Además, se rige por el Código del Trabajo con contrato indefinido, a plazo fijo o por obra, trabajo o servicio determinado, también tendrán derecho a la asignación familiar y asignación maternal.
Por trabajador independiente se entenderá como aquel trabajador que por cuenta propia ejercen sus actividades laborales de manera libre, sin que exista una relación de dependencia con un empleador. Los trabajadores independientes se pueden subclasificar en aquellos que trabajan independientes a honorarios y los independientes no honorarios.
- Independientes a honorarios[3]: Se entiende por trabajadores a honorarios, aquellas personas que perciban honorarios por actividades independientes, o bien perciban rentas por Boletas de Honorarios, por Boletas de Prestación de Servicios de Terceros y por Participaciones en Rentas de Sociedad de Profesionales, siempre que éstas últimas no hayan optado por declarar sus rentas en primera categoría.
- Independientes no honorarios[4]: Los trabajadores independientes no honorarios cumplen con la descripción global que se brindó anteriormente. A modo de ejemplo, se pueden encontrar comerciantes, artesanos, taxistas, gasfíter, zapateros, pescadores, etc.
Tipos de contrato de trabajo: De acuerdo a la legislación vigente en Chile.
Los tipos de contrato de trabajo existentes actualmente en Chile, se clasifican en cinco grupos diferentes, los cuales son: Contrato a plazo fijo, contrato por faena, contrato a plazo indefinido, contrato part time y contrato a honorarios. A continuación, cada tipo de contrato será definido[5].
- Contrato a plazo fijo: Es aquel contrato que establece un tiempo límite para su duración, generalmente se aplica este tipo de contrato a los trabajos que dependen de una obra a ejecutarse o un servicio a prestarse, cumplida la obra o concluido el servicio a prestarse concluye la relación laboral y en consecuencia se extingue el contrato de trabajo. Por esa razón el contrato a plazo fijo debe ser necesariamente escrito y establecer el tiempo de su duración.
- Contrato por faena: El contrato por obra o faena es aquella convención por la que el trabajador se obliga con el respectivo empleador a ejecutar una obra material o intelectual específica y determinada, en su inicio y en su término, cuya vigencia se encuentra circunscrita o limitada a la duración de aquélla. Las diferentes tareas o etapas de una obra o faena no podrán por sí solas ser objeto de dos o más contratos de este tipo en forma sucesiva, caso en el cual se entenderá que el contrato es de plazo indefinido.
- Contrato a plazo indefinido: A diferencia del contrato a plazo fijo, el contrato a plazo indefinido no define el tiempo de duración del contrato. Por ende, ofrece estabilidad laboral. Este puede concluir por despido, renuncia o fallecimiento.
- Contrato part time: En Chile la legislación laboral no contempla la modalidad de contratación part-time, sin perjuicio de lo cual, el Código del Trabajo contempla la posibilidad de pactar contratos de trabajo con jornada de tiempo parcial, que son aquellos en que se ha convenido una jornada de trabajo no superior a 30 horas semanales. Por ende, se comprenderá como contrato part time aquel que sea inferior a 30 horas semanales.
- Contrato a honorarios[6]: El contrato a honorarios es un acuerdo en virtud del cual una parte se encuentra obligada a prestar servicios específicos, por un tiempo determinado a favor de otro, el que a su vez se obliga a pagar una cierta cantidad de dinero por dichos servicios. Este contrato de honorarios es un término genérico que se utiliza para distinguir cualquier contrato civil que; por no existir subordinación y dependencia entre la persona que realiza el trabajo y el mandante del mismo; no corresponde definirlo ni regularlo como un contrato de trabajo de aquellos que se rigen por las normas establecidas en el Código del Trabajo.
A lo mencionado previamente, es necesario agregar que existen clausulas mínimas para celebrar un contrato. Dichas clausulas son:
- Lugar y fecha del contrato.
- Individualización de las partes con indicación de la nacionalidad y fechas de nacimiento e ingreso del trabajador.
- Monto, forma y período de pago de la remuneración acordada
- Duración y distribución de la jornada de trabajo, salvo que en la empresa existiere el sistema de trabajo por turno, caso en el cual se estará a lo dispuesto en el reglamento interno.
- Plazo del contrato.
- Otros pactos acordados por las partes deben señalarse también, en su caso, los beneficios adicionales que suministrará el empleador en forma de casa habitación, luz, combustible, alimento u otras prestaciones en especie o servicios. Además, cuando para la contratación de un trabajador se le haga cambiar de domicilio deberá dejarse testimonio del lugar de su procedencia.
Diferencias previsionales entre trabajadores independientes y dependientes.
Para comprender de mejor manera las diferencias previsionales existentes entre los trabajadores independientes y los dependientes, se revelarán las características previsionales de cada uno.
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