Codigo Civil
Enviado por cosspj • 8 de Noviembre de 2013 • 682 Palabras (3 Páginas) • 324 Visitas
Para entrar al estudio de patrimonio es necesario en principio establecer los conceptos de los vocablos “cosa“ y ”bien“ en roma existió un vocablo que determinaba alas cosas y lo que para ellos se significaban, ese vocablo era: rex palabra que se significaba cosa y cosa era todo lo que existía los romanos dijeron que la cosa puede ser susceptible y objeto de derecho. En el campo jurídico romano el termino cosa se utilizaba como una palabra en oposición al vocablo “personae“ persona, y se entendía como todo lo que podía ser objeto de un derecho.
Requisitos de la cosa: la cosa para que sea cosa del derecho necesita existir en la naturaleza, encontrarse en e comercio que sea determinada o determinable, licita y útil ala persona.
Clasificación de las cosa:
• Res- extra patrimoniun – eran todas aquellas cosas que se hallaban sustraídas al comercio privado
• Res-intra patrimoniun- eran aquellas cosas susceptible de propiedad privada
Tarea: división de la res ambas
Patrimonio
El patrimonio, tiene raíces romanas y por lo tanto su concepto proviene de la palabra: Patrimonium vocablo latino que se significa bienes que el hijo tiene heredados de su padre (patris= Padre) entendiéndose como el conjunto de bienes, los derechos y compromisos u obligaciones de una persona, apreciables en dinero. En la concepción romana esos bienes eran heredados del padre y de los abuelos se debe recordar que en roma se establecieron una serie de vocablos para designar a los bienes y debe recordarse también que el vocablo para designar alas cosa fue: “res“ lo que significaba
De las clasificaciones que hemos señalado el código civil regula las mas usuales aveces en forma explicita y otras en forma implícita. Cabe señalar que la clasificación de la ley no tiene carácter científico. En efecto, en el libro segundo llamado de los “bienes “ regula los bienes inmuebles, después los muebles y al hablar de ellos en uno de sus artículos habla de los bienes fungibles y de los no fungibles ver artculo 763;
Luego trata de los bienes considerados según las personas a quienes perteneces; los de Dominio de poder publico y los de propiedad de los particulares. Sigue con los bienes mostrencos y concluye con los bienes vacantes
De las clsificaciones anteriores se van a destacar las que por nuestro propósito fundamental deban ser conocidas sin que esto implique que las
1. Bienes corpóreos .- son los que pueden ser captados por los sentidos
2. Bienes incorpóreos.- son aquellos que no pueden ser percibidos por los sentidos, solo por la imaginación art.
No fungibles: el contrato de comodato cosas consumibles por su primer uso es decir no permiten un uso reiterado o constante contrariamente las no consumibles son las que permiten
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