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ESTUDIO DOGMATICO DELITO VIOLACION


Enviado por   •  24 de Mayo de 2017  •  Tarea  •  1.200 Palabras (5 Páginas)  •  717 Visitas

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“PRIMERO: La Autoridad Responsable NO VALORO ADECUADAMENTELAS CONSTANCIAS DEL EXPEDIENTE LABOARAL (sig), de conformidad a lo previsto en los artículos 840, 841, 842, 843, 844, 849, 850, 851, 852, 853, 873 y demás relativos y aplicable de la Ley Federal del Trabajo, toda vez que El Presidente de la Junta Especial número Quince de la Federal de Conciliación y Arbitraje (hoy Exhortante), emite un auto de ejecución y para dar cumplimiento al mismo, gira atento exhorto a la Junta Especial número cincuenta y uno de la Federal de conciliación y Arbitraje, ya que el Presidente de la Junta quince considera que esta fuera de su jurisdicción el domicilio de mi mandante el cual se localiza en el municipio de Tepeapulco, Estado de Hidalgo tal apreciación resulta violatoria e indebida, toda vez que cuando la Junta Especial número quince de la Federal de Conciliación y Arbitraje tuvo por radicada la demanda y ordeno notificar a las partes, mi representada fue notificada de la radicación de la demanda por conducto de un C. Actuario adscrito a esta H. Junta Especial Número Quince de la Federal de Conciliación y Arbitraje, resultando violatorio el que se girara exhorto a la Junta Especial Cincuenta y uno de la Federal de Conciliación y Arbitraje, incurriendo con ello la demora del procedimiento por la parte actora, por lo cual se deberá de revisar dichos actos indebidos, e incluso se deberá declarar nula la diligencia de embargo, motivo por el cual se deberá Conceder el Amparo de Justicia Federal, de conformidad a los lineamientos de verdad sabida y buena fe.

SEGUNDO: Causa Agravios también a mi representada lo expuesto por la Autoridad Responsable, toda vez que no reviso debidamente los actos en que incurrió el Actuario adscrito a la Junta Especial Cincuenta y uno de la Federal de conciliación y Arbitraje, quien llevo a cabo una diligencia de embargo en contra de mi representada el día veintitrés de mayo de dos mil trece, toda vez que el funcionario antes referido se constituyó a practicar la diligencia de embargo en un domicilio distinto en el que señalo en el escrito inicial de demanda la parte actora para notificar a mi representada y como consta en autos fue el ubicado en: Lote 8 Manzana 16, colonia Palmillas en Ciudad Sahagún Hidalgo, domicilio que fue asentado en el acta de diligencia de embargo; no obstante el funcionario que actuó en la diligencia de embargo se constituyó para llevar a cabo dicha diligencia de embargo en el domicilio que también tiene mi mandante en: Lote 3 Manzana 16 colonia Palmillas ciudad Sahagún C.P.43998 en el municipio de Tepeapulco del Estado de Hidalgo, dichos actos referidos resultan contrario a derecho y es motivo por el cual se debe de revisar, e incluso se debe declarar la diligencia de embargo practicada a mi representada el veintitrés de mayo de dos mil trece motivo por el cual se deberá Conceder el Amparo de la Justicia Federal, de conformidad a los lineamientos de verdad sabida y buena fe.

TERCERO: Causa agravios a mi representada lo expuesto por la Autoridad Responsable de revisar los actos en que incurrió el funcionario que llevo a cabo la diligencia de embargo en contra de mi representada el veintitrés de mayo de dos mil trece, toda vez que si bien es cierto no se localizó el representante legal fue atendido por el C. José Cornelio Olivares de la Sancha, empleado de mi representada persona quien atendió la diligencia de embargo y se identificó debidamente, y quien manifestó que no contaba con dinero para pagar el crédito requerido, sin embargo, señalo como bienes equipo para trabar embargo y que se localizaba en dicho domicilio y que fueron descrito en el acta de embargo, así mismo señalo equipo que se localizaba en otro domicilio de mi representada y que se encuentra a escasos sesenta metros aproximadamente y el actuario a la Junta Exhortada se negó a trasladarse y constatar dichos equipos, con lo cual no dio cumplimiento a los dispuesto en el artículo 955 de la Ley Federal del Trabajo. Haciendo notar que el empleado de mi representada que señalo los bienes a embargar, se señaló como depositario de los referido bienes y que a dichas manifestaciones no atendió el funcionario de la Junta exhortada.

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