Procesal Mercantil
Enviado por jurguen8877 • 14 de Febrero de 2013 • 1.839 Palabras (8 Páginas) • 556 Visitas
DERECHO PROCESAL MERCANTIL.
Objeto del Juicio Mercantil.
Tienen por objeto ventilar y decidir controversias que se deriven de los actos comerciales, es decir, de los que el Código de Comercio refuta como tales en el artículo 75, adicionado con dos fracciones conforme a la reforma de 23 de Mayo de 2000.
El procedimiento mercantil preferente a todos es aquel que libremente convengan las partes, con las limitaciones que señala el Código de Comercio, pudiendo ser un procedimiento convencional, ante Tribunales el cual se regirá por los artículos 1052 y 1053; o un procedimiento arbitral, regulado por el Título Cuarto del Libro Quinto del mencionado código.
Actos con Mercantilidad Absoluta.
Son aquellos típicos del comercio y que por su naturaleza son siempre mercantiles, sin importar la persona que los realice o el fin que ésta se proponga.
Actos con mercantilidad Relativa.
Estos son mercantiles únicamente cuando se llevan a cabo con la intención de especular.
El proceso.
Se le define como la secuela ordenada de actos de derecho público realizados con intervención del Juez en uso de la facultad jurisdiccional delegada por el estado, en donde la parte actora expone al Juzgador sus pretensiones y la demandada sus defensas o excepciones y en el que los contendientes tienen la oportunidad de acreditar sus afirmaciones y alegar, a efecto de que el tribunal obtenga los elementos de convicción que considere suficientes para emitir su fallo o juicio en una sentencia que resuelva la controversia en forma vinculativa para los contendientes, en la que se declare ya sea la existencia o resolución de un derecho, constituyendo un nuevo estatus jurídico o condenando a hacer, abstenerse o entregar alguna cantidad de dinero o cosa.
Tipos de Proceso.
- En atención al fuero: federal y local.
- De acuerdo a la materia: Civil, penal, mercantil, etc.
- Por su desarrollo: oral o escrito.
- Por sus alcances: singular o universal (concurso de acreedores).
- Por su tramitación: ordinario y especial.
- Atendiendo al momento en la ejecución: declarativo y ejecutivo.
- Por sus etapas: uniistancial o biinstancial.
Derecho procesal Mercantil.
Naturaleza y ubicación de sus disposiciones.
La legislación procesal mercantil es una rama del derecho procesal y como muchas otras áreas, se ha visto muy influida por las normas adjetivas civiles, razón por la cual comparte con ellas muchos factores.
En México las disposiciones procesales mercantiles tienen carácter federal ya que la fracción X del artículo 73 constitucional establece como facultad exclusiva del congreso de la unión legislar para toda la república en materia de comercio.
Código de Comercio, denominado de los Juicios Mercantiles, que abarca los Art. 1049 a 1414.
Cabe puntualizar que además de las disposiciones procesales contenidas en el Código de Comercio existen normas adjetivas mercantiles que norman procesos específicos y que han sido incorporadas a diversos ordenamientos comerciales:
- L.G.T.O.C”.ley general de titulos y operaciones de credito” que en sus arts. 8, 42 a 68 y 341 regula el proceso especial para la transmisión de títulos de crédito y el proceso especial para la cancelación y reposición de títulos de crédito.
- L.G.S.M. “ley general de sociedades mercantiles”cuyos arts. 7, 9, 22, 118, 185, 201, 232, 236, 238 y 243, regulan el proceso especial de oposición a decisiones societarias;
- Ley de Concursos Mercantiles. que en sus arts. 17 a 53 regula el proceso especial concursal;
- Ley de Instituciones y Sociedades mutualistas de seguros. Cuyo art. 136 regula el proceso especial para el cobro de indemnizaciones derivadas del contrato de seguro, y
- Ley Federal de instituciones de Fianzas. Que en su art. 94 regula el proceso especial para la ejecución de fianzas.
Normatividad supletoria aplicable.
Por reforma al art. 1054 del Código de Comercio, publicada en el diario Oficial de la Federación del 13 de Junio de 2003, se establece que será el Código federal de Procedimientos Civiles el supletorio al Código de Comercio, modificando la disposición anterior que establecía como supletoria la legislación procesal civil de la entidad correspondiente.
Tribunales competentes.
El art. 104, fracción I, la Constitución, establece “corresponde a los tribunales de la Federación.
PRINCIPIOS DEL DERECHO PROCESAL MERCANTIL.
El principio dispositivo.
Según este principio la promoción y continuación del proceso en los juicios mercantiles es exclusivo de la iniciativa de las partes; ni el ministerio público ni el juez pueden promoverlo o continuarlo, salvo el juicio de concurso o cuando la ley expresamente lo prevenga. El principio dispositivo no es absoluto en los juicios mercantiles, pues hay actuaciones
dentro del proceso que los jueces pueden promover. Esta oficiosidad no es ad libitum para los jueces, sino cuando la ley ordene en cada caso. Ejemplo. La inspección judicial en el procedimiento de concurso que el juez puede ordenar si lo cree conveniente. También el caso del Art. 1078.
Principio Convencional y arbitral.
En estos principios, la voluntad o acuerdo de las partes prevalece sobre la Ley, salvo las limitaciones que esta establezca. Las partes pueden pactar libremente, antes o dentro del proceso, el procedimiento convencional o arbitral a que deberá sujetarse el litigio, modificando los procedimientos y términos establecidos en la Ley. (arts.1051, 1052 y 1053.)
Principio de Adquisición procesal.
Este principio significa que allí donde las partes han desarrollado cierta actividad, haciendo que el proceso adquiera determinados elementos del mismo tales actos o elementos permanecen firmes e inmutables, de suerte que de ellos puede valerse no solo la parte que ha promovido su adquisición sino también las otras. Este principio es aplicable en la prueba documental que presentan los litigantes; prueba plenamente en su contra, en todas sus partes, aunque el colitigante
...