ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Atención Integral Al Deficiente Auditivo


Enviado por   •  28 de Octubre de 2012  •  2.384 Palabras (10 Páginas)  •  636 Visitas

Página 1 de 10

Republica Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora Barinas Edo. Barinas

Atención Integral al Deficiente Auditivo

Profesor: Integrantes:

Barinas, Septiembre del 2012

Conceptualización y Política de la atención integral al deficiente Auditiva

Legalmente la educación de las personas deficientes auditivas responde a los principios, concepciones y resoluciones que se derivan del derecho a la educación, de la participación en igualdad de condiciones y del beneficio de las mismas oportunidades para el logro personal, laboral y social que tiene cualquier persona, sin más limitaciones que aquellas que procedan de las aptitudes y potencialidades. Constitución Nacional: Art. 78 y 80 (1.961), Ley Orgánica de Educación: Art. 2 al 9 (1.980).

La Ley Orgánica de Educación (Capitulo VI) y el Reglamento General de la misma (Capitulo IV) (l .986) consolidan la Educación Especial como variante escolar, fortalecen las bases para la atención educativa de la población con necesidades educativas especiales, y en ella, los educandos deficientes auditivos; así mismo instrumentan procedimientos para su conducción en un proceso que involucra "... Detección, intervención temprana, escolaridad y preparación e incorporación activa a la sociedad y al trabajo productivo", tal como lo expresa el Art. 33 del referido Reglamento.

La educación de los deficientes auditivos, independientemente de las consecuencias que el grado y tipo de pérdida auditiva generen, es un derecho reconocido e irrenunciable y debe desarrollarse en el ambiente escolar que mejores condiciones ofrezcan para lograr su formación integral a lo largo de la vida. En este sentido los principios de prevención e intervención temprana, normalización e integración expresados en el Documento de Conceptualización y Política de Educación Especial (1.976), mantienen plena vigencia y total pertinencia con los cambios, que a nivel mundial y nacional, se han producido en la concepción y educación de las personas deficientes auditivas, en las Últimas décadas.

La prevención de las pérdidas auditivas y la intervención temprana en los casos de diagnóstico o riesgos de problemas de tipo auditivo, continúan siendo pilares para controlar las causas que originan dichas pérdidas, erradicar o minimizar los efectos que puedan producir en el desarrollo normal del niño y emprender las acciones encaminadas para atender, lo antes posible, las necesidades educativas que se deriven.

La intervención temprana para los bebés deficientes auditivos plantea entonces: detección, evaluación de todas las áreas de desarrollo y definición de las acciones a realizar para orientar a la familia y brindar la atención sistemática que cada uno requiera, bien sea a través de las alternativas convencionales y no convencionales que ofrece el nivel de Educación Prescolar o en la propia modalidad.

La normalización y la integración fortalecen los postulados constitucionales de igualdad para las personas deficientes auditivas en los ámbitos familiar, escolar, laboral y social; enfatiza su aceptación y valoración como personas con capacidades y aptitudes, y el respeto a su derecho a apropiarse de la lengua y los valores propios de su comunidad, para alcanzar el desarrollo intelectual, emocional y social que les permita compartir plenamente en la comunidad a que pertenecen. Tales disposiciones normativas se reafirman en la Resolución 2005 de fecha 2 de Diciembre de 1996, la cual establece las normas para la integración escolar de la población con necesidades educativas especiales, medida legislativa paralela y complementaria de las disposiciones legales sustentadas en la Constitución y otras leyes nacionales, y en la concordancia con los postulados y directrices internacionales recogidos en documentos de ONU, UNESCO y Declaración de Salamanca, entre otros.

Sustentado en ese derecho a recibir educación en la forma y condiciones escolares que mejor se adapte a sus necesidades, se concibe la educación para los niños, jóvenes y adultos deficientes auditivos como un proceso integral, continuo y permanente que persigue iguales fines y objetivos que la educación general y que se apoya en la comunicación como el instrumento que va a permitir la interacción y el aprovechamiento efectivo de aprendizajes con significación.

La atención educativa integral de las personas deficientes auditivas se centra en el educando como sujeto-objeto de la práctica educativa, con potencialidades, necesidades e intereses que constituyen el punto de partida para orientar el proceso pedagógico y en éste, la actividad del sujeto para la "construcción social del conocimiento en aproximaciones sucesivas". Hernández, 1996.

Se asume entonces al educando deficiente auditivo, como una integridad biopsicosocial con capacidades y diferencias individuales que los convierten en individuos únicos y distintos entre ellos, y como tal exigen alternativa educativas propias que conduzcan a la autorrealización, lo cual puede lograr en el seno de las instituciones regulares de los niveles y otras modalidades, o en las específicas de la modalidad de Educación Especial. (Anexo 1)

Bajo esa perspectiva se consolida el rol de los equipos de profesionales, con

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (12 Kb)
Leer 9 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com