Bienes muebles y Bienes inmuebles
Enviado por manguel2 • 13 de Agosto de 2014 • Informe • 919 Palabras (4 Páginas) • 228 Visitas
Cosa corporales: son las que tienen un ser real y pueden ser percibidas por los sentidos, como una casa un libro.
Las cosas corporales se dividen en: Bienes muebles y Bienes inmuebles
-Bienes muebles: Cuando hablamos de bienes muebles es decir que son objetos que se pueden transportar o mover de un lado para otro por ejemplo: Un carro, un televisor, un computador ect
-Bienes inmuebles: Cuando hablamos de bienes inmuebles se denominan por su inmovilidad es decir que no se pueden mover a ningún lado, son estáticos
-Bienes muebles por adhesión: Son aquellos bienes muebles que están pegados al suelo y por este echo no pueden trasladarse de un lugar a otro
Ejemplo: un árbol en una matera es un bien muebles, mientras que plantado en la tierra es inmueble por que no esta adherido.
-Bienes muebles por destinación: Los inmuebles por destinación como su nombre lo indica son aquellos que están destinados al uso y beneficio de un inmueble.
Ejemplo: un señor tiene una gran finca, y en su finca el tiene un tractor, un buey, muchos caballos, Valdés entre otros como palas y picas, los bienes muebles prestan un servicio constante al inmueble, son muebles y además el dueño es dueño de la finca, por ende se dirá entonces que todos esos muebles son inmuebles por destinación
Cosa Incorporales: las que consisten en meros derechos, como los créditos y las servidumbres activas
Se dividen en derechos reales y derechos personales:
Derecho real: Derecho Real es una facultad que tiene una persona para usar, gozar, y disfrutar una cosa, y perseguirla donde quiera que se encuentre. El Derecho Real es, pues,una facultad que se ejerce sobre una cosa. Cuyos elementos eran los siguientes) el titular del Derecho o el propietario; b) el objeto del Derecho, o sea, la cosa sobre la cual la facultad jurídica se ejerce, por ejemplo aquella de la cual es propietario el dueño.
Derecho personal: son aquellos que tienen las personas por el solo hecho de serlo, son innatos y consustanciales a la misma son inalienables e imprescriptibles en cuanto a su ejercicio por sí mismos, la ley establece los terminos y condiciones que se deben reunir para hecerlo
Cosa consumible: Se distinguió además entre las cosas consumibles, es decir, aquellas cuyo uso o destino normal las destruye física o económicamente, como los alimentos y el dinero
Cosa Inconsumible: son las susceptibles de su uso repetido sin que provoque otra consecuencia que su mayor o menor desgaste, como por ejemplo una casa un carro ect
Cosa Funglible: son fungibles aquellas cosas que, carentes de individualidad, son sustituibles por otras del mismo género (fungere una por otra) y en la misma cantidad, que es lo que verdaderamente cuenta. De ahí que los romanos las designen como aquéllas que pondere numero mensura consistant, esto es, aquéllas que pueden contarse, medirse o pesarse, como el grano,
...