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Enviado por   •  21 de Enero de 2014  •  2.026 Palabras (9 Páginas)  •  261 Visitas

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DERECHO COMPARADO

I. INTRODUCCIÓN A LOS ESTUDIOS DE DERECHO COMPARADO

El Derecho Comparado es de formación relativamente nueva, pues aparece a partir del primer congreso internacional de legislación comparada que se desarrolló en París en los años 1900, donde a partir del discurso del comparatista internacional Lambert da inicio a esta nueva ciencia del derecho. Tiene como objeto de estudio confrontar los ordenamientos e instituciones jurídicas que existen en el mundo, analizar las diferencias y semejanzas de su estructura y las causas de esas relaciones, con el fin de promover y asegurar el progreso del derecho nacional.

A través de su desarrollo ha adoptado diversas denominaciones como

Legislación Comparada o Ciencia Comparada del Derecho, por la doctrina Alemania; Teoría General Comparada del Derecho, por la doctrina Inglesa; Derecho Contrastado, término utilizado por algunos juristas.

Tiene relación con la Historia Comparada del derecho, considerada como términos equivalentes, otros la relacionaron con la Filosofía del derecho, como ciencia histórico-social ya que actúa con el conjunto de los sistemas jurídicos de los diversos pueblos y tiempos.

II. CONCEPTO:

El Derecho Comparado puede ser definido como la disciplina jurídica que estudia las diferencias y similitudes en los diferentes sistemas jurídicos.

III. ORIGEN:

El Derecho Comparado es de formación relativamente nueva, pues aparece a partir del primer congreso internacional de legislación comparada que se desarrolló en París en los años 1900, donde a partir del discurso del comparatista internacional Lambert da inicio esta nueva ciencia del derecho.

IV. OBJETO Y DENOMINACIONES:

Tiene como objeto de estudio confrontar los ordenamientos e instituciones jurídicas que existen en el mundo, analizar las diferencias y semejanzas de su estructura y las causas de esas relaciones, con el fin de promover y asegurar el progreso del derecho nacional.

A través de su desarrollo ha adoptado diversas denominaciones como Legislación Comparada o Ciencia Comparada del Derecho por la doctrina Alemana; Teoría General Comparada del Derecho, por la doctrina Inglesa; Derecho Contrastado, término utilizado por algunos juristas.

Tiene relación con la Historia Comparada del Derecho, considerada como términos equivalentes, otros la relacionan con la Filosofía del Derecho, como ciencia histórico-social ya que actúa con el conjunto de sistemas jurídicos de los diversos pueblos y tiempos.

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Ayasta Gonzalez, Julio El Derecho Comparado y los Sistemas Jurídicos

Contemporáneos. Ediciones RJP, Lima, 1991.

V. FINALIDAD:

El Derecho Comparado se convierte en el alcance y razón de ser de las legislaciones en cuanto a sus diferencias y posibilidades de acercamiento que existan entre los diversos sistemas jurídicos. Esto permitirá la armonización y unificación progresiva del derecho, como ya se vienen dando en algunas áreas del derecho: Derechos Humanos,

Derecho Marítimo, Derecho Internacional Privado, Derecho Medioambiental, Derecho del Comercio Internacional, entre otras. Nos permite, de esta manera, obtener una idea satisfactoria de la institución que se desea conocer o de los sistemas u ordenamientos jurídicos que se confronta o bien del derecho en general.

• Mejor conocimiento del derecho nacional Resulta muy difícil conocer y apreciar el derecho nacional sin considerar el derecho comparado. Permite ampliar los horizontes culturales, comprender el alcance de los problemas jurídicos y obtener mayor sensibilidad para resolverlos, perfeccionar los instrumentos que se le han proporcionado al utilizar las experiencias y conocimientos derivados de otros sistemas jurídicos. Sólo aplicando el derecho comparado es posible entender en qué grado de desarrollo se encuentra el derecho nacional de un estado.

• Formación de un lenguaje jurídico internacional El derecho comparado implica contrastar siempre un derecho nacional con otro u otros extranjeros, también contrastar derechos extranjeros, lo que significa el conocimiento del idioma en que se desenvuelve el derecho extranjero para tomar contacto con sus fuentes jurídicas, que nos permitan conocerlo. Ello se logra al investigar el sentido exacto de los términos extranjeros que se descubren al analizar los diversos sistemas jurídicos.

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Ayasta Gonzalez, Julio El Derecho Comparado y los Sistemas Jurídicos

Contemporáneos. Ediciones RJP, Lima, 1991.

 Unificación o armonización de los ordenamientos jurídicos En un primer momento, los comparatistas concibieron la idea de crear un derecho universal, hoy en día el objetivo es formar un derecho comunitario, como el que se viene dando en las Comunidades Europeas e incipientemente e América Latina. La tendencia es establecer normas jurídicas universales que puedan ser aplicadas uniformemente en todos los países integrados a través de los denominados Bloques económicos.

 Conocimiento de los ordenamientos jurídicos Comparar derechos extranjeros permite resaltar las características, excelencias y deficiencias de los diversos ordenamientos jurídicos elegidos. Es importante como paso previo a la comparación, tener conocimiento de las fuentes jurídicas de cada derecho extranjero, para estar en aptitud de llevar a cabo la confrontación.

VI. Importancia del Derecho Comparado

 Elemento indispensable de la cultura jurídica

No hay jurista que quiera profundizar una rama cualquiera del derecho que no haga uso de la comparación. Esto ha motivado la realización de congresos internacionales, creación de institutos jurídicos vinculados al derecho comparado, la incorporación como curso obligatorio en la formación universitaria y de Post-Grado; creación de revistas especializadas sobre la materia.

 Sentido de humanismo

El derecho comparado representa en sus aplicaciones un elemento de comprensión mutua entre los hombres y los pueblos, contribuyendo a la paz internacional.

 Sentido de universalidad

Permite conocer y desarrollar los diversos estilos de realización jurídica en los diversos sistemas jurídicos

 Conocimiento del derecho extranjero

Hay una necesidad práctica de conocer el derecho extranjero, pero el estudio de uno o varios derechos extranjeros no es derecho comparado desde que no hay una comparación;

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