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Contratos


Enviado por   •  24 de Enero de 2015  •  1.495 Palabras (6 Páginas)  •  268 Visitas

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“CONTRATO DE ELABORACION DEL EXPEDIENTE TÉCNICO CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL PUESTO DE SALUD PUÑOS”

Conste por el presente documento, el Contrato de Adquisición a Precios A SUMA ALZADA, que celebran de una parte la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE Puños con RUC N° 20201617104, debidamente representado por su Alcalde el Sr. CASIMIRO ROSALES CAQUI; identificado con DNI Nº 22863404, con domicilio legal en el distrito de Puños; quien en adelante se le llamará MUNICIPALIDAD; y, de la otra parte el Ing. CAYCO MARQUEZ EFRAIN WALTER, con RUC Nº 17184302233, a quien en adelante se denominará CONTRATISTA, con domicilio legal JR. LOS MIRLOS NRO. 131 PAUCARBAMBILLA HUANUCO AMARILIS, para estos efectos en; en los términos y condiciones siguientes:

CLAUSULA PRIMERA: CONOVOCATORIA Y OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

La ENTIDAD ha previsto contratar los servicios de una consultoría para la

“ELABORACION DEL EXPEDIENTE TÉCNICO CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL PUESTO DE SALUD PUÑOS” materia de la A.M.C Nº 004-2007-MD-CEP, en cuyo resultado se ha otorgado la Buena Pro al EL CONSULTOR CAYCO MARQUEZ EFRAIN WALTER.

CLAUSULA SEGUNDA: OBJETIVO Y ALCANCE DE LOS SERVICIOS

Por el presente Contrato, LA ENTIDAD contara los servicios de EL CONSULTOR, bajo el Sistema de A suma Alzada, para que ejecute totalmente la elaboración del proyecto, financiado por la Municipalidad de Puños, estos servicios comprenderán todo lo relacionado con las actividades que deben desarrollar para cumplir con los objetivos servicios indicado en la cláusula anterior, de acuerdo con las Bases y términos de referencia aprobado mediante Resolución de alcaldía -2007-MDP-A y la Propuesta Técnica y Económica, que forman parte integrante del presente Contrato.

Los servicios se prestaran conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado aprobado D.N..Nº 083-2005-PCM, al cual en adelante se llamara LA LEY, su reglamento aprobado por D.N..Nº 084-2005-PCM, que en lo sucesivo se le llamara EL REGLAMENTO y demás dispositivos ampliatorios y modificatorios; asimismo, se aplicara en forma supletoria la Ley Nº 27444-Ley de Procedimientos Administrativos General y las normas contenidas en el Código Civil.

CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES DEL CONSULTOR

El CONSULTOR se obliga a prestar los servicios contratos por “LAMUNICIPALIDAD” teniendo en cuenta para la elaboración del proyecto objeto del presente contrato, los plazos, montos, y demás aspectos técnicos que estarán incluidos en el expediente técnico final.

EL CONSULTOR es responsable de velar directamente y permanente por la correcta ejecución del Perfil, el mismo que estará conformado por:

I. Memoria Descriptiva

II. Especificaciones Técnicas

III. Planilla de Merados

IV. Presupuesto de obra

V. Análisis de precios unitarios y cantidades de insumos

VI. Coronáramos (avance, desembolsos, adquisición de materiales.

VII. Planos de proyecto.

CLAUSULA CUARTA: RECURSOS HUMANOS Y FISICOS QUE PROPORCIONARA EL CONSULTOR

Todo lo relacionado a los Recursos Humanos y Físicos que proporcionara EL CONSULTOR durante el desarrollo del proyecto están detallados en ellos términos de referencia y deberán ser cumplidos obligatoriamente por El CONSULTOR.

CLAUSULA QUINTA: RESPONSABILIDADES DE EL CONSULTOR

Todo lo relacionado a las Responsabilidades de EL CONCULTOR durante la elaboración del proyecto están detallados en el Numeral 4 de los Términos de referencia y deberán ser cumplidos obligatoria, ente por EL CONSULTOR.

CLAUSULA SEXTA: MONTO DEL SERVICIO DE CONSULTORIA

De acuerdo con la Propuesta Técnica-Económica aprobada, que forma parte del presente Contrato, las partes acuerdan que el monto del servicio de consultoría para la “ELABORACION DEL EXPEDIENTE TÉCNICO CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL PUESTO DE SALUD PUÑOS” asciende a la suma total de S/ 9,000.00 (NUEVE MIL 00/100 nuevos soles) incluido impuestos y referidos al mes de Abril del 2007.

CLAUSULA SEPTIMA: DEL PLAZO DEL SERVICIO DE CONSULTORIA.

El plazo del servicio de consultoría para la “ELABORACION DEL EXPEDIENTE TÉCNICO CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL PUESTO DE SALUD PUÑOS”, será de 30 días calendario.

CLAUSULA OCTAVA: DE LAS GARANTIAS.

De conformidad con lo establecido en el Articulo 122º del REGLAMENTO por tratarse de una Adjudicación de Menor Cuantía, EL CONSULTOR presentara una Declaración Jurada de Fiel Cumplimiento de Contrato.

CLAUSULA DECIMA: DEL PAGO DE LOS HONORARIOS.

El monto de los honorarios fijados en la cláusula precedente, se cancelara de la siguiente manera:

- 50% adelanto directo con la presentación del anteproyecto aprobado por la DIRESA HCO. ;

- 50% a la PRESENTACION y aprobación correspondiente por parte de la entidad del expediente técnico

- Los pagos antes señalados serán contra prestación de los servicios de EL CONSULTOR acreditados con la documentación sustentatoria y el informe respectivo, salvo el caso del Adelanto Directo.

Toda demora de EL CONSULTOR en la presentación de los documentos para su pago será imputable a este, lo cual no le dará derecho al reconocimiento

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