Dereho Civil
Enviado por matunes • 18 de Marzo de 2013 • 1.791 Palabras (8 Páginas) • 432 Visitas
NOCIONES GENERALES DEL DERECHO CIVIL
INTRODUCCIÓN
Los Códigos Civiles son el fundamento legal para cualquier sociedad, en nuestra legislación han existido una serie de distintos Códigos Civiles que han cambiado y avanzado a través del tiempo; en la sociedad Venezolana se han presentado una serie de cambios relacionados con la familia, personas, costumbre, etc. Y al momento de ocurrir estos cambios en la sociedad, las leyes tienen que ser modificadas para poder adaptarse a esta nueva sociedad cambiante.
En este trabajo veremos una serie de datos importantes relacionados con el Código Civil Venezolano, su estructura y las modificaciones a las que se han confrontado.
1) ASPECTOS HISTÓRICOS DEL DERECHO CIVIL
El primer Código civil se pone en vigencia cuando la presidencia del General Páez en el año de 1861, este Código tiene una inspiración en el Código de Andrés Bello.
El segundo Código Civil es el de 1867, este fue una copia del Código Civil del célebre Español García Gayena.
El tercer Código Civil fue el de 1896, este trae una serie de nuevas disposiciones sobre el Derecho de Familia, facilitando la celebración del matrimonio.
Sigue el Código Civil de 1904 a principios de este siglo, también tienen algunas reformas y modificaciones que fueron consideradas retrasadas, pero que representaron algunos avances como por ejemplo: se consagra por primera vez la institución del Divorcio en materia de Derecho de Familia en Venezuela.
El quinto Código Civil fue en 1916, tiene una serie de modificaciones de carácter inconveniente en cuanto a la inquisición de paternidad ilegitima.
En el Código Civil de 1922 se eliminan algunas trabas para la inquisición de la paternidad ilegitima, se establecen algunos adelantos y algunas reformas en materia de arrendamiento y venta.
El código Civil de 1942 que es el que nos rige parcialmente en la actualidad, introdujo una serie de reformas convenientes, se estableció la comunidad concubinaria que es una regla de Derecho que permite a la mujer que había vivido en concubinato prolongado, solicitar derechos patrimoniales de su concubino. Se hicieron algunas reformas en materia de obligaciones, se destacó la llamada tutela del Estado para los menores abandonados. El Código Civil de 1942 duró 40 años en vigencia y fue derogado parcialmente por el Código Civil que nos rige actualmente que es el de 1982, este es el Octavo Código Civil Venezolano. En este código se establecieron distintas modificaciones en materia del Nombre, Tutela, Patrimonio, Patria Potestad, es decir, que la reforma del Código Civil de 1942 operada en el 1982 tiene una serie de aspectos positivos y que se refieren particularmente a la materia de familia.
Así, se entiende el derecho positivo como un derecho puesto o dado desde el Estado. El positivismo jurídico se divide en formalista y sociológico. El primero estudia las formas jurídicas y surge en el siglo XIX con dos escuelas como precursoras de esta corriente: en Francia la Escuela Exégesis, y en Alemania la Escuela Dogmática alemana. En cuanto al positivismo jurídico de carácter sociológico, estudia el impacto del derecho positivo en la sociedad. Sus escuelas precursoras son en Francia la Escuela Social francesa, y en Alemania el Movimiento del Derecho Libre alemán, ambas del siglo XIX-XX.
DERECHO CIVIL EN VENEZUELA
Código Civil Vigente
El Código Civil venezolano está contenido por tres libros, cada libro contiene Títulos, que a la vez están formados por capítulos.
El Libro Primero se refiere a las personas. El Título I comprende a las personas en general y a las personas en cuanto a la nacionalidad. De esta forma todos
los capítulos contenidos en este Título I desarrollan esta perspectiva.
El Título II del Libro Primero regula lo referente al domicilio y el Título III al parentesco, mientras que el Título IV al matrimonio, el cual contiene XII Capítulos que le desarrollan.
El Título V se refiere a la filiación y el Título VI a la adopción, mientras que el Título VII a la patria potestad y el Título VIII a la educación y alimentos. Luego el Título IX se refiere a la tutela y la emancipación.
El Título X abarca la interdicción y la inhabilitación y el XI los actos que deben registrarse y publicarse en materia de tutelas, curatelas, emancipación, interdicción e inhabilitación. El Título XII desarrolla la parte de los no presentes y de los ausentes. Mientras que el Título XIII regula el registro del estado civil. El Título XIV trata la jurisdicción especial.
El Libro Segundo contiene los títulos y capítulos que tratan los bienes, la propiedad y sus modificaciones y el Libro Tercero las maneras de adquirir y transmitir la propiedad y demás derechos, abarcando en el Título III las obligaciones. Este libro además contiene la parte de contratos y de registro público.
ANÁLISIS SOCIAL DEL DERECHO CIVIL
El derecho es más que la norma, es el hecho que a diario nos relacionamos en entornos colectivos y comunitarios fundamentados por el contrato social, de un Estado de derecho, y no es solo el imperio de la ley, sino es poder dar y reconocer los derechos deberes y libertades individuales y colectivas, que hacen imperiosa la no burocratización del conocimiento, el respeto por este y atender las necesidades legales del Estado Constitucional, actor del escenario internacional y de unas instituciones de derecho que tienen una razón en el ámbito internacional.
Es deber entonces de los profesionales del derecho, velar por unos mínimos de responsabilidad hacia su entorno, contexto y quehacer en la sociedad; pueden crecer las instituciones educativas que aporten más profesionales, pero en ningún momento se puede dejar que decrezcan los marcos
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