ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Infima Cuantia


Enviado por   •  27 de Junio de 2013  •  1.117 Palabras (5 Páginas)  •  1.276 Visitas

Página 1 de 5

INFIMA CUANTIA

¿Qué es la Ínfima Cuantía?

Es un procedimiento para montos pequeños y casos puntuales, mediante el cual las Entidades Contratantes pueden adquirir directamente bienes, prestación de servicios y ejecutar obras (reparaciones o remodelaciones).

¿Cuál es el monto asignado para contratar por Ínfima Cuantía?

Es el monto igual o inferior a 0,0000002 del Presupuesto Inicial del Estado, que para el año 2012 equivale a 5.221,85 dólares.

¿Cuántas veces en el año puedo contratar por el procedimiento de Ínfima Cuantía?

El procedimiento para saber cuándo, cómo y cuantas veces en el año puedo contratar se encuentra detallado en la CASUÍSTICA, Resolución INCOP-048-11 publicada en el portal www.compraspublicas.gob.ec, y en el artículo 44 del RGLOSNCP.

¿Es cierto que no requiero pedir al Proveedor el certificado del RUP cuando contrato bajo este procedimiento?

Sí, el Art.60 del RGLOSNCP indica que si la Entidad Contratante, cumpliendo las condiciones determinadas para este procedimiento, contrata por Ínfima Cuantía, no requiere que el Proveedor se encuentre registrado en el RUP.

¿Cuándo la Entidad Contratante elude procedimientos por contratar a través de Ínfima Cuantía?

La Entidad Contratante elude procedimientos:

• cuando el bien o servicio normalizado consta en el PAC con un valor superior a 5.221,85 dólares para el año 2013

• cuando el bien o servicio normalizado está en el Catálogo electrónico, o

• cuando no cumple con la casuística determinada en la Resolución 048-11 del INCOP.

¿Cuáles son los casos especiales de bienes que menciona la casuística?

Los casos especiales de bienes según el Art. 2 de la Resolución INCOP 048-11 son:

• Alimentos y Bebidas

• Repuestos y Accesorios

• Combustibles

¿Cuál es el procedimiento de contratación para los casos especiales?

El cálculo de la cuantía no se hará por todas las adquisiciones del correspondiente período fiscal, sino que se las hará individualmente, por cada compra.

¿La Ínfima Cuantía es igual a la Menor Cuantía?

No, ni los montos ni el procedimiento es el mismo. La Menor Cuantía se aplica para montos inferiores a 47.900 dólares (para el año 2011) en lo que se refiere a Bienes y Servicios no normalizados, e inferiores a 167.651 dólares en el caso de Obras (para el año 2011).

¿Se pueden adquirir bienes y servicios normalizados mediante el procedimiento de Ínfima Cuantía?

Sí, siempre y cuando NO CONSTEN EN EL CATÁLOGO ELECTRÓNICO y sus montos no superen los 5.221,85 dólares al año.

¿Puedo contratar una Consultoría mediante Ínfima Cuantía si el monto es inferior a 5.221,85 dólares?

No, según la casuística está prohibida la contratación de Consultoría a través de Ínfima Cuantía.

En el caso de obras, ¿puedo contratar la ejecución de una obra nueva a través de Ínfima Cuantía?

No, la casuística indica que serán sólo para remodelaciones, readecuaciones, o reparaciones de una construcción ya existente.

¿Debo publicar la Ínfima Cuantía como los otros procedimientos de contratación?

No, la Ínfima Cuantía tiene un procedimiento diferente, la contratación se la hace directamente con cualquier Proveedor que elija la Entidad luego de un proceso de selectividad recomendado, y la factura se publica a través del Sistema.

¿Para la publicación de las contrataciones de Ínfima Cuantía, con cuántas proformas debo contar antes de definir al Proveedor con el que se va a realizar la contratación?

Según la Resolución INCOP 048-11 se recomienda a las Entidades Contratantes que al menos cuenten con 3 proformas, previamente a la definición del Proveedor con el que se va a realizar la

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (7 Kb)
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com