La ventana juridica
Enviado por Jhossemily • 30 de Junio de 2013 • 868 Palabras (4 Páginas) • 252 Visitas
skip to main | skip to sidebar
La ventana juridica
miércoles, 26 de mayo de 2010
Escuela Exegética (Francia)
La escuela exegética surge en Francia a raíz y con motivo de la publicación del Code y se mantiene durante el siglo XIX. Sus principales representantes son Bonnecase, Delvicourt, Toullier, Duranton, Baudry-Lacantinerie, entre otros.
Su metodología es la fe en el hombre como portador de la razón, y la fe en el poder omnímodo del legislador en cuanto le es dado transformar la razón en ley escrita e igual para todos, la verdadera causa determinante del Código.
Las características que distinguen a la escuela exegética, son las siguientes:
1) El derecho positivo lo es todo y todo el derecho positivo está constituido por la ley. En este punto, el conjunto de actos legislativos promulgados y vigentes en Francia, deben bastar para poner de manifiesto cuantas reglas jurídicas requieren en materia de derecho privado las necesidades de la vida social; es decir, existe una sumisión absoluta a lo establecido en al ley.
2) Interpretación dirigida a buscar la intención del legislador. Los Códigos no dejan nada al arbitrio del interprete, éste no tiene por misión hacer el derecho, el derecho está hecho. Sobre este aspecto, detrás de la ley no hay más que esa intención que constituye la única fuente del derecho positivo y es preciso traducir; el trabajo del legislador le compete a él solamente, de admitirse una interpretación creadora, los autores y los magistrados usurparían el poder de aquél.
3) Descubierta esa intención y establecido el principio fundamental que consagre, es preciso obtener todas las consecuencias, dar a la norma la extensión de que sea susceptible, sirviéndose de un proceso deductivo. En este punto, los artículos del Código son teoremas cuyo enlace entre sí hay que demostrar y deducir sus consecuencias, hasta el punto de que el verdadero jurista es geómetra y la educación puramente jurídica es puramente geométrica.
4) Se niega valor a la costumbre, las insuficiencias de la ley se salvan a través de la ley misma, mediante la analogía. En este aspecto, se estimaba que eran raros los casos de insuficiencia de la ley, y casi siempre, la analogía proporcionará al juez un principio para la solución.
5) Se tienen muy en cuenta los argumentos de autoridad, con el consiguiente respeto a las obras de los antecesores. En este punto, simplemente se toma en cuenta la manifestación estatal como autoridad creadora de la ley.
6) Se atribuye al derecho un carácter eminentemente estatal. En este punto, se desconoce el derecho natural, por considerar que las leyes naturales sólo obligan en cuanto sean sancionadas por las escritas; no hay mas equidad que la ley ni mas razón que la de ésta.
La ideología de la escuela exegética, tiene como principal
...