Las Obligaciones Y Los Contratos
Enviado por reyesclau • 11 de Marzo de 2014 • 2.851 Palabras (12 Páginas) • 397 Visitas
TERMINOS JURIDICOS
1º. Obligación
Vinculo de derecho por el cual una o varias personas determinadas, están obligadas a dar, hacer o no hacer algo, respecto de otras u otras personas, en virtud de un contrato, cuasicontratos, delito, cuasidelito o ley.-
2º. Stricto Sensu
Es una expresión latina que significa “en sentido estricto” o en “sentido restringido”.
3º. Relación Obligatoria
La relación obligatoria podemos definirla como el vinculo que une a dos sujetos para la ejecución de una determinada prestación.
4º. Sujetos de Obligación
Estos son el sujeto activo o acreedor y un sujeto pasivo o deudor. Pueden ser únicos o múltiples. Deben ser capaces de derecho. Los sujetos serán personas físicas o jurídicas.
Son las personas aptas para ser titulares de derechos y resultan obligados.
5º. Cumplimiento de Obligación
Es la relación efectiva de la prestación debida y por consiguiente la ordinaria desembocadura de toda obligación constituida.
6º. Compensación
Modo de extinción de dos obligaciones reciprocas existentes entre las mismas personas, y que tienen por objeto una suma de dinero o una cantidad determinada de cosas fungibles de la misma especie.
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7º. Subrogación
Sustitución de una persona por otra en una relación de derecho, o atribución a una cosa de las calidades jurídicas de otra, a la que reemplaza en un patrimonio o universalidad jurídica.
8º. Contrato
Es un término con origen en el vocablo latino “Contractus” el cual es un acuerdo de voluntades entre dos o mas personas con el objeto de crear entre ellas vínculos de obligaciones.
9º. Acreedor
Un acreedor es aquella persona (física y/o jurídica) legítimamente autorizada para exigir el pago o cumpliendo de una obligación contraída por dos partes con anterioridad. Es un adjetivo que nombra a quien tiene merito para obtener algo o tiene el derecho a pedir el cumplimiento de una obligación.
10º. El estelionato
Se define como el fraude o engaño en los “Contratos”. Es el acto, también de ceder, vender o empeñar una cosa ya cedida, vendida o empeñada como ocultación dolosa del acto jurídico anterior llevado a cabo por una misma persona.
Así mismo como el despojo injusto de la propiedad ajena a cualquier engaño.
11º. Requisitos de Validez
Son requisitos de validez aquellos que posibilitan que el acto jurídico nazca perfecto a la vida del derecho.
Es la existencia perfecta del acto, por reunir éste sus elementos esenciales y no tener ningún vicio interno o externo.
12º. Consensual
Derivado del Latín “Consensus” que significa consentimiento.
Se dice del contrato que se ha realizado con el consentimiento de las partes interesadas.
Contrato concluido con el solo acuerdo de las voluntades de las partes y desde el instante en que éste se presta. En principio todos los contratos son consensuales, salvo aquellos respectos de los cuales la ley exige determinadas formalidades.
13º. Formalismo
Apela a la mera forma de la ley moral, una vez evacuada toda materia, como único fundamento transcendental y a priori de la vida moral, de la acción y del juicio ético.
Operación prescrita por la ley para la validez, prueba u oponibilidad a terceros de un acto jurídico.
El formalismo consiste en aplicar con rigurosidad y sin desviarse de sus preceptos una determinada doctrina o metodología en el desarrollo de un proceso investigativo o de enseñanza.
14º. Las Formalidades Ad Probationem
Aquellos requisitos externos al acto jurídico que se exigen en consideración a la acreditación formal de un acto ante la sociedad o las autoridades. Por regla general, se traduce en la escrituración del determinado acto, como es en el caso de los contratos de trabajo, donde es de interés del legislador que dichos actos se mantengan escriturados o registrados, en protección de los trabajadores. Su omisión jamás acarrea la nulidad, sino que formas distintas de ineficacia de los actos jurídicos, tales como la inadmisibilidad de la prueba testimonial.
La forma o solemnidad se requiere para la prueba del Contrato.
15º. Desolemnización
El contrato no nace ya de que se pronuncien palabras o de que se cumplan ritos solemnes.
16º. Notario Público
Es un ministro de fe que garantiza la legalidad de los documentos que interviene y cuyos actos se hayan investidos de la presunción de verdad, propias de los funcionarios públicos, estando habilitados por las leyes y reglamentos para conferir fe pública de contratos y actos judiciales, originados en el marco de derecho privado, de naturaleza civil y mercantil, así como para informar y asesorar a los ciudadanos en materia de actas públicas sobre hechos, y especialmente de cuestiones testamentarias y de derecho hereditario.
UNIDAD I LAS OBLIGACIONES
1.2.1 Concepto Origen y Evolución de las Obligaciones
La Obligación Civil
Definición: La obligación civil es un vínculo jurídico entre dos personas (o más) en virtud del cual una de ellas, llamada deudor, está constreñida a dar alguna cosa, a hacer o no hacer algo, a favor de otra llamada acreedor, el cual tiene el poder jurídico de compeler al deudor al pago, es decir, a que le de la cosa o haga o no haga algo.
1.1.2 Fuentes de las Obligaciones
Con el término fuentes se trata de designar el origen de donde nacen los derechos que dan lugar a las obligaciones.
Al respecto existe una notable variedad de posiciones doctrinales más o menos fundadas, lo que hace sumamente complicado su estudio.
Las principales fuentes de las obligaciones son: los contratos, los delitos, la ley, los cuasi contratos y los cuasi delitos.
Los Contratos.
El Código Civil establece que los convenios que producen o transfieren obligaciones o derechos, se denominan contratos. De esta institución, fuente importantísima de las obligaciones, trataremos más adelante.
Delitos.
Consisten en todo hecho voluntario que es contrario a las leyes penales, sancionado y castigado por éstas.
Cuando una persona comete un delito, el Estado le impone castigos para garantizar la buena convivencia de los grupos humanos; además, se les exige a los delincuentes que reparen el daño causado. Es por esta circunstancia que los delitos constituyen fuentes de obligaciones.
La Ley.
La norma jurídica origina ciertos derechos y obligaciones para aquellos que deben respetarla. Pero esta fuente de las obligaciones no es de tipo voluntario como lo son los contratos y los delitos, es obra del Poder Legislativo y no
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