Mapeo Procesos
Enviado por forererin • 18 de Mayo de 2015 • 2.248 Palabras (9 Páginas) • 330 Visitas
INTRODUCCIÓN
En el área de Gestión Humana durante el proceso contractual, el cual está presente en nuestro país en sus diferentes aspectos legislativos, es importante contar con el conocimiento y la preparación necesaria respecto a todas las partes involucradas en éste proceso, toda vez que la globalización y actualización de todos los sistemas laborales día a día cuentan con una serie de beneficios y déficits tanto para el proceso como para las partes involucradas en esta relación.
Dadas las anteriores circunstancias se hace necesario su estudio y análisis para el cumplimiento de la ley que nos rige como empleados y empleadores y su debida argumentación en todas las decisiones tomadas en los temas laborales.
Por ende este trabajo, tiene como finalidad desarrollar una temática educativa y argumentar cada tema presentado con cada una de las variables inmersas en el desarrollo de cada caso buscando como objetivo orientarnos a una respuesta coherente, eficiente y justificada para las temáticas solicitadas.
1.1 Contextualización del caso
Ramiro Meneses trabaja en LARAUSE LTDA. De lunes a viernes de 10:00 AM a 8:00 PM como gerente de ventas desde el 22 de octubre de 1996 bajo un contrato a término fijo a 3 años, ha sido homenajeado en varias ocasiones por ser el mejor empleado de la empresa su salario mensual es de $ 3.500.000 y en su contrato laboral nunca se prohibió que trabajara en otra compañía.
Desde el 15 de abril de 2000 durante las vacaciones colectivas otorgadas por LAROUSE en diciembre, Ramiro viaja a Barcelona donde trabaja como Latín Lover en la filmación de películas pornográficas.
El pasado sábado 17 de octubre en documentales Pirry hicieron un informe especial desde Barcelona, donde visitaron la feria de cine rosa. Dentro de las imágenes, el señor Lino Roberto jefe inmediato de Ramiro vio los ojos de un hombre y asegura son del señor Meneses.
El 21 de octubre de 2012 fue despedido Ramiro Meneses.
1.2 Primera entrega de proyecto
Argumentar e indicar si existe o no justa causa por parte del señor Lino Ribeiro para terminar el contrato laboral y por qué?
R. En primera instancia es importante analizar la información y variables a tener en cuenta en este caso las cuales son determinantes a la hora de establecer una conclusión y argumentarla.
• Compañía: LAROUSE LTDA
• Fecha de ingreso: 22 DE OCTUBRE DE 1996
• Tipo de contrato: CONTRATO A TERMINO FIJO A 3 AÑOS (No hay prohibición por escrito de trabajar en otra compañía)
• Salario: $ 3.500.000
• Cargo: GERENTE DE VENTAS
• Horario: LUNES A VIERNES DE 10:00 AM A 8:00 PM
• Fecha Vacaciones:15 ABRIL DE 2000
• Fecha de retiro (SJC): 21 DE OCTUBRE DE 2012
Bajo este breve resumen técnico, entramos a analizar las variables legales y laborales inmersas en el caso.
• Desempeño laboral
• Cláusulas de exclusividad
• Vacaciones
• Código sustantivo de trabajo
• Reglamento interno de trabajo
• Causales de despido por justa o sin causa
1. Con respecto al caso en mención y su contexto sobre el desempeño laboral del señor Ramiro Meneses dentro del cual nos indican en el escrito que fue un buen colaborador este es un aspecto a tener en cuenta ya que en un futuro litigio legal puede ser influyente en su defensa y se podría tener en cuenta como un aporte a favor del funcionario.
2. Cuando nos mencionan en el caso que el contrato laboral de Ramiro Meneses nunca se le prohibió que trabajara en otra compañía y esta ser una aparente razón que da lugar a esta decisión. Legalmente según el código sustantivo de trabajo estamos hablando de cláusulas de exclusividad contractuales establecidas y adecuadas por las dos partes según el contexto laboral.
La cláusula de exclusividad como regla general, se debe establecer de manera expresa en los contratos de trabajo para que tenga carácter obligatorio entre las partes, porque si ellas no lo pactan no las obliga, por eso se llaman cláusulas accidentales.
Como excepción a lo señalado en el párrafo precedente encontramos el caso del contrato de agencia comercial, donde la ley establece que salvo pacto en el contrato, el empresario agenciado, quien es el productor o distribuidor mayorista de ciertos productos ( bienes o servicios) no podrá servirle de manera simultánea a otros agentes distribuidores.
De otro lado, de la mencionada clausula nace una obligación que recae en una prestación de no hacer en cabeza de una o ambas partes, tal obligación consiste en la renuncia a la liberta de contratar con sujetos.
“La cláusula de exclusividad podrá afectar los derechos constitucionales al trabajo, a la libertad de empresa y a la libre competencia.
3. Vacaciones
Con respecto a las vacaciones podemos mencionar que si éstas no se han tomado para la fecha de terminación del contrato laboral las mismas deberán ser compensadas en dinero toda vez que se está dando la terminación del contrato.
4. Código sustantivo de trabajo
Con respecto al código sustantivo de trabajo se tiene que toda estipulación que sea contraria a la normatividad laboral consagrada en el Código sustantivo Laboral se tendrá como ineficaz y no tendrá soporte legal.
5. Reglamento interno de trabajo
Con respecto al reglamento interno de trabajo podemos mencionar que éste debe estar en armonía con la normatividad consagrada en el Código Sustantivo del Trabajo, esto no implica que sean iguales pero sí que lo estipulado en el Reglamento interno de trabajo no lesione ni vaya en contravía con la normatividad legal colombiana.
6. Causales de despido con justa o sin causa
De acuerdo a lo establecido por la legislación colombiana en el artículo 62 del C.S.T, subrogado D L 2351/ 65 señala las justas causas para dar por terminado el contrato de trabajo por parte del patrono (sin lugar a indemnización). Ahora bien, esto no implica que estas justas causas sean taxativas, porque dentro del Reglamento Interno de Trabajo se pueden estipular más causas que objetivamente puedan ser consideradas como justas para la terminación.
2. Todo acto de violencia injuria malos tratamientos o grave indisciplina en que incurra el trabajador EN SUS LABORES, contra el patrono, los miembros de su familia el personal directivo o compañeros de trabajo.
5. todo acto inmoral o delictuoso que el trabajador cometa en el taller establecimiento o LUGAR DE TRABAJO.
11. Todo vicio del trabajador que perturbe la disciplina
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