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Matematica Financiera


Enviado por   •  25 de Noviembre de 2014  •  845 Palabras (4 Páginas)  •  245 Visitas

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PRESTACIONES LABORALES

Son los derechos adquiridos por el trabajador, debido al tiempo laborado para la empresa.

CÁLCULO DE PRESTACIONES LABORALES

Preaviso Art. 76

La parte que ejerce el derecho de desahucio debe dar aviso previo a la otra, de acuerdo con las reglas siguientes:

1. Después de un trabajo continuo no menor de tres meses ni mayor de seis, con un mínimo de siete días de anticipación;

2. Después de un trabajo continuo que exceda de seis meses y no sea mayor de un año, con un mínimo de catorce días de anticipación;

3. Después de un año de trabajo continuo, con un mínimo de veintiocho días de anticipación.

Después de un trabajo continuo de 3 a 6 meses 7 días de anticipación.

Después de un trabajo continuo de 6 a 12 meses 14 días de anticipación.

Después de un trabajo continuo de 1 año 28 días de anticipación.

Desahucio Art. 77

El desahucio se comunicará por escrito al trabajador y dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes se participará al Departamento de Trabajo o a la autoridad local que ejerza sus funciones, mediante carta depositada en estas oficinas.

• La misma obligación se impone al trabajador, pero su comunicación puede ser hecha oralmente o por escrito.

Auxilio de Cesantía Art. 80

El empleador que ejerza el desahucio debe pagar al trabajador un auxilio de cesantía, cuyo importe se fijará de acuerdo con las reglas siguientes:

1. Después de un trabajo continuo no menor de tres meses ni mayor de seis,, una suma igual a seis días de salario ordinario;

2. Después de un trabajo continuo no menor de seis meses ni mayor de un año, una suma igual a trece días de salario ordinario;

3. Después de un trabajo continuo no menor de un año ni mayor de cinco, una suma igual a veintiún días de salario ordinario, por cada año de servicio prestado;

4. Después de un trabajo continuo no menor de cinco años, una suma igual a veintitrés días de salario ordinario, por cada año de servicio prestado.

Después de un trabajo continuo de 3 a 6 meses. 6 días de salario ordinario.

Después de un trabajo continuo de 6 a 12 meses 13 días de salario ordinario.

Después de un trabajo continuo de 1 a 5 años 21 días de salario ordinario por cada año.

Después de un trabajo continuo de 5 años y mas 23 días de salario ordinario por cada año.

VacacionesArt. 177

Los empleadores tienen la obligación de conceder a todo trabajador un período de vacaciones de dos semanas, con disfrute de salario, conforme a la escala siguiente:

1- Después de un trabajo continuo no menor de un año ni mayor decinco, catorce días de salario ordinario;

2- Después de un trabajo continuo

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