ORIGEN DERECHO PROCESAL
Enviado por romerese • 19 de Septiembre de 2012 • 2.071 Palabras (9 Páginas) • 1.462 Visitas
1.- ORIGEN DEL DERECHO PROCESAL Y SU FINALIDAD
1-. PRIMERA FASE: SIGLOS XVI y XVII: Los juristas debían aprender después del título que obtenían de una pasantía en un bufete de abogados siendo competente una vez pasado un examen. Hasta 1843 no desaparece el examen de la facultad de derecho
2-. SEGUNDA FASE: Fase de práctica forense: Significa la inclusión de la asignatura como estudio desde 1807
3-. TERCERA FASE: Fase de Procedimentalismo: Tiene su origen en la revolución francesa, en la que la ley se consideraba como una deidad, es decir, la vida en sociedad estaba sometida a la ley.
El procedimiento se constituye en un conjunto de formas que los ciudadanos deben seguir para obtener la justicia, y el juez para otorgarla, debiendo estar estas formas establecidas en la ley. En España la fase de Procedimentalismo abarca la competencia de los tribunales, la organización judicial y el procedimiento
4-. CUARTA FASE: Derecho Procesal: Se inicia en Alemania a mediados del S.XVIII iniciados en las universidades.
a) La jurisdicción como potestad y los tribunales como organizaciones no se estudian con carácter principal o autónomo, sino en relación con el proceso. La jurisdicción es un requisito más del proceso
b) La aparición de ramas del Derecho Procesal: Derecho Procesal Civil; Derecho Procesal Laboral; Derecho Procesal Contencioso-Administrativo....
Finalidad del Derecho Procesal: La finalidad del derecho procesal en general, y de los procesos en particular, es la realización de los derechos que en abstracto reconoce el derecho objetivo, realización que supone la solución de los conflictos.
2.- ETIMOLOGÍA DE PROCESO
Viene del latín processus (avance, marcha, desarrollo), nombre de resultado a partir del supido y el participio (processus). Del verbo procederé (marchar hacia delante, avanzar.
El proceso: Es una parte fundamental del derecho jurisdiccional, siendo concebido por el instrumento mediante el cual cumple el poder judicial las funciones atribuidas por la Constitución.
3.- PROCESO JUDICIAL
Se define como el conjunto de actos que, a través de diversas fases y dentro de un lapso especifico, llevan a cabo dos o más sujetos entre los que han surgido una controversia, a fin de que un órgano con facultades jurisdiccionales aplique las normas jurídicas necesarias para resolver dicha controversia, mediante una decisión revestida de fuerza y permanencia, normalmente denominada sentencia.
4.- FUNDAMENTOS DEL PROCESO
En un proceso se pueden discutir cuestiones de hecho o cuestiones de derecho, o ambas simultáneamente. En el primer caso se discuten los antecedentes de los cuales derivan los derechos reclamados por las partes, mientras que en el segundo caso ambas partes están de acuerdo en los hechos, pero discuten la interpretación jurídica que debe darse a los mismos.
5.- UNIDAD FUNDAMENTAL DEL PROCESO
Existen dos perspectivas la externa y la interna
La perspectiva externa consiste en que todos los procesos, independientemente de su contenido, tendrán rasgos característicos comunes, en todo caso existirá una fase postulatoria, una etapa probatoria, un periodo de alegatos, una sentencia y una etapa de impugnación.
La perspectiva interna, en el proceso existen una multiplicidad de actos y de varios sujetos que a la vez produce un fenómeno unitario, esta pluralidad de actos tiene una finalidad, la de resolver la controversia. Puede incluso haber varias instancias, interviniendo varios juzgadores y la unidad seguirá siendo la resolución de la controversia.
Los criterios que permiten sostener la unidad fundamental del proceso:
1. Contenido: Todo proceso es un litigio
2. Finalidad que se persigue: Resolver la controversia que es planteada al órgano judicial.
3. Estructura triangular: El proceso tiene una estructura que con el vértice superior se encuentra el órgano jurisdiccional y en los inferiores están la parte actora y la demanda, respectivamente.
4. Organización Judicial: El órgano jurisdiccional cuenta con una estructura definida y jerarquizada.
5. División de etapas: Independientemente de la materia de del litigio, los procesos siempre se hallan divididos en una serie de fases procesales.
6. Principio de impugnación: Las resoluciones que dictan los tribunales en todo caso pueden ser revisadas por un órgano superior.
6.- FINALIDAD DEL PROCESO JUDICIAL
El proceso jurisdiccional no solo se justifica como producto o consecuencia de la división de poderes sino como la herramienta universalmente aceptada por los pueblos modernos para la solución de los conflictos intersubjetivos de intereses, por esta razón es indispensable que esta finalidad sea atendida de una forma concreta y ágil para que no pierda eficacia. El proceso jurisdiccional es el pilar fundamental del ejercicio del poder judicial y debido a esto debe ser fortalecido y protegido, proscribiendo todo intento de desestimar su uso mediante la creación de equivalentes jurisdiccionales.
La crisis de la justicia por la ineficacia de sus tiempos de respuesta respecto a la resolución de los conflictos no es un problema del proceso jurisdiccional, ya que éste se encuentra diseñado para que la respuesta sea dada de acuerdo con la materia que procesa en un breve lapso. La ineficacia de la justicia es fruto de un cúmulo de factores ajenos al proceso mismo ya sean de tipo humano, de infraestructura o de falta de técnica de los apoderados de las partes ó de los operadores jurídicos.
La respuesta a la ineficacia del poder judicial no puede ser la negación del servicio jurisdiccional desestimando el uso del proceso jurisdiccional e incentivando la proliferación de equivalentes jurisdiccionales.
El proceso jurisdiccional tiene como finalidad el mecanismo ideal para la resolución de los conflictos de la población, el cual debe ser utilizado de forma preferente a los llamados equivalentes jurisdiccionales, por ofrecer mayores garantías respecto al debido proceso y a la tecnicidad de la decisión.
“El proceso jurisdiccional como una necesidad de legitimación para el logro del cumplimiento de sus fines como estado social de derecho”.
Es necesario que a la luz de los principios que definen el Estado Social de Derecho, se establezca una necesidad imperiosa de definir cuál instrumento es el adecuado para cumplir con el fin de la justicia material como uno de los objetivos propios de este tipo de Estado.
Este instrumento debe ser el proceso jurisdiccional, pues es la manifestación propia
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