PAPEL ACTIVO DEL JUEZ EN MATERIA LABORAL
Enviado por kfgovive • 12 de Septiembre de 2013 • 760 Palabras (4 Páginas) • 1.125 Visitas
a) Para ordenar o rechazar medidas de instrucción
El papel activo del Juez laboral le permite dictar, motu proprio, cualquier medida de instrucción, con las cuales se pretenda disipar dudas e insuficiencias no cubiertas por las partes.No. 30, Ter., 17 Dic. 1997, B.J. 1045.
En materia laboral el juez no puede rechazar el pedimento de prescripción de la acción ante la indeterminación de la fecha del despido, sino que, en uso de su papel activo, debe ordenar medidas de instrucción para precisar esa fecha. No. 8-B, Ter, 12 Dic. 1997, B.J. 1045. No. 8-B, 12 Dic. 1997, B.J.1045 (En la página Web aparece con el número 48).
Frente a la incomparecencia de una parte a la audiencia de fondo, el papel activo del juez laboral no le obliga a ordenar medidas adicionales, si considera suficientes las pruebas aportadas. No. 54, Ter., Mar. 1999, B.J. 1060.
b) Para fijar audiencias
El impulso procesal de oficio que existe en materia laboral no implica que, sustituyendo a las partes, el juez pueda motorizar el conocimiento de los asuntos, solicitando la fijación de audiencias y haciendo las notificaciones de lugar.No. 2, Pl., Dic. 1999, B. J. 1069; No. 05, Pl., Sept. 2000, B. J. 1078.
c) Para suspender el conocimiento del fondo
A pesar del papel activo del juez laboral, aun cuando la corte esté enterada del pedimento de suspensión de la ejecución de las sentencias incidentales, no está obligada a ordenar el sobreseimiento del conocimiento del fondo del recurso de apelación, si ninguna de las partes ha concluido en ese sentido. . No. 5, Pl., Ene. 2000, B. J. 1070.
d) Para variar la calificación de la demanda.
La facultad del juez laboral de dar la calificación que corresponde a la terminación del contrato o de imponer condenaciones no solicitadas por el demandante, se circunscribe al Juzgado de Primera Instancia, estando impedida la Corte de tomar decisiones que agravan la situación del apelante, imponiéndole condenaciones mayores que las impuestas en primer grado. No. 21, Ter., Mar. 2001, B.J. 1084.
El papel activo del juez laboral le permite conceder a un demandante derechos no reclamados en su demanda introductiva de instancia, pero ello sólo es válido dentro del ámbito de la jurisdicción de primera instancia y no ante el tribunal de alzada. No. 2, Ter., Feb. 2005, B. J. 1131;No. 10, Ter., Ago. 2006, B.J. 1149.
El papel activo de los jueces laborales no les da facultad para variar el objeto de una demanda o de un recurso de apelación, so pena de violar el principio de la inmutabilidad del proceso. No. 2, Ter., Feb. 2005, B. J. 1131;No. 8, Ter., Ene. 2006, B. J. 1142.
Los jueces del fondo, en virtud de su poder de apreciación, están facultados para determinar
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