RECLAMO DE AFORE POR DEFUNCION.
Enviado por robertomgt68 • 20 de Julio de 2016 • Trabajo • 1.552 Palabras (7 Páginas) • 628 Visitas
H. JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN
Y ARBITRAJE EN EL ESTADO EN TURNO.
Presente.-
ALBA NELLY VAZQUEZ CORONADO, mexicana, mayor de edad, beneficiaria de los derechos laborales de mi extinta madre LETICIA LUGO MARTINEZ, mi fecha de nacimiento 15 de diciembre de 1985, acreditando mi personalidad con credencial de elector, el No. de Afiliación de mi extinta madre es 03-70-00-25219, ambos consultamos en la Unidad de Medicina Familiar No. 43 de la demandada, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en la RIO GUADALQUIVIR 1547 ORIENTE, COL DEL VALLE SAN PEDRO GARZA GARCIA, NUEVO LEON, ante ustedes con el debido respeto comparezco y expongo:
Que por medio del presente escrito ocurro en mi carácter de BENEFICIARIO LEGAL de mi extinta madre ARMANDINA VAZQUEZ CORONADO a demandar en la VIA LABORAL a la Administradora de Fondos para el Retiro AFORE BANAMEX S. A. DE C. V. con domicilio en RUIZ CORTINEZ 2000 PONIENTE, COLONIA ESTRELLA, MONTERREY, NUEVO LEON, y al INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL con domicilio en el GREGORIO TORRES QUEVEDO 1950 ORIENTE, CENTRO DE MONTERREY, NUEVO LEON, y de quienes reclamo los siguientes:
A). - De esta H. Junta demando se me declare BENEFICIARIO LEGAL de los derechos laborales de mi extinta madre ARMANDINA VAZQUEZ CORONADO, en los términos de los establecido de los Artículos 501, 502, 503 y demás relativos de la Ley Federal de Trabajo.
B). – De AFORE BANAMEX S. A. DE C. V. se reclama la entrega y devolución de las aportaciones realizadas a favor de mi extinta madre ARMANDINA VAZQUEZ CORONADO a la Subcuenta de Retiro 92 y 97 por la cantidad de $30,251.22(TREINTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN 22/100 M.N.) así como $ 53,378.99 ( CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS 99/100 M.N.) por concepto de Cesantía, Vejez, y Cuota Social en los términos de lo establecido por el artículo 190 de la Ley del Seguro Social , 82 y 83 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro 52 y 53 del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro , cantidad que se refleja en el estado de cuenta que exhibiré en el momento procesal oportuno
Permitiéndome fundamentar mi legítimo reclamo conforme a los siguientes hechos y consideraciones de derecho:
H E C H O S
1.- Me permito señalar que la extinta trabajadora LETICIA LUGO MARTINEZ laboro para para CLEAN SERVICE quien tiene su domicilio en Francisco Garza Sada 615, Chepevera, Monterrey, N.L, GAMESA Lázaro Cárdenas No. 2404, Laderas del Mirador, Monterrey, NL; entre otros que no recuerdo, en el puesto de Afanadora, desempeñando labores inherentes a la limpieza, con una antigüedad laboral de 33 años, 18 quincenas 09 días, es decir, contaba con más de 1,716 semanas cotizadas. Cabe señalar también que la suscrita realice el trámite administrativo ante los demandados, pero me negaron dicha solicitud argumentando tenia que tener una resolución judicial.
Así mismo me permito señalar que al no tener la suscrito derecho a disfrutar algún tipo de pensión derivado del parentesco que tengo con mi extinta madre, en virtud de que la extinta se encontraba divorciada de mi padre en la fecha de su muerte, deberá proceder se me haga entrega del total de las subcuentas reclamadas.
2. – Como lo demostrare en el momento procesal oportuno (período probatorio), mi extinta madre ARMANDINA VAZQUEZ CORONADO celebro con AFORE BANAMEX S. A. DE C. V. un Contrato de Administración de Fondos para el Retiro el cual celebramos en los términos del artículo 29 fracción III de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
3. – Ahora bien la Cláusula Vigésima Segunda (RETIRO DE FONDOS) del Contrato de Administración de Fondos para el Retiro textualmente establece:
“ El trabajador, o sus beneficiarios en caso de fallecimiento o incapacidad total de este, podrá solicitar el retiro total o parcial de sus recursos en los supuestos de incapacidad permanente, invalidez permanente, muerte, cesantía en edad avanzada, vejez, matrimonio desempleo y demás previstos en las leyes de seguridad social, por lo cual deberá presentar la solicitud correspondiente ante los institutos de seguridad social, a efecto de que emitan una resolución sobre la procedencia del retiro. En caso de resolución favorable de los Institutos de Seguridad Social correspondientes, la AFORE, una vez que reciba dicha resolución, procederá a retirar los fondos que procedan y enterarlos en los términos de las leyes de Seguridad Social. Cada seis meses, contados a partir de la primera aportación o el último retiro, el TRABAJADOR podrá realizar retiros de su subcuenta de aportaciones voluntarias, dando aviso a la AFORE con 15 días naturales de anticipación.”
4.- Ahora bien como lo acreditaré con el acta de nacimiento que en su oportunidad se exhibirá como prueba, soy hijo de mi extinta madre ARMANDINA VAZQUEZ CORONADO, el cual falleció el día 08 de mayo del 2015, tal y como lo acreditaré con el acta de defunción correspondiente, y en tal virtud solicito se realice el procedimiento judicial establecido en el Artículo 503 de la Ley Federal del Trabajo y se me declare beneficiaria legal de los derechos laborales de mi extinta madre.
5.- Ahora bien la cláusula Vigésima Segunda del CONTRATO DE ADMINSITRACION DE FONDOS PARA EL RETIRO celebrado por mi extinta madre ARMANDINA VAZQUEZ CORONADO con AFORE BANAMEX S. A. DE C. V., establece que tendrán derecho a solicitar la entrega de las aportaciones los BENEFICIARIOS EN CASO DE FALLECIMIENTO, por lo cual solicito se realice la investigación correspondiente a que alude el Artículo 503 de la Ley citada y en su oportunidad se me declare beneficiario legal de los derechos laborales de mi extinta madre LETICIA LUGO MARTINEZ, y se condene a la demandada a hacerme entrega de las aportaciones que se reclaman.
...