ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Salvamento Marítimo


Enviado por   •  1 de Marzo de 2013  •  1.149 Palabras (5 Páginas)  •  651 Visitas

Página 1 de 5

Salvamento Marítimo

Antecedentes históricos

Se establecen los perfiles a finales del XIX

Convenio de Bruselas de 1910

Convenio de Londres de 1989

Disciplina normativa

Derecho Español

Ley de enjuiciamiento militar de 1925 (introducción del Convenio de Bruselas de 1910)

Ley de auxilio, salvamento, remolques, hallazgos y extracciones marítimos

LPEMM

Derecho Internacional

Convenio de Bruselas de 1910

Convenio de Londres de 1989

Contratos estandarizados Lloyd Open Form

Convenio Search & Rescue, Hamburgo 1979

Problemas de determinación de la Ley aplicable

Todos los interesados de un mismo Estado o mismo pabellón: LEY NACIONAL

Si hay interesados de algún país no contratante, podrá ser aplicado el CONVENIO a condición de reciprocidad

Concepto de Salvamento

Es la realización voluntaria de una actividad dirigida a sustraer de una situación de peligro a unos bienes que se encuentren en el mar o en aguas interiores y que haya producido un resultado útil

Naturaleza jurídica

Es una institución de Derecho privado

Puede ser prestado espontáneamente (cuasicontrato) o a petición del titular

En su perfección no se exige formalidad alguna. Es por tanto un contrato bilateral, oneroso y consensual

Elementos constitutivos. PELIGRO

Constituye un requisito esencial, sin el cual, no existe salvamento marítimo

Caracteres que debe reunir el peligro:

Peligro real, concreto y grave (valoración de un marino experto)

No existirá salvamento cuando las operaciones se hayan verificado contra la negativa expresa y razonable del buque auxiliado

Inminente

De cualquier naturaleza u origen

Elementos constitutivos. RESULTADO ÚTIL

No cure, No pay

Elementos constitutivos. VOLUNTARIEDAD

Del salvador

(vinculo con titular – tripulación – héroe - pasaje)

Del titular de los bienes salvados

Los legitimados para emitir tal negativa son los titulares del buque y su capitán, así como los titulares de los demás bienes que se encuentren a bordo.

La posibilidad de negar el salvamento está supeditada al requisito de la razonabilidad (actuar en defensa del medioambiente)

Prestación del salvamento

La ayuda

No lo precisa la Ley

Suministro de fuerza motriz

Extinción de incendio

Son dudosos los actos inmateriales

No está claro si siempre desde el mar

Los bienes objeto del salvamento

Buque, aeronave, cosas que se encuentren a bordo, derechos al flete, precio pasaje, etc

Sujetos activos del salvamento

Salvadores eventuales

Salvadores profesionales

Prestado por SASEMAR

Delimitación frente a figuras afines

Salvamento y remolque

Diferencia: Situación de peligro

A veces en las pólizas: No claim for salvage

Salvamento obligatorio

Es obligatorio el salvamento de personas, y esta actividad no está sujeta a pago de remuneración.

Civilmente (L Exprop Forzosa) si Autoridades requisan bienes particulares, tendrán derecho a indemnización.

La remuneración

Elementos integrantes de la remuneración

Gastos, daños y perjuicios

Premio o recompensa

Dos soluciones diferentes:

Derecho Internacional

Los daños y perjuicios no son un elemento autónomo del premio

Derecho español

Delimita dos elementos diferentes que constituyen el montante global

Gastos, daños y perjuicios

Gastos: Consumos de todo tipo, salarios, manutención, etc

Daños: Desembolsos para reparar averías del buque o aparejos, etc

Perjuicios: Quebrantos en el patrimonio del armador a causa de la realización del salvamento

Los requisitos para el resarcimiento son:

Que los gastos y perjuicios queden adecuadamente probados

Debe probarse nexo causal entre el gasto o perjuicio y la operación de salvamento realizada

Premio o recompensa

La determinación de la cuantía del premio es función exclusiva del tribunal o árbitros

Determinación de la remuneración

Pueden emplearse dos criterios:

Criterio principal: Según lo convenido entre salvador y salvado

Criterio subsidiario: Si no hay acuerdo entre estos, lo determinará un juez o un árbitro

Su cuantía nunca podrá exceder del valor de las cosas salvadas. Esta limitación opera incluso en los casos en que el salvador haya sufrido a consecuencia del salvamento daños de un montante superior a lo salvado.

Criterio principal. Convenio anterior al salvamento:

Es poco frecuente en la práctica

Criterio principal. Convenio posterior al salvamento:

Resulta la práctica más frecuente

Criterio subsidiario. Determinación por juez o árbitro

Es muy frecuente. El procedimiento que se usa para ello es generalmente es el

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (9 Kb)
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com