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Seguridad Social


Enviado por   •  26 de Septiembre de 2013  •  1.611 Palabras (7 Páginas)  •  337 Visitas

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LA CONFERENCIA DE LA HAYA

La Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado nace con el fin de codificar el Derecho Internacional Privado a un nivel internacional. Varios intentos de realizarlo, en Europa, habían fracasado antes de que se reuniera por primera ocasión el 12 de septiembre de 1893. Dichas tentativas fueron realizadas por el jurista italiano Mancini conjuntamente con el neerlandés Tobías Carel Asser. A este último es a quien se le atribuye el nacimiento de la Conferencia de la Haya debido a que Asser sobrevivió a Mancini y fue elegido presidente para dirigir la primera conferencia, la cual se realizó después de treinta años de esfuerzos, y en la que participaron trece estados europeos.

El Estatuto que otorgó a la Conferencia el estatus de organización intergubernamental internacional entró en vigor el 15 de julio de 1955.

El órgano rector del funcionamiento de la Conferencia es el Consejo de Asuntos Generales y Política el cual está conformado por todos sus Miembros. Se reúne, en principio, anualmente.

La Oficina Permanente está compuesta por un Secretario General y cuatro Secretarios que son designados por el Gobierno de dicho país a propuesta de su Comisión de Estado.

Las Comisiones Especiales en las que se reúnen expertos de los diversos Estados Miembros que expresan su deseo de participar, funcionan en el intervalo de las Sesiones, se elaboran proyectos de convenios o se estudian cuestiones de Derecho Internacional privado comprendidas en el objeto de la Conferencia. El Ecuador ha participado en la Comisión Especial del año 2007 en que se aprobó el Convenio sobre el Cobro Internacional de Alimentos para los Niños y otros Miembros de la Familia, en la Comisión sobre la implementación de la Convención sobre el Cobro Internacional de Alimentos para Niños y otros miembros de la Familia y la factibilidad de suscribir un protocolo a dicho Convenio, llevada a cabo en octubre de 2009; en la Comisión Especial sobre la aplicación del Convenio sobre Cooperación en materia de Adopción Internacional celebrada en abril de 2010.

COMISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL (C.N.U.D.M.I)

ORIGEN

Cuando el mundo empezó a expandirse en la década de 1960, los gobiernos nacionales se dieron cuenta de que hacía falta una serie de estándares y reglas para armonizar la legislación nacional y regional, que hasta ese momento imperaba en el comercio internacional. La Naciones Unidas en 1966 reconocieron la necesidad de jugar un papel más activo en el flujo del comercio internacional y crearon la Comisión de las Naciones Unidas para el derecho mercantil internacional (CNUDMI). Desde entonces, la CNUDMI se ha convertido en el cuerpo legal del sistema de la ONU en el campo del derecho internacional.

La mayoría de las relaciones comerciales internacionales que se llevan a cabo hoy en día se basa en consultas efectuadas a la CNUDMI. Su finalidad es reducir los obstáculos legales que impiden el flujo del comercio internacional y armonizar las leyes mercantiles.

La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) fue establecida por la Asamblea General en 1966, de 17 de diciembre de 1966). La Asamblea General, al establecer la Comisión, reconoció que las disparidades entre las leyes nacionales que regían el comercio internacional creaban obstáculos para ese comercio, y consideró que, mediante la Comisión, las Naciones Unidas podría desempeñar un papel más activo en la reducción o eliminación de esos obstáculos.

MANDATO A LA COMISIÓN

La Asamblea General dio a la Comisión el mandato general de fomentar la armonización y unificación progresivas del derecho mercantil internacional. Desde entonces, la Comisión se ha convertido en el órgano jurídico central del sistema de las Naciones Unidas en el ámbito del derecho mercantil internacional.

COMPOSICIÓN

La Comisión está integrada por 60 Estados miembros elegidos por la Asamblea General. Su composición es representativa de las diversas regiones geográficas y los principales sistemas económicos y jurídicos. Los miembros de la Comisión son elegidos por períodos de seis años y el mandato de la mitad de ellos expira cada tres años.

FUNCIONES y OBJETIVOS

Es crear un derecho del comercio internacional que tienda a armonizar la diversidad de los derechos nacionales, fundamentalmente al derecho mercantil, ya que éste tiene como característica muy propia el ser, precisamente, internacional.

Dicho en otras palabras, lo que se está produciendo son normas uniformes para regular las relaciones mercantiles internacionales. Esto significa la sumisión del derecho interno al uniforme con el denominador común del derecho mercantil, cuya característica es, como se dijo, el de ser internacional.

En el caso de México, que no tiene unificada su legislación mercantil y civil, el Cco. delimita claramente las remisiones en sus artículos 1o. y 2o. en cuanto que se aplica el Código Civil Federal que rige en toda la República en asuntos del orden federal, como se ve a continuación:

Artículo 1. Los actos comerciales sólo se regirán por lo dispuesto en este Código y las demás leyes mercantiles aplicables.

Artículo 2. A falta de disposiciones de este ordenamiento y las demás leyes mercantiles serán aplicables a los actos de comercio las del derecho común contenidas en el Código Civil aplicable

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