TEORIA DEL DELITO
Enviado por Dania12 • 23 de Mayo de 2013 • 1.884 Palabras (8 Páginas) • 467 Visitas
EL CONCEPTO DE DELITO
Delito es toda conducta que el legislador sanciona con una pena. Con mayor precisión; son delitos o faltas las acciones u omisiones dolosas o culposas penadas por la ley.
SUJETOS DEL DELITO
En el derecho penal, se habla constantemente de dos sujetos que son los protagonistas del mismo: el sujeto activo y el sujeto pasivo.
SUJETO ACTIVO: Es la persona física que comete el delito. El sujeto activo del delito, como persona humana, se ha clasificado en: Autor material, Coautor, Autor intelectual, Autor Mediato, Cómplice, Encubridor, Asociación o Banda Delincuente, Muchedumbres. Nunca una persona moral o jurídica podrá ser sujeto activo de algún delito; cabe mencionar que, en ocasiones, aparentemente es la institución la que comete un ilícito, pero siempre habrá sido una persona física la que ideo, actuó y, en todo caso, ejecuto el delito. Solo la persona física puede ser imputable y capaz.
SUJETO PASIVO: Sujeto pasivo es la persona física o moral sobre quien recae el daño o peligro causado por la conducta del delincuente. Por lo general, se le denomina también victima u ofendido. Estrictamente, el ofendido es quien indirectamente resiente el delito; por ejemplo, los familiares del occiso.
Existe una clasificación del sujeto pasivo en: impersonal y personal.
a) El sujeto pasivo impersonal: Tiene lugar cuando el delito recae en una persona jurídica o moral. Por ejemplo: Daños a la nación.
b) El sujeto activo personal: Ocurre cuando el delito recae en una persona física. Por ejemplo: Lesiones.
También, en algunos delitos como el robo se puede establecer la diferencia entre el sujeto pasivo de la conducta y el sujeto pasivo del delito.
a) De la conducta: Es la persona que de manera directa resiente la acción por parte del sujeto activo, pero la afectación, en sentido estricto, la recibe el titular del bien jurídico tutelado.
b) Del delito: Es el titular del bien jurídico tutelado que resulta afectado, por ejemplo: si un empleado lleva al banco una cantidad de dinero de su jefe para depositarlo y es robado en el autobús, el sujeto pasivo de la conducta será el empleado y el positivo del delito es el jefe, quien es el que resulta afectado en su patrimonio.
OBJETOS DEL DELITO
El derecho penal se distinguen dos tipos de objetos: el material y el jurídico.
MATERIAL: El objeto material es la persona o cosa sobre la cual recae directamente el daño causado por el delito cometido o el peligro en que se colocó a dicha persona o cosa.
JURÍDICO: El objeto jurídico es el interés jurídicamente tutelado por la ley. Todo delito tiene un bien jurídicamente protegido. Cada título de los códigos agrupan los delitos, atendiendo el bien jurídico tutelado. Algunos de los principales bienes jurídicos son la vida humana, la libertad física, la libertad, la seguridad, y el normal desarrollo psicosexual, la integridad física o corporal, el patrimonio, la salud pública, la seguridad de la nación, entre otros.
FORMAS DE MANIFESTACIÓN DEL DELITO
Desarrollo del delito (iter criminis): El delito tiene un desarrollo. Generalmente, cuando se produce ha pasado por diversas fases o etapas, cuya importancia radica en la punibilidad, que podrá variar o, en definitiva, no existir. Dicho desarrollo, camino o vida del delito se conoce como iter criminis.
Fases del Iter Criminis
El iter criminis consta de dos fases:
Interna: Es la que ocurre en la mente del sujeto activo y abarca tres etapas que son; ideación, deliberación y resolución.
1. La ideación es el origen de la idea criminal, es decir, cuando la idea de cometer el delito surge en la mente del delincuente.
2. La deliberación es cuando la idea surgida se acepta o se rechaza.
3. En la resolución el sujeto decide cometer el delito, o bien rechaza la idea definitivamente.
Externa: Esta surge al terminar la resolución y abarca tres etapas que son; manifestación, preparación y ejecución.
1. En la manifestación la idea criminar surge del interior del individuo. En esta fase aún no tiene transcendencia jurídica, ya que solo se manifiesta la voluntad de delinquir; pero mientras no se cometa el ilícito, no se puede castigar al sujeto.
2. La preparación se forma con los actos que realiza el sujeto con el propósito directo de cometer el delito, es decir, los actos preparatorios.
3. La ejecución consiste en la realización de los actos que dan origen propiamente al delito.
ELEMENTOS DEL DELITO Y SUS ASPECTOS NEGATIVOS
Los elementos del delito son cada una de las partes que lo integran; es decir, e delito existe en razón de la existencia de los elementos: conducta, tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad, imputabilidad, punibilidad y condicionalidad objetiva. Estos elementos del delito son los aspectos positivos, a cada uno de los cuales les corresponde uno negativo, que constituye la negación de aquel; significa que anula o deja sin existencia al positivo y, por lo tanto, al delito.
CONDUCTA Y SU ASPECTO NEGATIVO
La conducta es el primero de los elementos que el delito requiere ara existir. Algunos estudiosos lo llaman acción, hecho, acto o actividad. La conducta es un comportamiento humano voluntario ( a veces una conducta humana involuntaria puede tener, ante el derecho penal, responsabilidad culposa o preterintencional(, activo (acción o hacer positivo) o negativo (inactividad o no hacer), que produce un resultado.
Aspecto negativo: ausencia de conducta.
En algunas circunstancias surge el aspecto negativo de la conducta, o sea, la ausencia de conducta. Esto quiere decir que la conducta no existe y, por ende, da lugar a la inexistencia del delito.
Habrá ausencia de conducta en los casos siguientes:
1. Vis absoluta: La vis absoluta consiste en que una fuerza humana exterior e irresistible se ejerce contra la voluntad de alguien, quien en apariencia comete la conducta delictiva.
2. Vis maior: La vis maior es la fuerza mayor que, a diferencia de la vis absoluta, proviene de la naturaleza.
3. Actos reflejos: Los actos reflejos son aquellos que obedecen a excitaciones no percibidas por la conciencia por transmisión nerviosa a un centro y de éste a un nervio periférico. Como el sujeto esta impedido para controlarlos, se considera que no existe la conducta responsable y voluntaria.
4. Sueño u sonambulismo: Dado el estado de inconsciencia temporal en que se encuentra la persona durante el
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