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TEORIA DEL DELITO


Enviado por   •  29 de Mayo de 2013  •  2.189 Palabras (9 Páginas)  •  404 Visitas

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INDICE

TEORIA DEL DELITO

Pag.

Indice……………………………………………………………………………………………………………….1

Introducción……………………………………………………………………………………………..………2

I- CONCEPTO DE DELITO

ANTECEDENTES DEL DELITO

ORDENAMIENTO JURIDICO QUE LO REGULA CONS. C.F.P. C.P. DEL DF.

Generalidades sobre la definición del delito…………….…………………………….…………...3

II. El delito en la Escuela clásica

SEGÚN QUIEN ……………………………………..………………………………………3

III. Noción psicológica del delito

ANTECEDENTES……………………………………………………………………….…….4

SEGÚN QUIEN

IV Noción jurídica sustancial

SEGÚN QUIEN

COMENTARION PROPIO

V, CONCEPTO DE DELITO POSITIVO

ANTECEDENTES DEL DELITO POSITIOVO

El delito en el derecho positivo mexicano………………………………………………………….8

SEGÚN QUIEN

CONCLUSIOENS

BIBLIOGRAFIA

INTRODUCCIÒN

Como ya sabemos el Derecho Penal se divide para su estudio en una parte general. Dentro de la parte general encontramos, lo que a mi gusto es, una de las áreas de estudio más exquisitas: LA TEORÍA DEL DELITO.

En esta ocasión tendremos la investigación un trabajo muy pequeño que nos brinda una idea muy general de lo que es la Teoría del Delito, como se dice en el título es una introducción.

Desde el punto de vista formal, el delito puede definirse, según el artículo 1º del Código Penal, como el hecho que la ley prohíbe con la amenaza de una pena.

Esta definición debe ser complementada por una noción que haga referencia al contenido del hecho que se denomina delito. En el plano sustancial, el delito ha de entenderse como un hecho, que en sí mismo o por su forma, lesiona intereses fundamentales de la sociedad, intereses que se consideran básicos para la existencia, conservación y desarrollo del conglomerado social. Precisamente el ordenamiento penal protege tales intereses o condiciones, por tratarse del equilibrio moral de la sociedad, el cual depende de la salvaguarda de determinados valores, de determinadas condiciones o situaciones que hacen referencia a exigencias éticas básicas del individuo, de la familia y del Estado, contra los cuales atenta el delito sustancialmente.

GENERALIDADES SOBRE LA DEFINICIÒN DEL DELITO

La generalidad del delito es esencial, la palabra delito deriva del verbo latino delinquere, que significa abandonar, apartarse del buen camino, alejarse del sendero señalado por la ley.

Se ha tratado de producir una gran definición del delito que tenga una validez universal para todos los tiempos y lugares con una significación y aclaración psicológica. Como el delito está basado y lleva un proceso a la manera de ser de cada pueblo con base a las necesidades de cada y una de las épocas han perdido función de setuaciones diversas y viceversas y acciones no delictuosas, A pesar de tanta dificultades, como se verá después, es posible marcar el delito jurídicamente por medios determinantes de sus atributos esenciales.

EL DELITO EN LA ESCUELA CLASICA

En la época de atrás los clásicos se dice que realizaron varias definiciones de la palabra delito, pero solo se determina y se considera el de Francisco Carrara; una de las principales escuelas exponentes de la clásicas, se define como la infracción del estado, para proteger la seguridad y libertad del estado que da un resultado de una acción de un acto externo del ser humano, positivo o negativo moralmente y políticamente dañoso. Para el Señor Carrara el delito no es un ser de hecho, sino un ser jurídico, porque la esencia debe ser necesario en una violación del derecho. Se llama al delito infracción de la ley, de que un acto se convierta en delito únicamente cuando se cruzan entre ella; pero para no confundirlo con el vicio ósea con el abandono de la ley moral, ni con la violación de una ley divina, afirma de infracción a la ley del estado y agrega que esta ley debe ser proporcionada para proteger la seguridad del estado, se obliga y además para ser que esta idea especial del delito no está en el uso las leyes de los intereses patrimoniales ni de la prosperidad del estado, si no de la seguridad de los ciudadanos. Gusgo Carrara anotar en su definición, como la infracción ADC la resultante de un acto externo del hombre, positivo o negativo, para atraer el dominio de la ley penal las simples opiniones, deseos y pinzamientos y, también que el hombre puede hacer un agente activo o pasivo del delito como lo sabemos, tanto en sus acciones o omisiones. Finalmente se estima un acto moralmente imputable, para estar presente el individuo sujeto a una ley criminal en su naturaleza moral y por ser la imputabilidad moral el indispensable de la imputabilidad política.

NOCION Sociológica DEL DELITO

El positivismo pretendió demostrar que el delito es un fenómeno o hecho natural, resultado necesarios de factores hereditarios, de causas físicas y de fenómenos. Rafael Garófalo, un sabio del positivismo, definió el delito natural como la violación de los sentimientos de propiedad, en la medida media indispensable la adopción del individuo de la colectividad. Garófalo sentía una necesidad de observar algo e inducir de ello una definición, y no poder actuar sobre delitos no obstantes esa la materia de sub estudio y de definición digo haber observado los sentimientos; aunque está claro que se debe entender que se refiere a los sentimientos afectados por delitos pues las variantes de los delitos deberán traducirse en la variación de los sentimientos afectados pues no es posible serrar todas las puertas sin advertirlo, se afirma que el delito es la violación moral de los sentimientos y de propiedad de una gran población en la medida que es aceptable para la adopción de la adopción a la sociedad de haber una nación sociológica del delito, no llegaría hacer una noción de la naturaleza y k tendiera como el delito como hecho natural, que el hombre adopta para hacer una conducta

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