Tutela jurisdiccional efectiva
Enviado por Junior Siancas Paredes • 9 de Junio de 2023 • Apuntes • 2.579 Palabras (11 Páginas) • 53 Visitas
TEMA UNO: TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA
- Razón de solicitar la tutela jurisdiccional efectiva: El estado busca la armonía o paz social
- Fines del proceso civil: Finalidad abstracta (búsqueda de la paz) y finalidad concreta (resolución de conflictos)
- Antes de evocar la tutela jurisdiccional efectiva, se debe agotar todas las vías anteriores, en el que, si no encuentra solución, se recurre al estado, pero siempre que tenga una relevancia juridica
- FORMAS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
- Auto tutela: Genera problemas en la sociedad: Por lo tanto, descartada, prima el interés propio como tal
- Autocomposición: Solución por los mismos agentes del conflicto, las partes se ponen de acuerdo (Ej.: Conciliación)
- Heterocomposición: Las partes no pueden solucionar el conflicto; por tanto, se tiene que recurrir a un tercero imparcial, debido a que un tercero no se vincula con dichos intereses del conflicto, por ende, debe ser el juez quien resuelva de manera: Justa, razonable y socialmente aceptada, el cual debe tener legitimidad y competencia.
- Que significa que se sanea el proceso: que las etapas por las que se ha pasado están bien y dan paso a las demás como tal. Se revisa la relación jurídico procesal de las partes. Y con ello, puede llegarse a 03 respuestas:
- Válida -.
- Suspensión -.
- Nulidad -.
- La Naturaleza de la Pretensión puede ser: P. C. Contenciosos y P. C. No Contenciosos:
TEMA DOS: PROCESO CIVIL:
- Definición: Conjunto de actos debidamente concatenados y ordenados en el tiempo que realizan el órgano jurisdiccional y las partes (eventualmente el Ministerio Público y terceros) con el propósito de que mediante una resolución judicial con autoridad de cosa juzgada, se solucione de manera definitiva un conflicto intersubjetivo de interés.
- ACCION DE AMPARO: Si se vulnera un derecho por ambas instancias, la primera Juez de Paz Letrado y la segunda juzgado especializado (por lo cual no hay casación), entonces se puede recurrir a una Acción de Amparo.
- PROCESOS JUDICIALES:P. C. Contenciosos:
- Conocimiento: es largo, es un proceso oneroso
- Abreviado:
- Sumarísimo
- Cautelar:
- Ejecución:
- P. C. No Contenciosos: En los que no hay litis. El solicitante tiene que pagar doble arancel y se da en una audiencia única. Es mucho más rápido. Ej: Inventario de bienes o Rectificación de Partida de Nacimiento.
CLASES DE PROCESOS CIVILES:
- Cognición: Se declara la existencia o inexistencia del derecho. Acreditar el derecho, declara, a través del proceso judicial. Y de acuerdo a la materia y plazos se divide en:
- Conocimiento Propiamente dicho: Proceso Extenso -. Se tiene una demanda, luego una contestación (en caso no se plantee contrademanda), después se sanea el proceso, se admiten los puntos controvertidos y se fijan los medios probatorios. Cuando las pruebas solo son documentos: Juicio Anticipado, sin audiencia de pruebas.
- Abreviado: No tratan temas tan complejos como en el P. de Conocimiento, pero tampoco son temas de rápida actuación como en el p. sumarísimo. Es un proceso intermedio.
- Sumarísimo: Sólo existe una única Audiencia -. Se procede a sanear el proceso (concurren o no vicios que generan su nulidad o si está limpio, para seguir con la siguiente etapa). Luego, se cita a las partes, para llegar a una conciliación.
- Cautelar: Asegurar una prueba o el cumplimiento de la decisión efectiva que se expida en otro proceso principal, por el peligro que significa la demora del trámite en este proceso, Protege el resultado del proceso judicial. Ej: Disputa de un bien para evitar una futura venta. Además, es una forma de garantizar que el pronunciamiento de fondo no sea burlado y se concretice
- Ejecución: Tutela ejecutiva especial, no reconoce derecho, porque ya se encuentra reconocida, busca que se materialice que sea efectiva. El documento ya está determinado y se va a hacer valer el derecho
¿QUÉ SON LOS PRINCIPIOS EN UNA DETERMINADA MATERIA DEL DERECHO?
Son la base/ líneas directrices de las que se erige y soportan el ordenamiento procesal civil.
- Ideas Fundamentales
- Reglas o Normas orientadoras
- No escritas
- Base fundamental del derecho en una época determinada.
- Sustenta la esencia del proceso
- Privilegia valores vigentes en la sociedad al momento de su aplicación
- Permite al Juez decidir en justicia el caso concreto
- Fuentes subsidiarias.
Principios: Son mandatos de optimización. Los cuales trascienden
¿CUÁLES SON LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO PROCESAL CIVIL?
Principio de exclusividad y obligatoriedad de la función jurisdiccional: El Estado por medio de los jueces y obligados a someternos a sus decisiones.
El Poder Judicial es el único órgano jurisdiccional que puede brindar tutela jurisdiccional efectiva (poder deber para atender las pretensiones de los usuarios de justicia)
Principio de la independencia de los órganos jurisdiccionales: Soberanía del Juez. Sin embargo el Juez se encuentra sometido a la Constitución y a la ley, pero sí goza de independencia para resolver los casos que se le presenten.
Principio de Imparcialidad de los órganos jurisdiccionales: Impartial “no es parte”. Es neutral sin favorecer a las partes.
Principio de contradicción o audiencia bilateral: Todo con conocimiento de partes.
Principio de publicidad: No se realiza sin convocar a una de las partes, se debe convocar a ambas partes. Por ello, se realiza en escenario de los interesados. En pos de que un proceso no permanezca constante en el tiempo y de la negligencia de las partes.
Principio de obligatoriedad de los procedimientos establecidos por ley: Refiere a las normas imperativas o de obligatorio cumplimiento.
Principio de Motivación de las Resoluciones Judiciales: Garantía en la Administración de Justicia.
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