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La Responsabilidad Del Estado


Enviado por   •  25 de Abril de 2013  •  2.829 Palabras (12 Páginas)  •  347 Visitas

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La responsabilidad del Estado se basa en el principio de que todo daño causado ilícitamente por el debe ser reparado. Mientras que La responsabilidad internacional del Estado es el conjunto de relaciones jurídicas que nacen en Derecho Internacional Público del hecho internacionalmente ilícito cometido por un Estado. También lo de las personas o entidades que, sin ser órganos del Estado, estén facultadas por el Derecho interno para ejercer atribuciones del poder público y actúen en el ejercicio de dicha capacidad. El Estado será responsable por los hechos cometidos por particulares bajo sus instrucciones o control, o si reconoce, ampara o comparte la actuación de aquéllos. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, otorga a los Acuerdos, Convenios, Tratados, entre otros, suscritos y ratificados por Venezuela, la jerarquía constitucional, razón por la cual goza de preeminencia respecto al Derecho Interno. Al respecto, es importante señalar que el a los artículos 19 y 23 de la Carta Magna.

En este orden de ideas el artículo 19, se refiere a que el Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad sin discriminación alguna, del mismo modo, le da el privilegio de que toda persona debe gozar y ejercer de forma irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. También alude al respeto y a las garantías que son obligatorio cumplimiento para los órganos del Poder Público venezolano, conforme a la Constitución, a los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y de igual manera leyes que salgan del seno de éstos y puedan ser desarrolladas.

En cuanto al artículo 23 de la Carta Magna de 1999, establece que Venezuela se compromete a convenir tratados, pactos y convenciones relativas a derechos humanos, que son suscritos y ratificadas por la Nación venezolana, por lo que éstos poseen jerarquía constitucional y en todo caso, predomina sobre el ordenamiento jurídico interno del país. Estas disposiciones serán cristalizadas en la medida en que cada país haya convenido asumir como obligación en su carta política y sea capaz de adoptar las diferentes medidas conforme a su derecho interno

Estas relaciones se dan entre el Estado infractor, por un lado, y el Estado perjudicado, una pluralidad de Estados o la comunidad internacional en su conjunto. Por ejemplo, cuando Colombia invadió el territorio ecuatoriano y lo bombardeó para atacar a las FARC. Se eliminó a Raúl Reyes, el segundo hombre más importante de las FARC (Fuerzas Armadas Revolucionaria de Colombia), y a otros 20 guerrilleros, “vista de que ha habido una ruptura unilateral de los convenios” . La responsabilidad del Estado Es uno de los principios más profundamente arraigados en la doctrina y uno de los mejores confirmados en la jurisprudencia. La negación de este principio reduciría a la nada al Derecho Internacional, ya que de no admitirse la responsabilidad por hechos ilícitos se negaría también la obligación de los Estados de comprometerse y cumplir los pactos.

Se trata de una materia regulada fundamentalmente por el Derecho consuetudinario pero que ha sido objeto de la atención de la Comisión de Derecho internacional (CDI). Los casi cuarenta años de trabajo del organismo resultaron en un Proyecto de Artículos sobre Responsabilidad del Estado por Hechos Internacionalmente ilícitos, adoptados por la CDI el 9 de agosto de 2001 La Asamblea General de las Naciones Unidas, el 12 de diciembre de ese mismo año, costa de 59 artículos lo remitió a la atención de los Estados. El artículo 1 del proyecto de la CDI (Comisión de Derecho internacional) enuncia el principio fundamental de que la responsabilidad se deriva de todo hecho internacionalmente ilícito realizado por un Estado. Por lo tanto, en virtud de la comisión del hecho nace la serie de relaciones jurídicas que conforman la responsabilidad internacional.

El proyecto de la Comisión de Derecho internacional recoge las medidas que pueden adoptar los Estados ante la violación de una obligación internacional para asegurar que el Estado infractor cumple las obligaciones que conforman el contenido de la responsabilidad.

Las modalidades de la responsabilidad internacional tienen que ver con la derivada de los actos de los movimientos de insurrección. En este caso, si los actos constitutivos de una responsabilidad internacional provienen de un movimiento de insurgencia, el Estado no será responsable si ha tomado la debida diligencia para prevenirlos o evitarlos. Si el grupo insurrecto llega a constituir un gobierno de facto será responsable de todos sus actos, aun de aquellos cometidos antes de su victoria, ya que se interpreta que ya tenía cierta representación. Por ejemplo: Golpe de Estado en Honduras, acusados de abuso de autoridad y expatriación del ex presidente Manuel Zelaya derrocado por un golpe de Estado en junio de 2009.en el cual todos los países de américa latina se pronunciaron en contra de esos hechos inconstitucionales. El artículo 48 del proyecto de la Comisión de Derecho internacional afirma que un Estado podrá invocar la responsabilidad de otro, aunque no pueda entenderse lesionado. Podrá, en primer lugar, si la obligación existe en relación con un grupo de Estados del que el Estado invocante forma parte y ha sido establecida para tutelar un interés colectivo del grupo; en segundo lugar, si la obligación existe frente a la comunidad internacional: es decir, obligaciones erga omnes en sentido estricto. Como ejemplos de esto cabe destacar la prohibición de los actos de agresión y genocidio, el cumplimiento de los "principios y normas relativos a los derechos fundamentales del ser humano, incluida la protección contra la esclavitud y la discriminación racial"; también el derecho de los pueblos a la libre determinación.

En estos casos cabe invocar la responsabilidad y solicitar la cesación de la conducta y la reparación de los daños, pero no pueden adoptarse contramedidas, sino sólo aquellas medidas que serían lícitas en todo caso.

Es importante para la carrera de administración de desastre el reconocimiento de este conjunto de derechos como de especial importancia para el desarrollo del ser humano ha formado parte de un proceso histórico que se inicia principalmente con la aprobación en diversos Estados de una serie de documentos en los cuales se establece una relación de determinados derechos que son considerados como anteriores y superiores al Estado su responsabilidad internacional, el que a su vez se encuentra obligado a garantizarlos y protegerlos.

Perspectiva es una expectativa de una suposición centrada al futuro.

Es el camino hacia donde la consolidación de nuestras ideas, sueños metas, sacrificios, se cumpla en un corto plazo. perspectiva latinoamericana.

El proceso

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