LEGISLACION MONETARIA Y FINANCIERA
Enviado por LMunoz7 • 11 de Octubre de 2013 • 15.783 Palabras (64 Páginas) • 608 Visitas
TEMA I
Concepto, Historia y Formación de los Bancos
1.1 Concepto Actual de Banco
El concepto actual de banco es distinto del que tenía en su origen. Eso se aplica si se
tiene en cuenta la evolución experimentada en sus funciones a través del tiempo. Los
bancos que en su primera época fueron intermediarios del tráfico monetario, se han
convertido en la actualidad en intermediarios de las operaciones de crédito, aunque en
forma accesoria realicen también actividades relacionadas con el cambio de monedas. Esta
diversidad de funciones determina el carácter de los bancos determina el carácter de los
bancos antiguos y el de los bancos modernos.
Origen de La Expresión Banco
Generalmente se cree que banco deriva del mueble usado por los comerciantes en moneda de
la edad media para efectuar sus operaciones de cambio. Se dice también que cuando estos
negociantes no podían cumplir con sus obligaciones se les destruía su banco y de ahí
proviene el término banca rota.
En realidad la expresión banco tiene su origen en los empréstitos públicos contraídos por
las ciudades italianas al comienzo del siglo XII. En efecto, los empréstitos públicos
fueron denominados monti en Italia, que significa fondo común. En aquel entonces los
germanos, que tenían una gran influencia en Italia comenzaron a designar el fondo común,
constituido por las contribuciones de varias personas, con la expresión Bank, juntamente
con el equivalente vocablo Monte. Al poco tiempo Bank fue italianizado en Banco y la
acumulación de empréstitos públicos fue llamada indiferentemente Monte o Banco.
1.2 Definicion de Derecho Bancario
Es el conjunto de normas jurídicas reguladoras de las relaciones entre particulares
y entre las autoridades reguladoras de las relaciones entre particulares y entre las
autoridades, nacidas del ejercicio de la actividad crediticia y bancaria, o asimiladas
a éstas y aquéllas, en cuanto a su disciplina jurídica y evolución judicial y
administrativa.
Es el conjunto normativo, jurisprudencial y doctrinal que regula la estructura y
funcionamiento de las Entidades de Crédito bancarias o entidades de depósito, así
como las operaciones realizadas con el público en general, incluidos sus clientes, y con
otras Entidades de Crédito. Además de la banca oficial y privada, el Derecho bancario se
aplica a las cajas de ahorro y a las cooperativas de crédito. Se integra, fundamentalmente,
por normas de Derecho administrativo, mercantil, civil y fiscal. En este sentido, cabe
distinguir entre un Derecho público bancario (relativo a las normas constitucionales,
administrativas y fiscales), y un Derecho privado bancario (referente a las normas
civiles y mercantiles). Es una parte del Derecho de las Entidades de Crédito, que se
dedica a regular no sólo las Entidades de Crédito bancarias, sino también las Entidades
de Crédito no bancarias o Entidades de Crédito de ámbito operativo limitado (como las
entidades de financiación, las sociedades de crédito hipotecario y otras).
1.3 Fuentes del Derecho Bancario (Rep. Dom.)
En nuestro país las fuentes del derecho bancario se encuentran en:
• La Constitución de la Rep. Dom. En esta se menciona de la unidad monetaria y las
funciones de la Junta Monetaria.
• El Derecho Comercial, el Derecho Civil, y el Derecho Administrativo, especialmente de
las actividades bancarias que están ligadas por el Derecho Comercial, el Derecho Civil y
el Derecho Administrativo.
• Por el conjunto de leyes especiales, que constituyen lo que se conoce con el nombre
de "Legislación Monetaria, Bancaria y Financiera de la Rep. Dom." Ejemplos:
• Ley Monetaria # 1528 d/f 09-10-1966
• Ley Orgánica del Banco Central #6142-1962
• Ley General de Bancos #208, d/f 14-04-1965, ente otras
• Las decisiones de los organismos rectores de la actividad bancaria. Ejemplo:
• Junta Monetaria del Banco Central
• Superintendencia de Bancos
• El Banco Nacional de la Vivienda, etc.
En cuanto a la Junta Monetaria, como función el Poder Reglamentario de fijar las
prescripciones de orden general que se aplica a todas las instituciones financieras,
esta se ha convertido en la principal fuente del derecho bancario dominicano.
La Superintendencia de Bancos, creada por la 708 del 1965 su función principal es velar
por la aplicación y administración de régimen legal de los bancos.
Los usos y costumbres
En derecho bancario, como en derecho comercial, los usos generalmente utilizados, tiene
el valor y la convención tácita.
Las fuentes internacionales
En materia bancaria las convenciones internacionales, aunque son pocas, tiene una gran
importancia.
1.4 Concepto de Ciencia Bancaria y Técnica Bancaria
Ciencia Bancaria: es el conjunto de conocimientos sobre los bancos y sistemas bancarios
sistemáticamente estructurados obtenidos mediante la observación de patrones regulares,
de razonamientos y de experimentación en ámbitos específicos, de los cuales se generan
preguntas, se construyen hipótesis, se deducen principios y se elaboran leyes generales
y esquemas metódicamente organizados sobre los bancos y sistemas bancarios.
La técnica bancaria contribuye a la solución de los múltiples problemas que surgen de
las operaciones de los bancos y presta importante servicio al desarrollo del derecho
bancario, porque: suministra el elemento practico indispensable para las operaciones de
la norma jurídica aplicable a la materia bancaria.
1.5 / 1.6 Historia
Hay registros existentes de préstamos en Babilonia durante el Siglo XVIII a. C.,
realizados por sacerdotes del templo a los comerciantes. Los trapezitas eran los
banqueros en la antigua Grecia. Trapeza era la mesa detrás de la que estaban en
las tiendas, a veces destinadas a otro tipo de actividad comercial, pero muy a menudo
a las transacciones
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