Conflicto De Leyes
Enviado por karlitim • 12 de Enero de 2014 • 1.367 Palabras (6 Páginas) • 373 Visitas
CONFLICTOS DE LEYES
Se entiende por conflicto de leyes cuando dentro de la legislación de un país, o territorio determinado, existe concurrencia entre dos o más normas de Derecho Positivo, es decir, que exista conflicto entre si, o que cuya aplicación y cumplimiento simultáneo resulta imposible, ya que las disposiciones de las mismas se contradicen. Para que exista conflicto de leyes es necesario que las disposiciones normativas regulen la misma materia y que contengan la misma jerarquía normativa, también que estas sean expedidas por la misma autoridad legislativa, y que cuyo ámbito espacial de vigencia haya iniciado en la misma fecha. También se dice que hay conflicto de leyes cuando existe incompatibilidad entre lo que dice una ley y otra, en lo referente siempre a un mismo tema, pero siempre teniendo la misma vigencia y provengan del mismo poder legislativo. La ley es de naturaleza histórica, por lo que tiene un tiempo en el que rige y un espacio en que se aplica. Toda ley tiene un ámbito temporal y un ámbito espacial de vigencia. Esto significa que sólo obliga por cierto tiempo y en determinada porción de espacio.
CONFLICTOS DE LEYES EN EL TIEMPO
Es regla jurídica general que en uno de sus artículos transitorios se indique el tiempo de la iniciación formal, a este momento se le denomina vigencia de la ley, sin embargo, salvo algunas excepciones no aparece el momento relativo a su fin o su extinción, como tampoco aparece criterios de interpretación sobre el ámbito temporal de su validez. La doctrina trata los siguientes aspectos relativos a este tema:
Iniciación de la vigencia
: Tiempo o fecha indicada en una ley para iniciar los efectos deseados por la norma publicada.
Fin de la vigencia
: Por regla general no aparecen artículos transitorios relativos a su extinción, porque cada generación que produce un documento formal y solemne considera que regirá para siempre.
Derogación
: Procedimiento legislativo que extingue la validez formal de una norma o de un capítulo de la ley, dejando con existencia y validez formal el resto del cuerpo de la ley.
Abrogación
: Procedimiento legislativo que extingue el cuerpo total de una ley determinada.
El Desuso o Costumbre Derogatoria
: En nuestro sistema jurídico legal carece de fuerza legal. El principio jurídico que se aplica para su descalificación se refiere a que contra la observancia de ley no puede alegarse desuso, costumbre o práctica en contrario.
CONFLICTO DE LEYES EN EL ESPACIO
Los conflictos de leyes en el espacio no se trata únicamente de inquirir que ley debe aplicarse en tal o cual lugar sino de saber si a una cierta persona debe aplicarse su propia ley o la extranjera. Estos conflictos se reducen siempre a establecer el carácter territorial o extraterritorial de determinado precepto.
En principio, las leyes vigentes en un estado se aplican dentro del territorio del mismo. En ciertos casos se admite la posibilidad de que la ley obligatoria en el territorio de un estado se aplique fuera de él, o la de la que la ley extranjera tenga aplicación en el nacional.
Debido a que la actividad de las personas no siempre se desarrolla dentro del ámbito espacial del estado al que pertenecen, sino que pueden ser en territorio extranjero, en relación con personas de distinta nacionalidad o bienes ubicados en el extranjero, surgen cuestiones pertenecientes a la autoridad extraterritorial o territorial de las diversas normas.
TEORIA DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS.- Suele considerarse a Merlín como el expositor más brillante de este doctrina. Según el citado jurista, una ley es retroactiva cuando destruye o restringe un derecho adquirido bajo el imperio de una ley anterior. No lo es en cambio, si aniquila una facultad legal o una sim ple expectativa. La tesis gira alrededor de tres conceptos fundamentales, a saber: el de derecho adquirido, el de facultad y el de expectativa. “Derechos adquiridos son aquellos que han entrado en nuestro dominio y, en consecuencia, forman parte de él y no pueden sernos arrebatados por aquel de quien los tenemos.” Como ejemplo de derechos adquiridos cita Merlín el caso de los derivados de la celebración de un contrato, algunas veces la ley no crea derecho0s a nuestro favor, si no que nos concede determinadas facultades legales, que solo se transforman en
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