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Derecho Laboral, Relaciones Laborales


Enviado por   •  7 de Febrero de 2012  •  937 Palabras (4 Páginas)  •  971 Visitas

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Repaso derecho laboral

Terminación de las relaciones laborales

1. Tiene que haber un mutuo consentimiento

2. Muerte del trabajador

3. Determinación de la obra o vencimiento del término

4. Muerte del patrón

5. Incapacidad física o mental

Eximido de obligación de reinstalar al trabajador:

1. El patrón no esta obligado a reinstalar al trabajador que haya despedido si la relación de trabajo es menor a un año.

2. Si es trato directo (ej: si golpe a su jefe)

3. Trabajadores de confianza si la rompe no se puede reinstalar, nomas puede reclamar la indemnización.

4. Trato domestico

5. Trabajadores eventuales (1 obra o tiempo determinado)

Si la relación de trabajo fuera por tiempo determinado (1 año) tiene derecho a una cantidad igual al importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados.

• Si es mayor de 1 año será igual al importe de los salarios de 6 meses por el 1er año y 20 dias por c/u de los siguientes años.

• Por tiempo indeterminado indemnización de 20 días de salario

• 3 meses en caso de despido eso le corresponde de salarios caídos, y se debe de pagar por lo que dura el servicio

Jornadas de trabajo: tiempo en el que el trabajador esta a disposición del patrón

Nadie tiene que trabajar más de 8 hrs

Hay 3 tipos de turnos: diurno: 6am – 8 pm, nocturno: 8pm- 6am, mixto: cuando trabajas en el turno diurno y nocturno pero no puede ser mas de 3 hrs y media en el nocturno, 6am-11:30pm

Duración de las jornadas:

Diurna: 8 hrs nocturna: 7 hrs mixta: 7: 30 hrs

o 7:00 am – 3:00pm= tiene media hrs de descanso para comer

o Si come dentro del area de trabajo se le paga

o Si se les da comida en el trabajo puede que aumente el salario (prestaciones)

o A la semana se trabajan 48 hrs

o 25 % por la prima dominical

o Se tiene que descansar 1 de cada 6

Días de descanso obligatorios por la ley

1° enero

1° lunes de febrero

3° lunes de marzo

1° de mayo

Salario: retribución que paga el patrón al trabajador por su trabajo

El salario puede cobrarse por:

Unidades de tiempo precio alzado

Unidades de obra, por comisión u otras

- El salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.

Mínimo generales: para todos los trabajadores que no tengan oficio

Mínimo profesionales: todos los que tengan profesión, estudio

• Se debe pagar directamente al trabajador

• El salario solamente puede ser embargado por disposición oficial

Multas que puede hacerle el patrón al trabajador --El patrón no debe multar al trabajador

- Los descuentos en los salarios de los trabajadores, están prohibidos salvo en los casos

y con los requisitos siguientes:

- Pago de deudas contraídas con el patrón por anticipo de salarios, pagos hechos con exceso al trabajador, errores, pérdidas.

- Pago de la renta a que se refiere el artículo

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