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ENSAYO DE LOS TEMAS 1 Y 2 DEL PROGRAMA


Enviado por   •  5 de Abril de 2016  •  Ensayo  •  2.037 Palabras (9 Páginas)  •  562 Visitas

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ENSAYO DE LOS TEMAS 1 Y 2 DEL PROGRAMA

INTRODUCCION

EN ESTE ENSAYO HABLAREMOS ACERCA DE LOS FUNDAMENTOS Y EVOLUCION HISTORICA DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO, DE LOS SUJETOS DEL DIP, EL RECONOCIMIENTO JURIDICO INTERNACIONAL ASI TAMBIEN MENCIONAREMOS LA RELACION  DEL  DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO CON OTRAS CIENCIAS.

POR LO CONSIGUIENTE, TAMBIEN INDICAREMOS LOS PUNTOS QUE NOS SEÑALAN LAS FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO Y  LOS TRATADOS Y LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES ENTRES OTROS PUNTOS ACERCA DERECHO INTERNACIONAL.

DESARROLLO

CONCEPTO DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO:

Son reglas de conductas que rigen el comportamiento de los sujetos de ese orden jurídico, dentro del cual se imponen deberes y se atribuyen derechos.

RASGOS PARTICULARES DEL DIP:

Constituye un sistema jurídico particular. Se diferencia de los ordenamientos jurídicos nacionales por tener su propia estructura, un objeto de regulación, modos de creación de las normas  y su aplicación.

El derecho internacional público regula  relaciones internacionales, las cuales sobrepasan el ámbito de los límites de un Estado y como sujetos esenciales a otros individuos.

LA RELACIÓN DEL DERECHO INTERNANICONAL PUBLICO CON OTRAS DISCIPLINAS: es de considerar que en la práctica de los Estados no se presentan de hecho ningunas discusiones sobre la naturaleza jurídica de las normas del derecho internacional, pues existe vinculación del derecho internacional con otra disciplina, por lo que se observa la relación con las ciencias Sociales, en particular con otras disciplina jurídicas y con las Ciencias Políticas. Es evidente la relación del DIP con las ciencias políticas partiendo del criterio de que la política es también el arte de organizar la vida y la convivencia de la comunidad internacional.

También existe la relación con el derecho Penal, este se percibe mediante las normas que determinan la competencia de los distintos estados en la represión de los delitos como la piratería y las instituciones que nacen de las relaciones de esta índole, mencionándose el asilo, la extradición.

EVOLUCION HISTORICAS

En la antigüedad del Derecho Internacional existen diversidades de discusiones a nivel científicas sobre su existencia o no, lo que forma diferentes criterios para establecerse los periodos históricos de esta disciplina, algunos autores de la escuela soviética de los países socialista relacional la historia del derecho internacional como parte orgánica  de la historia de la sociedad clasista, parten de la división en periodo del derecho internacional, según esta debe estar cimentada en los mismos criterios de división de la historia general. Por estas razones ellos parten desde diferentes periodos, tales como (1) el derecho internacional esclavista, (2) el derecho internacional deudal, (3) el derecho internacional burgués y (4) el derecho internacional contemporáneo, es decir derecho del periodo de transición del capitalismo al socialismo.

EL ESTADO COMO SUJETO DEL DERECHO INTERNACIONAL.

Se dice que las normas del derecho internacional están llamadas a regular preferiblemente relaciones entre Estados. Entonces en la convención de Montevideo del año 1939 sobre derechos y deberes de los estados figura en sus contextos que un estado, como persona de derecho internacional, debía poseer una población permanente, un territorio definido, un gobierno y la capacidad para establecer relaciones con otros estados.

SUBJETIVIDAD DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES

En este principio es relativo, debido a que estas organizaciones interestatales se expandieron y se desarrollaron considerablemente en el siglo XX. Se dieron a conocer entre el autor contemporáneo dedicado al estudio del derecho internacional subsistente ciertas diferencias sobre subjetividad de las organizaciones internacionales, pues existen organizaciones interestatales creadas directamente por un acuerdo celebrado entre estados, por lo que la subjetividad internacional de numerosas uniones y organizaciones internaciones no gubernamentales no surgen puesto que sus creadores no pueden dotar de derecho y deberes en las relaciones internacionales a esas uniones internacionales, pues existen  organizaciones interestatales creadas directamente por un acuerdo celebrado entre estados, por lo que la subjetividad internacional de numerosas uniones y organizaciones internacionales no gubernamentales no surgen, puesto que sus creadores no pueden dotar de derecho y deberes en las relaciones internacionales a esas uniones internaciones que han hecho, debido a que no lo poseen.

DEL RECONOCIMIENTO

Un reconocimiento es lo que usted acepta como algo real, cierto y con derecho de responsabilidades, es cuando se expresa generalmente la voluntad del que reconoce de entrar en relaciones oficiales con la entidad reconocida. Es un caso unilateral, el cual uno o más Estados constatan el surgimiento de un nuevo Estado, el establecimiento de un nuevo gobierno por la vía constitucional o la aparición de una nueva formación o entidad política en un país determinado.

Existen diferentes clases de reconocimiento; el de Estado a través del cual se constata que ha surgido en el status internacional una nueva formación soberana; reconocimiento de gobierno, éste  se presenta cuando un Estado ya existente llega al poder un nuevo gobierno mediante procedimiento a la orden constitucional; reconocimiento de Beligerantes e Insurrectos, éste tipo, la doctrina y la práctica admiten a otras clases de reconocimientos, pues este tipo surge cuando una parte de la población de un determinado Estado se subleva contra el gobierno, entre otros.

FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

En Derecho Internacional Público se reconoce como fuente a los modos de formación del mismo derecho, siendo esta la forma de nacimiento del derecho, se pueden considerar como fuente formales a los modos típicos de manifestación, las formas peculiares de expresión de las normas jurídicas a través de una instancias humana competente.

La fuente del derecho internacional, es la manera de surgimiento de las normas del derecho internacional, las formas que existen  de las normas creadas como resultado del acuerdo entre Estados.

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