Ensayo De Obligaciones
Enviado por lizchavesmena • 28 de Marzo de 2014 • 1.246 Palabras (5 Páginas) • 305 Visitas
Cuasicontratos.
A continuación se encuentra la figura jurídica del cuasicontrato, considerado como fuente de obligaciones y que se remonta al derecho romano. Se decía que el cuasicontrato se ofrece de manera definitiva como fuente de obligaciones en las instituciones justinianeas, apareció en dichas instituciones junto con: Los delitos, los contratos los cuasidelitos y la ley en forma directa y unilateral otorgándole así su característica de ser una fuente más de obligación.
Entonces en el derecho romano se establecieron una serie de situaciones calificadas como cuasicontratos; dentro de las cuales encontramos:
Aceptación de una herencia, que podía crear deberes del heredero a favor de legatarios.
Aceptación de un legado, que podía crear deberes del legatario a favor de un fideicomisario.
La copropiedad nacida de circunstancias ajenas a un acuerdo de voluntades de los copropietarios, como legado, herencia o donación
Aceptación de la tutela, que creaba deberes a cargo del tutor y a favor del incapaz, donde lógicamente faltaba el consentimiento del incapaz.
El derecho romano menciona las siguientes figuras principalmente:
Negotiorum gestio que se refiere a la gestión de negocios.
Communio incidens que quiere decir administración de cosa en común.
Condictiones que hace referencia al enriquecimiento injustificado.
En la actualidad se encuentra que esta figura del cuasicontrato ha sido discutida desde comienzos del derecho romano en el sentido de si constituye o no fuente de obligación. Varios autores han discutido la naturaleza y aplicación del término, lo que ha creado una fuerte polémica al respecto. Por el momento, nos limitaremos a definir lo que se conoce y ha sido aceptado mayoritariamente por cuasicontratos como fuentes de obligaciones.
El cuasicontrato se puede decir que es actos lícitos, voluntarios en los que no es necesario mediar convención expresa y producen obligaciones, a veces, recíprocamente entre las partes; otras, solo respecto a uno de los interesados, y otras veces en beneficio de una tercera persona.
Dentro del código civil nacional se mencionan las siguientes características de los cuasicontratos:
Debe ser un acto lícito, voluntario, no debe haber existencia de convención expresa, este puede ser aprovechado o puede perjudicar a un tercero y como consecuencia debe producir obligaciones.
La peculiaridad más grande de esta fuente de obligaciones es que no debe de tener un convenio escrito entre las partes.
Nace la polémica con los cuasicontratos ya que muchos juristas se cuestionan si estos son portadores de obligaciones para las personas. Se puede mencionar para entender mejor la noción de fuente de obligación de la siguiente manera:
Son fuentes de las obligaciones todos los hechos jurídicos de los que éstas se originan o nacen, es decir, los hechos a los que el derecho objetivo reconoce esta virtualidad vinculante. Hecho jurídico se explica así: Todo aquel fenómeno temporal importante para el derecho, sea evento o comportamiento, relevante o eficaz, casual o eventual.
La gestión de negocios:
Se define la gestión de negocios entonces según el código civil en el artículo 1295: Cuando una persona voluntariamente maneja los negocios de otra persona, puede ser que el propietario conozca de la gestión, puede ser que la ignore, y tiene la característica que el que lo ejerce está obligado a continuarla si de no hacerlo puede resultar un daño al dueño del negocio que se está administrando.
Esta figura es un cuasicontrato que consiste en ocuparse de los negocios ajenos sin obligación de hacerlo y sin convenio.
Es indispensable la gestión o administración de un negocio.
La no existencia de un mandato que obligue a realizar la gestión.
El negocio debe ser ajeno y no propio.
Dicho negocio debe ser lícito y no debe haber prohibición del interesado.
Otra característica importante y esencial es que no debe haber una voluntad manifiesta
...