Estudio Titulos Juan Feliu
Enviado por BESOTESTIERNOS • 30 de Julio de 2014 • 10.647 Palabras (43 Páginas) • 330 Visitas
RESUMEN LIBRO MANUAL DE ESTUDIO DE TITULOS DE DON JUAN FELIU
CONCEPTO GENERICO DE TITULOS
Diferencia entre la palabra Titulo en sentido genérico y en sentido Jurídico:
TITULO en sentido genérico Es el documento en que consta el derecho a una hacienda o predio
TITULO en sentido jurídico: Es el antecedente el acto o contrato que fundamenta y valida la tradición.
DOCUMENTOS QUE FORMAN LOS TITULOS (Párrafo 2do)
2 PRINCIPIOS BASICOS que reglamentan y organizan el dominio de los inmuebles (propiedad inmobiliaria):
PRINCIPIO NUMERO 1:
LOS ACTOS Y CONTRATOS POR LOS QUE SE TRANSFIERE
EL DOMINIO DE LOS BIENES RAICES COMO LO SON LA:
LOS ACTOS O CONTRATOS POR LOS QUE SE CONSTITUYE ALGUN DERECHO REAL SOBRE
ELLOS COMO LO SON:
DEBEN OTORGARSE POR ESCRITURA PÚBLICA
PRINCIPIO NÚMERO 2
LA TRADICION COMO MODO DE ADQUIRIR DOMINIO ENTRE VIVOS Y LOS DEMAS DERECHOS REALES SOBRE LOS INMUEBLES Y LOS QUE SIRVEN PARA DISPONER DE LOS INMUEBLES ADQUIRIDOS POR SUCESION HEREDITARIA DEBEN
DOCUMENTOS QUE ACREDITAN ORDINARIAMENTE EL DOMINIO DE BIENES RAICES SON:
LAS COPIAS DE LAS ESCRITURAS PUBLICAS EN QUE SE OTORGO EL TITULO (MATRIZ DE LA ESCRITURA EN PROTOCOLO)
COPIAS DE LAS CORRESPONDIENTES INSCRIPCIONES CONSERVATORIAS EN SUS REGISTROS PARCIALES: EL DE PROPIEDAD
EL DE HIPOTECAS Y GRAVAMENES
INTERDICCION Y PROHIBICIONES DE
ENAJENAR.
LOS DOCUMENTOS QUE SE ESTUDIAN Y FORMAN PARTE DE LOS TITULOS
SON LAS COPIAS AUTORIZADAS DE LAS ESCRITURAS
COPIAS AUTORIZADAS DE INSCRIPCIONES DE NOTARIOS Y CONSERVADORES
QUE ESTOS DEBEN DE GUARDAR EN LOS REGISTROS RESPECTIVOS SEGÚN ART 435COT Y 49 DEL REGLAMENT DEL REGISTRO CONSERVATORIO.
SEGÚN EL ART 304 DEL CODIGO CIVIL “el estado civil es la calidad de un individuo, en cuanto le habilita para ejercer ciertos derechos o contraer ciertas obligaciones civiles”
ESTA CALIDAD ES IMPORTANTE PARA DETERMINAR SI EL DUEÑO PUEDE DISPONER DEL INMUEBLE POR SI MISMO O SI REQUIERE EL MINISTERIO O AUTORIZACION DE OTRA PERSONA PARA GRAVARLO O ENAJENARLO
SE DEBE DE SABER SI ES MAYOR O MENOR DE EDAD
SI ES SOLTERO
CASADO
VIUDO
SI CONTRAJO MATRIM. EN REGIMEN DE SOCIEDAD CON
YUGAL. O SI PACTO SEPARACION DE BIENES Y SI ESTO LO
HIZO ANTES O DESPUES DE ADQUIRIR EL DOMINIO
SON IMPORTANTES EN ESTA MATERIA LOS ARTICULOS 305 Y 309 DEL CODIGO CIVIL QUE ESTABLECEN COMO SE ACREDITARAN FRENTE A TERCEROS LOS ESTADOS CIVILES DE DE CASADO, SOLTERO Y DE PADRE MADRE O HIJO RESPECTIVAMENTESE ACREDITARA FRENTE A TERCEROS POR LAS RESPECTIVAS PARTIDAS DE MATRIMONIO
, MUERTE,
NACIMIENTO O BAUTISMO.
ES IMPORTANTE TENER PRESENTE QUE LOS
CERTIFICADOS DE MATRIMONIO Y DEFUNCION ACREDITAN QUE UNO DE LOS CONYUGES FALLECIOPERO NO PRUEBAN QUE EL SOBREVIVIENTE NO CONTRAJO SEGUNDAS NUPCIAS EL HECHO NEGATIVO DE PERMANECER VIUDO Y NO HABERSE CASADO NUEVAMENTE SE ACREDITA CON DECLARACION JURADA DE TESTIGOS ANTE NOTARIO Y QUEDAN AFECTAS AL DELITO DE PERJURIO DEL ART. 210 DEL CODIGO PENAL.
EL ESTADO CIVIL DE PADRE MADRE O HIJO
TAMBIEN SE PODRA ACREDITAR O PROBAR POR:
LA INSCRIPCION O SUBINSCRIPCION DE L ACTO DE RECONOMIMIENTO
FALLO JUDICIAL QUE DETERMINA LA FILIACION
A FALTA DE LOS ANTERIORES SOLO X JUICIO DE
FILIACION
EDAD Y MUERTE SE ACREDITAN POR LAS PARTIDAS NACIMIENTO
BAUTISMO
MUERTE
ART 309 CC ESTABLECE QUE A FALTA DE PARTDA DE MATRIMONIO SE SUPLIR OPODRA PROBAR
OTROS DCTOS AUTENTICOS
POR DECLARACIONES DE TESTIGOS QUE HAYAN
PRESENCIADO LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO
POR LA NOTORIA POSESION DE ESE ESTADO CIVIL
7.-CERTIFICADOS DEL NÚMERO:
En estos certificados la Municipalidades dejan constancia del numero asignado al inmueble en la calle respectiva.Este certificado es importante cuando el numero cambio o no figura en la inscripción conservatoria.
Certificado de informaciones previas Es emitido por la dirección de Obras municipales y contiene las condiciones aplicables al predio de acuerdo
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