ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Fuentes De Las Obligaciones


Enviado por   •  10 de Noviembre de 2012  •  1.579 Palabras (7 Páginas)  •  579 Visitas

Página 1 de 7

OBLIGACIONES

DEFINICIÓN DE OBLIGACIÓN.- ES UNA RELACIÓN JURÍDICA POR VIRTUD DE LA CUAL UN SUJETO LLAMADO ACREEDOR ESTÁ FACULTADO PARA EXIGIR A OTRO DENOMINADO DEUDOR, UNA PRESTACIÓN O UNA ABSTENCIÓN.

ELEMENTOS DE LA OBLIGACION

SUJETOS.- SON LAS PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LA OBLIGACIÓN, PUDIENDO SER INDISTINTAMENTE FÍSICAS O MORALES Y SE DENOMINAN SUJETO ACTIVO Y PASIVO, SEGÚN SEA ACREEDOR O DEUDOR, EL PRIMERO ES EL TITULAR DE LA OBLIGACIÓN Y EL SEGUNDO ES EL OBLIGADO AL CUMPLIMIENTO DE LA MISMA.

RELACION JURIDICA.- ES LA FACULTAD QUE TIENE EL ACREEDOR PARA EXIGIR AL DEUDOR QUE CUMPLA CON EL OBJETO DE LA OBLIGACIÓN.

OBJETO.- SE CONOCE COMO OBJETO DE LA OBLIGACIÓN, AQUELLA QUE PUEDE EXIGIR EL ACREEDOR AL DEUDOR Y SE CARACTERIZA COMO UNA PRESTACIÓN O BIEN UNA ABSTENCIÓN, ES DECIR, ES EL COMPORTAMIENTO POSITIVO O NEGATIVO QUE EN FAVOR DEL ACREEDOR DEBE REALIZAR EL DEUDOR.

FUENTES DE LAS OBLIGACIONES

CON EL TÉRMINO FUENTE SE TRATA DE DESIGNAR DE DÓNDE NACEN LOS DERECHOS QUE DAN ORIGEN A LAS OBLIGACIONES, ÉSTO ES, LA FACULTAD DEL ACREEDOR PARA EXIGIR AL DEUDOR EL CUMPLIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN.

CONTRATO.- ES UN ACUERDO DE DOS O MÁS VOLUNTADES PARA CREAR Y TRANSMITIR DERECHOS Y OBLIGACIONES.

ACTOS ILICITOS.- SON LAS ACCIONES U OMISIONES PROHIBIDAS POR LAS LEYES PENALES O CIVILES Y QUE GENERAN OBLIGACIONES PARA EL INFRACTOR.

LA LEY.- ES LA NORMA JURÍDICA QUE CREA DERECHOS Y OBLIGACIONES A LAS PERSONAS QUE ESTÁN OBLIGADAS A RESPETARLAS.

CUASI-CONTRATOS.- SON LOS HECHOS LÍCITOS Y VOLUNTARIOS QUE OBLIGAN A LAS PERSONAS QUE LAS EJECUTAN SIN QUE HAYA EXISTIDO UN ACUERDO DE VOLUNTADES.

GESTION DE NEGOCIOS.- SE DA CUANDO UNA PERSONA SIN ESTAR OBLIGADA A ELLO, SE ENCARGA DE UN ASUNTO DE OTRO, OBRANDO CONFORME A LOS INTERESES DEL DUEÑO DEL NEGOCIO.

PAGO DE LO INDEBIDO.- LO CONSTITUYE EL PAGO HECHO POR UNA PERSONA POR ERROR POR ESTIMAR QUE ES DEUDOR CUANDO REALMENTE NO LO ES, EN ESTE SUPUESTO EL QUE HACE EL PAGO INDEBIDO TIENE LA ACCIÓN DE RESTITUCIÓN PARA QUE SE LE DEVUELVA LO QUE HA PAGADO.

ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA O INEXPLICABLE.- SE DA CUANDO UNA PERSONA OBTIENE DE OTRA UN BENEFICIO O VENTAJA QUE SE MANIFIESTA EN DINERO Y QUE ADEMÁS NO SE JUSTIFICA.

CUASI-DELITOS.- SE CONSTITUYEN POR AQUELLOS ACTOS ILÍCITOS VOLUNTARIOS QUE CAUSAN UN DAÑO QUE NO SEA DELITO PERO QUE VIOLAN UNA LEY CIVIL.

LA DIFERENCIA ENTRE LOS CUASI-DELITOS Y LOS DELITOS, ESTRIBA EN LA NATURALEZA DE LA LEY VIOLADA, YA QUE MIENTRAS QUE LOS PRIMEROS SE REFIEREN AL ÁMBITO CIVIL, LOS SEGUNDOS APARECEN CUANDO SE ES VIOLADA UNA LEY EN EL ÁMBITO PENAL.

ESTO NOS DEMUESTRA QUE EL QUE OBRANDO ILÍCITAMENTE O CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y CAUSA UN DAÑO A OTRO, ESTÁ OBLIGADO A REPARARLO A MENOS QUE DEMUESTRE QUE EL DAÑO SE PRODUJO COMO CONSECUENCIA DE CULPA O NEGLIGENCIA DE LA VÍCTIMA.

DECLARACION UNILATERAL DE LA VOLUNTAD.- SE DA CUANDO UNA PERSONA SE OBLIGA CON OTRA POR LA SOLA MANIFESTACIÓN DE SU VOLUNTAD HABIENDO OTRA PERSONA QUE LO ACEPTE.

OFERTA DE VENTA AL PUBLICO.- IMPLICA QUE AL OFRECERSE OBJETOS O ALGÚN BIEN EN UN DETERMINADO PRECIO Y EXISTEN INTERESADOS EN ADQUIRIRLOS, EL OFERENTE DEBE CUMPLIR CON LO MANIFESTADO PÚBLICAMENTE.

PROMESA DE RECOMPENSA.- AQUÍ LAS PERSONAS SE OBLIGAN A TRAVÉS DE ANUNCIOS HECHOS AL PÚBLICO Y PARA EXIGIR LA OBLIGACIÓN SE DEBE CUMPLIR CON CIERTAS CONDICIONES O DESEMPEÑAR CIERTOS SERVICIOS, LO QUE OBLIGA AL OFERENTE A CUMPLIR CON LO PROMETIDO.

APERTURA DE CONCURSO.- SE DA CUANDO SE ESTIPULAN CIERTOS BENEFICIOS PARA QUIENES LLENEN O SATISFAGAN ALGUNOS REQUISITOS O CONDICIONES EN UN CIERTO PLAZO.

FORMAS DE LAS OBLIGACIONES

DAR, HACER Y NO HACER

CONJUNTIVAS

FORMAS DE LAS ALTERNATIVAS

OBLIGACIONES

MANCOMUNADAS

SOLIDARIAS

SUJETAS A CONDICION

MODALIDADES

TERMINO

OBLIGACIONES CONJUNTIVAS.- SON LAS LLAMADAS COMPLEJAS, POR COMPRENDER VARIAS PRESTACIONES CONJUNTAMENTE, DE TAL MANERA QUE EL DEUDOR QUEDA OBLIGADO A EJECUTAR DIVERSAS COSAS O HECHOS, EN TAL FORMA Y MANERA QUE SÓLO SE LIBERA DANDO TODAS LAS COSAS O PRESTANDO TODOS LOS HECHOS.

OBLIGACIONES ALTERNATIVAS.- SON AQUELLAS CUYO OBJETO CONSISTE EN DOS O MÁS PRESTACIONES DEBIDAS EN FORMA TAL QUE EL DEUDOR SE LIBERA TOTALMENTE CUMPLIENDO UNA DE ELLAS.

OBLIGACIONES MANCOMUNADAS.- SE DAN CUANDO HAY PLURALIDAD DE DEUDORES O ACREEDORES TRATÁNDOSE DE UNA MISMA OBLIGACIÓN.

OBLIGACIONES SOLIDARIAS.- SE DAN CUANDO LA OBLIGACIÓN DEBE SER ÍNTEGRAMENTE PAGADA POR EL ÚNICO DEUDOR A CUALQUIERA DE LOS ACREEDORES (SOLIDARIDAD ACTIVA) O POR ALGUNO DE LOS DEUDORES A CUALQUIER ACREEDOR (SOLIDARIDAD PASIVA.

OBLIGACIONES SUJETAS A MODALIDADES

CONDICION.- ES UN ACONTECIMIENTO FUTURO E INCIERTO DE CUYA REALIZACIÓN DEPENDE EL NACIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN O SU EXTINCIÓN.

TERMINO.- ES UN ACONTECIMIENTO FUTURO DE REALIZACIÓN CIERTA DE CUYO CUMPLIMIENTO DEPENDE ÚNICAMENTE LA EXIGIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN.

PAGO

INCUMPLIMIENTO

CESION DE DERECHOS

CESION DE DEUDAS

EXTINCION DE LAS SUBROGACION

OBLIGACIONES NOVACION

DACION EN PAGO

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (10 Kb)
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com