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Fuentes De Las Obligaciones


Enviado por   •  6 de Abril de 2013  •  1.245 Palabras (5 Páginas)  •  480 Visitas

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Fuentes de las Obligaciones

Se entiende por fuentes de las obligaciones a los hechos jurídicos de donde ellas emanan.

En el primitivo derecho romano, bajo el nombre de “noxa” y más tarde “maleficium” y “delictum”, surgen las obligaciones fundadas en los daños y perjuicios que ilícitamente se causan a un tercero. Posteriormente Gayo señala, en sus Instituciones, a los contratos y delitos como las fuentes primordiales de las obligaciones.

A posteriori, es el propio Gayo quien reconoce como insuficiente esta clasificación y agrupa los casos que no encajan en una u otra categoría, pero son generadores de obligaciones, en la denominación genérica “ex varies causarum figurae” (figuras de diversas causas).

Hasta la recopilación de Justiniano, hay una verdadera sistematización de las fuentes de las obligaciones, pero adolece del defecto de que de ellas no quedan comprendidos todos los hechos que pueden dar origen a una obligación.

Justiniano, así como los juristas bizantinos, señalan, en definitiva, cuatro fuentes de las obligaciones :

a) El contrato, siendo el acuerdo de voluntades entre varias personas que tiene por objeto producir obligaciones civiles.

b) El delito, es un hecho humano contrario al derecho y castigado por la ley. Es un hecho jurídico, ya que produce un cambio en el mundo el derecho; pero no es un “acto jurídico”, ya que el cambio que resulta (el deber del autor del delito de sufrir un castigo) no es precisamente el efecto deseado por el delincuente.

c) El quasi ex contractu o cuasicontrato, es una figura parecida a la del contrato en cuanto produce consecuencias semejantes a él, pero carece del consentimiento de los sujetos.

d) El quasi ex maleficio o cuasidelito, hecho ilícito no tipificado por la Ley como delito.

La clasificación de Justiniano en el Derecho actual

Los cuasicontratos

El Código Civil reglamenta los siguientes cuasicontratos:

a) Enriquecimiento ilegitimo. “El que sin causa se enriquece en detrimento de otro, está obligado a indemnizarlo de su empobrecimiento en la medida que él se ha enriquecido” (art. 1762). Esta fuente de las obligaciones encuentra su fundamento en el principio de equidad de que nadie puede aumentar su patrimonio injustamente en perjuicio de otro y por eso la Ley hace que el que se enriqueció sin justa causa quede obligado a restituir del daño al que se empobreció.

Contemplada esta obligación desde el punto de vista del acreedor, que en este caso es el empobrecido, la Ley lo faculta para poder exigir el pago de su indemnización.

Cabe añadir que para que este cuasicontrato sea en verdad fuente de obligaciones, es necesario que exista: 1) Un enriquecimiento de una persona. 2) El empobrecimiento de otra. 3) Que el enriquecimiento de una haya sobrevenido como consecuencia directa del empobrecimiento de otra, esto es, una relación de causa y efecto entre el enriquecimiento y el empobrecimiento, y 4) Que haya ausencia de causa que justifique el enriquecimiento, que el Código Civil, denomina “Ilegitimo”.

b) Pago de lo indebido. El Código Civil coloca los artículos relativos al pago de lo indebido en el capítulo del enriquecimiento ilegitimo, por lo que se deduce que el pago de lo indebido es una aplicación del principio del enriquecimiento ilegitimo. Así lo establece el Código Civil cuando ordena que “. Cuando se reciba alguna cosa que no se tenía derecho de exigir y que por error ha sido indebidamente pagada, se tiene obligación de restituirla” (art. 1763).

c) Gestión de negocios. Este cuasicontrato consiste en que “El que sin mandato y sin estar obligado a ello, se encarga de un asunto de otro, debe obrar conforme a los intereses del dueño del negocio” (art. 1776) y “El dueño de un asunto que hubiere sido útilmente gestionado, debe cumplir las obligaciones que el gestor haya contraído a nombre de él y pagar los gastos… que hubiere hecho en el ejercicio de su encargo… (arts. 1783 y 1784).

Los delitos.

El delito es el acto u omisión que sancionan

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