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Obligacion De Llevar Ontabilidad


Enviado por   •  24 de Agosto de 2012  •  1.626 Palabras (7 Páginas)  •  501 Visitas

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obligacion de llevar contabilidad

La obligación legal de llevar contabilidad

En la mayoría de los países las leyes y reglamentos que fijan la obligación de llevar contabilidad modificaciones y adiciones conforme van surgiendo cambios económicos, políticos, sociales. Por ello es conveniente consultar las leyes y reglamentos que contengan disposicio zadas. En México, las principales disposiciones de estas leyes y sus reglamentos, vigente enero de 1993, son las siguientes.

CODIGO DE COMERCIO

CAPITULO III

DE LA CONTABILIDAD MERCANTIL

Art .33. El comerciante esta obligado a llevar y mantener un sistema de contabilidad este sistema podrá llevarse mediante los instrumentos, recursos y sistemas de recursos y proto que mejor se acomoden a las características particulares del negocio, pero en todo caso de hacer los siguientes requisitos mínimos.

a) Permitirá identificar las operaciones individuales y sus carac6teristicas, así como conoce operaciones individuales con los documentos comprobatorios originales de las mismas.

b) Permitirá seguir la huella desde las operaciones individuales a las acumulaciones que den resultado las cifras finales de las cuentas y viceversa.

c) Permitirá la preparación de los estados que se incluyan en la información financiera de.

d) Permitirá conectar y seguir la huella entre las cifras de dichos estados, la acumulación de cuentas y las operaciones individuales.

e) Incluirá los sistemas de control y verificación internos necesarios para impedir las omisiones y registros de las operaciones, para asegurar la corrección del registro contable y para aseguración de las cifras resultantes.

Art. 34. Cualquiera que sea el sistema de registro que se emplee, se deberá llevar debidamente en cuadernos, debidamente empastados y foliados el libro mayor y, en el caso de personas morales los libros de actas. La encuadernación de estos libros podrá hacerse a posteriori, dentro de los ses siguientes al cierre final del ejercicio; sin perjuicio de los requisitos especiales que establezca los reglamentos fiscales para los riesgos y documentos que tengan relación con las obligaciones del comerciante.

Art. 35. En el libro mayor se deberán anotar, como mínimo y por lo menos una vez al nombre o designaciones de las cuentas de la contabilidad, su saldo al final del periodo de reg mediato anterior. El total de movimiento de cargo o cresito a cada cuenta en el periodo y………final. Podrá llevarse mayores particulares por oficinas, segmentos de actividad o cualquier otra acción, pero en todos casos deberá existir un mayor general en que se encuentren todas las operaciones de la entidad.

Art. 36. En el libro o los libros de actas se harán constar todos los acuerdos relativos a la del negocio que tomen las asambleas o juntas de socios, y en caso, los consejos de administración.

Art.37. Todos los registros a que se refiere este capitulo deberán llevarse en castellano, aun que sea comerciante extranjero. En caso de no cumplirse este requisito el que comerciante incurrirá a una multa no menos de 25,000.00 pesos, no excederá el cinco por ciento de su capital y las autoridades correspondientes podrán ordenar que se haga la traducción al castellano por medio de perito ara debidamente reconocido siendo por cincuenta del comerciante todos los gastos originados por dic dicción.

Art.38. El comerciante deberá conservar debidamente archivados, los comprobantes originales de sus operaciones, de tal manera que puedan relacionarse con dichas operaciones y con el que ellas se haga y deberá conservarlos por un plazo mínimo de diez años.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

TITULO II

CAPITTULO V

DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS MORALES

Art. 58. Frac. I. llevar la contabilidad de conformidad con el código fiscal de la federación, se reglamento y el reglamento de esta ley y efectuarlos registros de la misma. Cuando se realicen operaciones en moneda extranjera, deberán registrarse al tipo de cambio aplicable en la fecha en que se considere.

Art.58. frac.II. Expedir comprobantes por las actividades que realicen y conservar una copia de los mismos a disposición de la secretaria de hacienda y crédito publico.

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

TITULO II

DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES

CAPITULO UNICO

Art.28. Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales están obligadas a llevar contabilidad, deberán observar las siguientes reglas:

I. Llevaran los sistemas y registros contables que señale el reglamento de este código, los que deberán reunir los requisitos que establezca dicho reglamento.

II. Los asientos de la contabilidad serán analíticos y deberán efectuarse dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que se realicen las actividades respectivas.

III. Llevaran la contabilidad en su domicilio. Dicha contabilidad podrá llevarse en lugar distinto cuando se cumplan los requisitos que señale el reglamento de este código.

CONCEPTOS QUE INTEGRAN LA CONTABIDAD

Quedan incluidos en la contabilidad los registros y cuentas especiales a que obliguen las disposiciones fiscales, los que lleven los contribuyentes aun cuando no sean obligatorios y los libros y registros sociales a que obliguen otras leyes.

REFERENCIAS DEL CÓDIGO A LA CONTABILIDAD

En los casos en que las demás disposiciones de este código hagan

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