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Actos administrativos


Enviado por   •  14 de Diciembre de 2021  •  Ensayo  •  2.177 Palabras (9 Páginas)  •  178 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular de Educación Superior

Universidad Nacional Experimental

De Los Llanos Occidentales

“Ezequiel Zamora”

Unellez Municipalizada Achaguas

Subproyecto: Derecho Administrativo I.

ACTOS ADMINISTRATIVOS

Profesora.                                                                                                       Bachilleres:

Abg. Emmary Delgado                                                                          León Josbelys

                                                                                                      López Kevin

                                                                                                          Lozada Miguel

                                                                                    Mijares José

                                                                                                      Pérez María

                                                                                                             Rodríguez Iramar

El presente ensayo abarca de manera general las nociones fundamentales del acto administrativo el cual es una manifestación o una decisión emitida por una Administración Pública a través de la cual impone su voluntad a los ciudadanos. Es la exteriorización de la voluntad de la administración. Coloquialmente solo se entienden actos administrativos a los definitivos. Pero hay que aclarar que no solo estos son actos administrativos, sino que también lo son los actos administrativos de trámite. Los actos administrativos definitivos son considerados resoluciones administrativas. Los actos administrativos dan solución a alguna controversia ya sea con una persona física o jurídica, estas resoluciones administrativas crean o modifican alguna situación jurídica ¿qué significa? Esto se refiere que cambia algún aspecto esencial para los administrados. Para entenderlo mejor vemos un ejemplo. Un propietario de un restaurante quiere abrir una terraza, pero para ello debe solicitar autorización a la Administración Pública, la decisión que tome al respecto del tamaño de la terraza, el impuesto asociado y finalmente la autorización o no, será mediante acto administrativo.

Dentro de este orden de ideas, el acto administrativo tiene unas características las cuales describen de cierta forma su funcionamiento, algunas de estas son: Los actos administrativos serán competencia únicamente de la Administración Pública sin que ninguna entidad privada pueda dictar este tipo de resolución, Se presumen ejecutivos. Es decir, que tendrán eficacia para poder ejecutarse en la vida diaria. Estos actos persiguen defender el interés general, Deben estar fundamentados en hechos y derecho. Sin esta característica perderían su sentido, si no pueden ejecutarse no crearían ni modificarían ninguna situación jurídica, Serán nulos si vulneran derechos fundamentales o si tienen contenido imposible de cumplir o cuando haya prescindido del correcto procedimiento para dictarlos. De igual forma esta cuenta con unos recursos los cuales permiten su desenvolvimiento Los actos administrativos firmes o definitivos (que ponen fin a la vía administrativa) no significa que no se puedan recurrir ante el órgano que lo dictó o su superior jerárquico.

Es preciso mencionar que una vez agotada la vía de los recursos administrativos sin conseguir que el ciudadano haya visto satisfechas sus pretensiones, solo le queda una opción, recurrir a la vía judicial. Los actos administrativos se pueden recurrir en sede judicial mediante el recurso contencioso-administrativo. Por otro lado los actos administrativos se clasifican según la segmentación realizada por Gabino Fraga, en los siguientes criterios: Conforme a su naturaleza. Tomando en cuenta la voluntad de quien realiza el acto administrativo, puede hablarse de actos jurídicos (si modifica la ley o causa un efecto sobre lo que ésta regula) o de actos materiales o de ejecución (si ejecuta atribuciones no jurídicas de la administración pública). Conforme a quiénes está destinado. Tomando en cuenta sobre quiénes recae el acto administrativo, podemos distinguir entre aquellos de carácter general (cuando sus destinatarios no están determinados) y aquellos de carácter singular (dirigidos a un destinatario específico).

También, Conforme a las voluntades que lo permiten. Tomando en cuenta los organismos responsables, podremos hablar de actos unilaterales (si sólo atañen a la institución que los emite), o actos plurilaterales (si expresan la voluntad de dos o más organismos públicos). Conforme a la relación entre la voluntad y la ley. Tomando en cuenta el modo en que se relación con la ley, los actos administrativos pueden ser obligatorios o vinculados (se debe acatar lo impuesto por la ley sin margen para las decisiones individuales), o bien pueden ser discrecionales (se permite cierto margen de decisión al afectado). Conforme a al área de su accionar. Tomando en cuenta este criterio podemos distinguir entre actos administrativos internos (regulan el funcionamiento interno de la ley en una administración) y actos administrativos externos (comprenden el modo en que el Estado ordena y controla los actos internos).

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