Contrato A Prueba
Enviado por totojoker • 5 de Diciembre de 2013 • 1.022 Palabras (5 Páginas) • 518 Visitas
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A PRUEBA:
Ciudad y entidad Federativa: Celaya, Guanajuato.
Fecha: 26/ Marzo/ 2012.
Empresa: Happy Burguer S.A. de C.V., con domicilio en Prolongación Mesas Arriba #458, representada por Armando C. Gasto.
Nombre del trabajador: Nepomuseno García del Toro
Sexo: Masculino.
Edad: 33 años.
Estado civil soltero.
Nacionalidad: Mexicano.
Domicilio: Suceso #72, Col. los Árboles en Celaya, Guanajuato.
CLAUSULAS
CONDICIONES DE TRABAJO.
PRIMERA.
Puesto o empleo: Obrero.
SEGUNDA.
Servicios que debe prestar el trabajador: Coordinador de producción.
TERCERA.
Tiempo semanal de trabajo en horas: 48.
Diurnas: 48.
CUARTA.
Salario $ 2, 800 M/N.
QUINTA.
Pago: Quincenalmente.
SEXTA.
Día de descanso semanal: Domingo.
SÉPTIMA.
El trabajador, declara que posee la capacidad, aptitudes, experiencia y conocimientos necesarios para desempeñar el empleo y/o que son ciertos los que se le atribuyen en los certificados o referencias que proporciono al patrón.
OCTAVA.
La relación de trabajo que se deriva de este contrato, queda sujeta a lo establecido por los artículos 46 y 47 fracción I. DENTRO DE LOS TREINTA DIAS SIGUIENTES a la fecha de firma de este documento, si el trabajador carece de capacidad, aptitudes, experiencia y conocimientos a que se refiere la cláusula anterior. Cumplirá con la capacitación y adiestramiento.
NOVENA.
Los servicios objeto de la relación de trabajo, deben prestarse en el lugar o lugares que designen el patrón o sus representantes, quedando el trabajador subordinado a su autoridad en todo lo concerniente al trabajo.
DECIMA.
Los servicios se estipulan en forma enunciativa y no limitativa; por tanto, el trabajador se obliga a desempeñar todas las labores anexas o conexas con su obligación principal y las demás que le ordenen el patrón o sus representantes, siempre que sean compatibles con sus fuerzas o aptitudes y no impliquen disminución del salario convenido.
DECIMA PRIMERA.
El trabajador desempeñará sus labores con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo lugar a que se refieren este contrato y el Reglamento Interior de Trabajo. El incumplimiento de este contrato y el Reglamento Interior de Trabajo se considera falta de probidad del trabajador, y de ocurrir, se sancionara de acuerdo con la Ley de la Materia.
DECIMA SEGUNDA.
Cuando la jornada deba prolongarse por
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