Contrato De Arrendamiento
Enviado por chipandra • 27 de Mayo de 2013 • 2.007 Palabras (9 Páginas) • 310 Visitas
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
CLAUSULAS
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PRIMERA.- La arrendadora entrega en arrendamiento a la arrendataria, cuyo nombre aparece en el anverso de este documento, y dicha arrendataria recibe con tal carácter el vehículo objeto de este contrato en perfectas condiciones mecánicas y de carrocería, con el contador de kilometraje sellado y en condiciones normales de uso, con sus accesorios completos, encontrándose la descripción del vehículo en el anverso de este contrato. La arrendataria recibe a su entera satisfacción el vehículo de referencia y se obliga a pagar a la arrendadora, a la terminación del contrato y a precios de mercado el o los faltantes de accesorios y partes del vehículo que recibe en el momento de la entrega del mismo.
SEGUNDA. - El termino forzoso de este contrato de arrendamiento esta señalado en el anverso de este documento como fecha y hora de vencimiento, y no se considerará prorrogado por parte de la arrendadora sin que aparezca constante la voluntad de la misma en tal sentido, en una anotación que al efecto haga ella en la copia poder de la arrendataria. En el caso de que la arrendataria tenga la intención de dar por terminado este contrato en fecha anterior a la que corresponde el vencimiento del termino pactado, deberá dar aviso a la arrendadora, quien tomando en cuenta causas justificadas que impidan a la arrendadora el uso del automóvil en los términos del contrato, decidirá en todo caso tomando en consideración las razones aducidas por la arrendataria, si se da por terminado este contrato con anterioridad a su vencimiento.
TERCERA. - La arrendataria pagará como precio de arrendamiento al contado y precisamente en el lugar convenido, las cantidades estipuladas en el cuadro anverso “TOTAL A PAGAR” independientemente de las demás prestaciones, sanciones o intereses previstos en este contrato. La renta correrá desde el momento en que se firme este documento, en virtud de estar la arrendataria desde este momentáneo plena posesión del vehículo y hasta la fecha en que lo reciba a su entera satisfacción la arrendadora.
CUARTA.- La arrendataria se obliga a entregar el vehículo arrendado precisamente en la fecha convenida y en la oficina de la arrendadora. Si el vehículo no fuere devuelto en dicha oficina deberá obtener, previamente a esa devolución, la autorización de la arrendadora y pagará el kilometraje comprendido entre el lugar donde físicamente haya dejado el vehículo y la oficina donde debió entregarlo, más la cuenta que corresponda al tiempo normal de traslado y los gastos que por dicha causa se generen, los cuales serán convenidos por mutuo acuerdo entre las partes.
QUINTA.- En caso de que la arrendadora tuviera que ejercer algún derecho judicialmente para obtener el pago de las prestaciones debidas por la arrendataria, o bien obtener la devolución del vehículo cuando legalmente así proceda, la propia arrendadora podrá optar por seguir el procedimiento señalado en los Artículos 443, fracción IV, 449, 451, y 452 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y concordantes en los distintos Estados, a efecto de obtener dentro de la vía ejecutiva el pago de las prestaciones a que se hace referencia anteriormente o a la devolución del vehículo, o por el procedimiento que corresponda en contra de la arrendataria, en la vía penal, en caso de retención indebida del vehículo arrendado.
SEXTA.- La arrendataria se obliga a pagar un seguro sobre el vehículo en arrendamiento y en caso de robo o accidente deberá pagar el deducible. Para garantizar el pago de todas las prestaciones pactadas en el presente contrato, la arrendataria entrega a la arrendadora un depósito en la tarjeta de crédito o en efectivo, equivalente al 10% del valor del automóvil.
SÉPTIMA. - Queda expresamente prohibido el subarrendamiento del vehículo objeto de cada contrato. La infracción de esta disposición obliga a la arrendataria a pagar a la arrendadora una pena convencional equivalente al 50 % del costo de la operación, independientemente de que la arrendadora responderá de las demás prestaciones a que se ha obligado conforme a este contrato y de que la arrendadora podrá en tal caso demandar en forma inmediata la rescisión del contrato, con todas las consecuencias legales que de ello se deriven.
OCTAVA. - El vehículo arrendado se destinará únicamente al transporte de la arrendataria y de sus acompañantes, dicho vehículo sólo podrá ser manejado por la arrendataria o bajo la responsabilidad absoluta de la misma, por el conductor o conductores que ella señale y autorice la arrendadora, y que se deberán señalar en este mismo contrato, obligándose la arrendataria a impedir que otra persona haga uso del vehículo arrendado.
NOVENA. - El vehículo arrendado no podrá salir de los límites del territorio de la República Mexicana, sin consentimiento previo, que por escrito otorgue la arrendadora.
DÉCIMA. - Son obligaciones de la arrendataria y en su caso de los conductores autorizados por la arrendadora:
1. Conducir el vehículo arrendado, en todo caso, al amparo de la licencia respectiva otorgada por las vías legales y por las autoridades competentes.
2. No manejar el vehículo en estado de ebriedad ni bajo la influencia de drogas.
3. No hacer uso del vehículo en forma lucrativa.
4. Obedecer los reglamentos de Transito Federal, Estatal y Local.
5. No utilizar el vehículo para arrastrar remolques, a menos de que se tenga la autorización expresa y por escrito de la arrendadora.
6. No sobre cargar el vehículo con relación a su resistencia o capacidad.
7. Revisar en forma periódica razonable los niveles de aceite, agua o anticongelante y la presión de los neumáticos.
8. Mantener cerrado y con llave el vehículo, siempre que permanezca fuera de él salvaguardando el vehículo en un lugar cerrado y vigilado cuando se deje estacionado.
9. No podrá participar con el vehículo, directa o indirectamente, en carreras o pruebas de seguridad, resistencia o velocidad.
10. No conducir el vehículo en brechas o caminos no pavimentados, respondiendo en su caso, por los daños causados al mismo.
11. No conducir en el interior del vehículo materiales explosivos o inflamables, drogas estupefacientes, aún en el caso de que dicho
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