DERECHO LABORAL.
Enviado por 2013000312 • 5 de Abril de 2016 • Trabajo • 4.833 Palabras (20 Páginas) • 238 Visitas
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA[pic 3][pic 4][pic 5][pic 6]
FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES
ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS
¿LA INEFICACIA DE LAS MYPES EN EL TRATAMIENTO LABORAL EN EL PERÚ?
DOCENTE:
ABOG. Lourdes Maínza Gutiérrez
ALUMNOS:
Deysi Anita Gómez Gonzales
Joselin Gonzales Puma
Luis Enrique Choquecota Inca
MATERIA:
Derecho Laboral
CICLO Y SECCION:
VI “B”
TACNA-PERU
2015
INDICE
Contenido
INTRODUCCIÓN
CAPITULO I: LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA
1.1. DEFINICIONES
1.2. LA MICRO EMPRESA
CAPITULO II: AFILIACION A LA REMYPE
2.1. CONSTITUCION DE EMPRESA
2.2. OBTENCION DEL REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTE
2.3. REGISTRO EN LA REMYPE
CAPITULO III: UN NUEVO REGIMEN DE PENSIONES, SEGURO SOCIAL Y REGIMEN LABORAL PARA LAS MYPES
3.1. REGIMEN DE PENSIONES SOCIALES DE LA MICROEMPRESAS
3.2. REGIMEN ESPECIAL DE SALUD PARA LA MICRO EMPRESA
3.3. REGIMEN LABORAL DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA
CAPITULO IV: LA REALIADAD LOCAL Y LA INEFICIA DE LAS MYPES EN EL TRATAMIENTO LABORAL
4.1. REALIDAD LOCAL
4.2. INEFICACIA DE LAS MYPES EN EL AMBITO LABORAL
CONCLUCIÓN
BIBLIOGRAFIA
INTRODUCCIÓN
A lo largo de los años, el sector empresarial dentro del Perú, ha crecido constantemente, esto gracias a los cambios en los tipos de negocios convencionales, creación de nuevos servicios personalizados o especializados, pero en especial gracias al fácil acceso al financiamiento a favor de una persona natural o persona jurídica; en la actual realidad económica nacional, las ahora llamadas MYPES (micro y pequeñas empresas) conforman el 99,5 % del conjunto global de empresas dentro del territorio peruano, pero el 85% de estas son informales; es evidente que las MYPES se han convertido en actor importante en la economía peruana, pero es conveniente indicar que nuestras MYPES todavía no están listas para participar en el comercio internacional de una economía globalizada, pues sus niveles tecnológicos y de calidad no les permiten actualmente adaptarse a los nuevos flujos de información. Dada esta situación es que la legislatura nacional ha implementado normas legales que contribuyan al desarrollo de estas MYPES como es el Decreto Legislativo Nº 1086, Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente, que entró en vigencia el 01-10-2008 en el cual se crea un Régimen Especial Laboral denominado Régimen Laboral de Micro y Pequeña Empresa, el cual pretende dentro de su alcance disminuir los sobrecostos laborales, los costos de transacción y la carga tributaria y así no frenar el crecimiento ni desarrollo de la MYPES , en el presente trabajo se analizara la aplicación de dicho norma con un sentido crítico, analizando la realidad local y observando los pro y contras que ha traído consigo dicha normal, tanto por el lado del empresariado como por el del trabajador.
CAPITULO I: LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA
- DEFINICIONES
La empresas son calificadas y categorizadas según criterios que establecen su tamaño, usualmente puede suele tomarse el nivel de ingresos; pero al analizar la evolución de este régimen podremos observar el cambio que sufrió, a través de la Ley N° 30056 publicada el 2 de julio del 2013 se cambio los parámetros de categorización suprimiendo el de número de trabajadores y solo quedando el de parámetro por nivel de ingresos que obtenga una empresa en un periodo determinado, ya que según los estudios hechos el poner un parámetro por número de trabajadores limitaba al acogimiento de muchas empresas al régimen.
El Artículo 4º de la Ley Mypes, establece que una Micro y Pequeña Empresa, es toda aquella unidad económica constituida por una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización o gestión empresarial contemplada en la legislación vigente, que tiene como objeto desarrollar actividades de extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o prestación de servicios.
Se entiende por empresa a la unidad económica generadora de Rentas de 3ra. Categoría conforme a la LIR, con una finalidad lucrativa. Así, la Mype puede ser persona natural con negocio (empresa unipersonal), o EIRL, sociedad civil, sociedad colectiva, S.A., S.R.L., S.A.A., S.A.C., entre otros. En tanto que no puede ser persona natural sin negocio, asociación, fundación, institución pública, institución religiosa, gobierno central, regional y local, misión diplomática y organismo internacional, colegio profesional, comité inscrito, entre otros.
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